Resolución núm. 1647 EXENTA, publicada el 05 de Mayo de 2017. ESTABLECE FUNCIONARIOS QUE TENDRÁN LA CALIDAD DE SUJETOS PASIVOS PARA LOS EFECTOS DE LA LEY Nº 20.730 - CONTRALORÍA GENERAL DE LA REPÚBLICA - OTROS - Legislación Oficial - Legislación - VLEX 678450909

Resolución núm. 1647 EXENTA, publicada el 05 de Mayo de 2017. ESTABLECE FUNCIONARIOS QUE TENDRÁN LA CALIDAD DE SUJETOS PASIVOS PARA LOS EFECTOS DE LA LEY Nº 20.730

Publicado enDiario Oficial
EmisorCONTRALORÍA GENERAL DE LA REPÚBLICA
Rango de LeyResolución

ESTABLECE FUNCIONARIOS QUE TENDRÁN LA CALIDAD DE SUJETOS PASIVOS PARA LOS EFECTOS DE LA LEY Nº 20.730

Santiago, 28 de abril de 2017.- Con esta fecha se ha resuelto lo siguiente:

Núm. 1.647 exenta.

Vistos:

Lo dispuesto en los artículos y 98 de la Constitución Política de la República; en el artículo 5º de la ley Nº 10.336, de Organización y Atribuciones de la Contraloría General de la República; en el inciso segundo del artículo de la ley Nº 20.730, y la resolución Nº 1.600, de 2008, de la Contraloría General de la República, que fija normas sobre exención del trámite de toma de razón.

Considerando:

Que, de conformidad a lo dispuesto en el Nº 2 del artículo 4º de la ley Nº 20.730, son sujetos pasivos de dicha ley el Contralor General y el Subcontralor General.

Que el artículo 4º citado, en su inciso 2º, establece que por resolución se podrá establecer que otros funcionarios sean considerados sujetos pasivos para efectos de esta ley, cuando en razón de su función o cargo y por tener atribuciones decisorias relevantes o por influir decisivamente en las personas que tienen dichas atribuciones, sea necesario, para efectos de transparencia, someterlos a esta normativa.

Que la Contraloría General ha estimado necesario actualizar la nómina de los funcionarios de esta Entidad que serán considerados sujetos pasivos de lobby o gestión de intereses particulares en razón de su función o cargo que desempeñan.

Resuelvo:

Artículo 1º

Establézcase que los siguientes funcionarios de la Contraloría General, serán considerados sujetos pasivos para los efectos de la ley Nº 20.730:

  1. Los Jefes de División o quienes los subroguen;

  2. El Fiscal o quien lo subrogue;

  3. El Secretario General o quien lo subrogue;

  4. El Jefe y Subjefe del Centro de Informática o quienes los subroguen;

  5. Los Jefes de los Departamentos de Fuerzas Armadas, Seguridad, Presidencia, Hacienda y Relaciones Exteriores; de Medio Ambiente, Obras Públicas y Empresas; de Auditorías Especiales, y de Previsión Social y Personal o quienes los subroguen;

  6. Los Contralores Regionales o quienes los subroguen;

  7. Los Subjefes de División o quienes los subroguen;

  8. El Jefe de Gabinete o quien lo subrogue;

  9. De la División Jurídica las siguientes jefaturas: del Comité de Finanzas Públicas, del Comité de Estatutos y Educación, del Comité de Contratación Pública, del Comité de Bienes Públicos, del Comité de Organización y Atribuciones, del Comité de Seguridad Social y...

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