Resolución núm. 1741 EXENTA, publicada el 21 de Diciembre de 2022. APRUEBA PROTOCOLO DE INVESTIGACIÓN DE BROTES Y MEDIDAS SANITARIAS EN ESTABLECIMIENTOS DE ADULTOS MAYORES EN CONTEXTO DE PANDEMIA COVID-19 Y SUS ANEXOS - MINISTERIO DE SALUD - MINISTERIOS - Legislación Oficial - Legislación - VLEX 916673558

Resolución núm. 1741 EXENTA, publicada el 21 de Diciembre de 2022. APRUEBA PROTOCOLO DE INVESTIGACIÓN DE BROTES Y MEDIDAS SANITARIAS EN ESTABLECIMIENTOS DE ADULTOS MAYORES EN CONTEXTO DE PANDEMIA COVID-19 Y SUS ANEXOS

Publicado enDiario Oficial
EmisorMINISTERIO DE SALUD
Rango de LeyResolución

APRUEBA PROTOCOLO DE INVESTIGACIÓN DE BROTES Y MEDIDAS SANITARIAS EN ESTABLECIMIENTOS DE ADULTOS MAYORES EN CONTEXTO DE PANDEMIA COVID-19 Y SUS ANEXOS

Núm. 1.741 exenta.- Santiago, 12 de diciembre de 2022.

Visto:

Lo dispuesto en los artículos 1 y 191 y N° 9 de la Constitución Política de la República; el Código Sanitario; el decreto con fuerza de ley N° 1, de 2005, del Ministerio de Salud, que fija texto refundido, coordinado y sistematizado del decreto ley N° 2.763, de 1979, y de las leyes 18.933 y 18.469; el Reglamento sanitario internacional, promulgado por decreto supremo N° 230, de 2008, del Ministerio de Relaciones Exteriores; el decreto N° 136, de 2004, del Ministerio de Salud, que aprueba el Reglamento orgánico del Ministerio de Salud; el decreto N° 4, de 2020, del Ministerio de Salud, que Decreta alerta sanitaria por el periodo que se señala y otorga facultades extraordinarias que indica por emergencia de salud pública de importancia internacional (ESPII) por brote del nuevo coronavirus (2019-NCOV) y sus modificaciones mediante los decretos N°s. 1, 24, 39 y 52, de 2021, N°s. 31 y 75, de 2022, de la misma cartera: el decreto N° 9, de 2020, del Ministerio de Salud, que Establece coordinación por emergencia de salud pública de importancia internacional que indica y designa Ministro Coordinador; el Código Penal y la ley N° 21.240, de 2020, que Modifica el Código Penal y la ley N° 20.393 para sancionar la inobservancia del aislamiento u otra medida preventiva dispuesta por la autoridad sanitaria, en caso de epidemia o pandemia; la resolución exenta N° 1.400, de 2022, del Ministerio de Salud, que Establece plan "Seguimos cuidándonos"; el artículo 10 del decreto N° 2.421, de 1964, del Ministerio de Hacienda, que fija el texto refundido de la ley de organización y atribuciones de la Contraloría General de la República; la resolución N° 7, de 2019, de la Contraloría General de la República, y los demás antecedentes tenidos a la vista.

Considerando:

  1. Que, el decreto con fuerza de ley N° 1, de 2005, dispone que compete al Ministerio de Salud ejercer la función que le corresponde al Estado de garantizar el libre e igualitario acceso a las acciones de promoción, protección y recuperación de la salud y de rehabilitación de la persona enferma, así como coordinar, controlar y ejecutar tales acciones.

  2. Que, conforme señala la citada norma, esta Secretaría de Estado ejerce la rectoría del sector salud y corresponde a la Ministra de Salud la dirección superior de la cartera.

  3. Que, esta cartera debe efectuar la vigilancia en salud pública y evaluar la situación de salud de la población; en virtud de lo cual, le compete mantener un adecuado sistema de vigilancia epidemiológica y control de enfermedades transmisibles y no transmisibles, investigar los brotes de enfermedades y coordinar la aplicación de medidas de control.

  4. Que, esta cartera debe velar para que se eliminen o controlen todos los factores, elementos o agentes del medio ambiente que afecten la salud, la seguridad y el bienestar de la población.

  5. Que, como es de público conocimiento, a partir de la segunda quincena de diciembre de 2019 se produjo un brote mundial del virus denominado coronavirus-2 del síndrome respiratorio agudo grave (SARS-CoV-2) que produce la enfermedad del coronavirus 2019 o COVID-19.

  6. Que, con fecha 30 de enero de 2020, el Director General de la Organización Mundial de la Salud (en adelante la "OMS") declaró que el brote de COVID-19 constituye una emergencia de salud pública de importancia internacional (ESPII); lo anterior, conforme a lo dispuesto en el artículo 12 del Reglamento sanitario internacional.

  7. Que, con fecha 11 de marzo de 2020 la OMS concluyó que el COVID-19 puede considerarse como una pandemia.

  8. Que, los Libros I y II del Código Sanitario entregan a la autoridad sanitaria el control de las enfermedades transmisibles, otorgándole un amplio catálogo de facultades ordinarias y extraordinarias para hacer frente a dicho tipo de patologías y evitar su diseminación en la población.

  9. Que, en este contexto normativo y ante la manifestación de un suceso patógeno de tales características, con fecha 5 de febrero de 2020 se decreta alerta sanitaria hasta el 31 de diciembre de 2022 y se entregan facultades extraordinarias al Ministerio de Salud y a los organismos descentralizados que de él dependen, que permiten disponer medidas sanitarias para mitigar la posibilidad de contagio de SARS-CoV-2 en la población y el testeo, trazabilidad, aislamiento, tratamiento y recuperación -que se expresarán por actos administrativos que atañen al territorio nacional o parte de él.

  10. Que, las medidas sanitarias que se han adoptado en el ejercicio de las prerrogativas de la Administración obedecen a criterios técnicos de salud pública y su mérito, oportunidad, conveniencia y eficacia están radicados en la autoridad que ha de resguardar en el desempeño de su función pública el cumplimiento del mandato constitucional y legal de velar por el bien común y proteger la vida, la integridad física y síquica y la salud de todos y cada una de los integrantes de la comunidad nacional.

  11. Que, a nivel mundial más de 628 millones de personas han sido confirmadas con la enfermedad, reportándose más de 6.5 millones de fallecidos.

  12. Que, en Chile se han reportado más de 4.7 millones de casos de COVID-19 y fallecido más de 61.500 personas contagiadas por la enfermedad.

  13. Que, la situación epidemiológica actual ha mejorado considerablemente en relación con aquella inicial; sin embargo, la pandemia no ha sido erradicada en ningún país y, en consecuencia, sigue siendo una amenaza para todo el territorio de la República y el bienestar de su población, particularmente en contextos de mayor riesgo sanitario como en los establecimientos de larga estadía para adultos mayores (Eleam) o similares.

  14. Que, por lo señalado precedentemente y en uso de las facultades que me confiere la ley:

Resuelvo:

  1. Apruébase el Protocolo de investigación de brotes y medidas sanitarias en establecimientos de adultos mayores en contexto de pandemia COVID-19 y sus anexos, de 11 de octubre de 2022, aprobado por el Departamento de Epidemiología de la División de Planificación Sanitaria del Ministerio de Salud, que consta de 34 (treinta y cuatro) páginas y se adjunta a la presente resolución, formando parte integrante de la misma para todos los efectos legales.

  2. Instrúyase a las autoridades sanitarias solicitar, según fuese requerido, el auxilio de la fuerza pública para el cumplimiento de las medidas sanitarias impuestas por la presente resolución y por aquellas que le sirven de antecedente.

  3. Dispóngase que las medidas impuestas por la presente resolución y las referidas en el precedente numeral sean fiscalizadas y sancionadas según lo dispuesto en el Libro X del Código Sanitario, el Código Penal y la ley N° 20.393, según corresponda.

  4. Instrúyase a las autoridades sanitarias la difusión de las medidas sanitarias impuestas por la presente resolución por los medios de comunicación masivos.

Anótese, comuníquese y publíquese.- Ximena Aguilera Sanhueza, Ministra de Salud.

Transcribo para su conocimiento Res. exenta N° 1.741, de 12 de diciembre de 2022.- Por orden de la Subsecretaría de Salud Pública.- Saluda atentamente a Ud., Yasmina Viera Bernal, Jefa de la División Jurídica, Ministerio de Salud.

Ministerio de Salud

Protocolo de investigación de brotes y medidas sanitarias en establecimientos de adultos mayores en contexto de pandemia COVID-19

Octubre de 2022

Departamento de Epidemiología

Ministerio de...

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