Resolución núm. 18 EXENTA, publicada el 15 de Enero de 2020. NOTIFICA RESOLUCIONES DE MULTAS ORIGINADAS EN PROCEDIMIENTOS DE CONCILIACIÓN INDIVIDUAL
Publicado en | Diario Oficial |
Emisor | MINISTERIO DEL TRABAJO Y PREVISIÓN SOCIAL |
Rango de Ley | Resolución |
NOTIFICA RESOLUCIONES DE MULTAS ORIGINADAS EN PROCEDIMIENTOS DE CONCILIACIÓN INDIVIDUAL
Núm. 18 exenta.- Santiago, 7 de enero de 2020.
Vistos:
1) Lo dispuesto en el decreto con fuerza de ley Nº 2, de 1967, del Ministerio del Trabajo y Previsión Social;
2) Artículo 19 del DL Nº 3.500, de 4 de noviembre de 1980, que establece nuevo sistema de pensiones;
3) Artículo 10 de la Ley Nº 19.728, de 30 de abril de 2001, que establece un seguro de desempleo;
4) Los artículos 503, 506 y 506 ter, todos del Código del Trabajo;
5) Ley Nº 17.322, de 10 de agosto de 1970, que fija normas para la cobranza judicial de cotizaciones, aportes y multas de las instituciones de seguridad social;
6) Ley Nº 19.880, que establece bases de los procedimientos administrativos que rigen los actos de los órganos de la Administración del Estado;
7) Ley Nº 18.575, Orgánica Constitucional de Bases de la Administración del Estado;
8) Ley Nº 19.799, de 25 de marzo de 2002, sobre documentos electrónicos, firma electrónica y servicios de certificación de dicha firma;
9) Pase Nº 153, de 3 de octubre de 2019, de la Oficina de Control y Gestión de Multas, que solicita proceder a realizar el trámite de notificación mediante publicación en el Diario Oficial;
10) Resolución Nº 7, de 26 de marzo de 2019, de la Contraloría General de la República, que fija normas sobre la exención del trámite de toma de razón;
11) Circular Nº 18, de fecha 23 de febrero de 2018, que dispone se distribuya Manual de Procedimientos de Conciliación Individual de la Dirección del Trabajo;
12) Circular Nº 83, de 17 de noviembre de 2017, de Jefe de Oficina de Control y Gestión de Multas, que imparte instrucciones sobre el procedimiento para efectuar notificaciones de Resoluciones de Multas mediante publicación en el Diario Oficial.
Considerando:
1) Que, en el marco del procedimiento de Conciliación Individual realizado por las Unidades de Conciliación de las Inspecciones del Trabajo y Centros de Conciliación y Mediación, se cursaron durante el año 2015, entre otras, las siguientes Resoluciones de Multas:
2) Que, el artículo 48 de la ley 19.880, instruye, en su letra c), que deberán publicarse en el Diario Oficial los actos administrativos que afectaren a personas cuyo paradero fuere ignorado, de conformidad a lo establecido en el artículo 45. Tratándose de los actos a que se refiere la letra c), la publicación deberá efectuarse los días 1º o 15 de cada mes o al día siguiente, si fuere inhábil.
3) Que según lo...
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