Resolución núm. 155 EXENTA, publicada el 14 de Abril de 2021. DISPONE LLAMADO A POSTULACIÓN 2021 EN CONDICIONES ESPECIALES PARA EL DESARROLLO DE PROYECTOS DEL PROGRAMA DE MEJORAMIENTO DE VIVIENDAS Y BARRIOS, CAPÍTULO TERCERO: PROYECTOS PARA CONDOMINIOS DE VIVIENDAS, PARA LA REGIÓN DE ANTOFAGASTA - MINISTERIO DE VIVIENDA Y URBANISMO - MINISTERIOS - Legislación Oficial - Legislación - VLEX 864268413

Resolución núm. 155 EXENTA, publicada el 14 de Abril de 2021. DISPONE LLAMADO A POSTULACIÓN 2021 EN CONDICIONES ESPECIALES PARA EL DESARROLLO DE PROYECTOS DEL PROGRAMA DE MEJORAMIENTO DE VIVIENDAS Y BARRIOS, CAPÍTULO TERCERO: PROYECTOS PARA CONDOMINIOS DE VIVIENDAS, PARA LA REGIÓN DE ANTOFAGASTA

Publicado enDiario Oficial
EmisorMINISTERIO DE VIVIENDA Y URBANISMO
Rango de LeyResolución

DISPONE LLAMADO A POSTULACIÓN 2021 EN CONDICIONES ESPECIALES PARA EL DESARROLLO DE PROYECTOS DEL PROGRAMA DE MEJORAMIENTO DE VIVIENDAS Y BARRIOS, CAPÍTULO TERCERO: PROYECTOS PARA CONDOMINIOS DE VIVIENDAS, PARA LA REGIÓN DE ANTOFAGASTA

Núm. 155 exenta.- Antofagasta, 1 de abril de 2021.

Vistos:

  1. Lo dispuesto en la Ley Nº 18.575, Orgánica Constitucional de Bases Generales de la Administración del Estado, en su texto refundido mediante DFL Nº 1/19.653 de 2000.

  2. La ley 16.391, que crea el Ministerio de Vivienda y Urbanismo.

  3. El DL Nº 1.305, de 1975 que Reestructura y regionaliza el Ministerio de Vivienda y Urbanismo.

  4. El decreto supremo Nº 27 (V. y U.), de 2016 y sus modificaciones, que regula el Programa de Mejoramiento de Viviendas y Barrios, en especial lo dispuesto en su Artículo 24.

  5. La resolución exenta Nº 1.237 (V. y U.), de 24 de mayo de 2019, que fija Procedimientos para la Prestación de Servicios de Asistencia Técnica para el Programa de Mejoramiento de Viviendas y Barrios.

  6. La circular DDU 403, de fecha 27 de febrero de 2018, de la División de Desarrollo Urbano del Ministerio de Vivienda y Urbanismo, que se refiere al Artículo 2° de la ley Nº 19.537, sobre Copropiedad Inmobiliaria, específicamente sobre los bienes comunes edificados.

  7. La resolución exenta Nº 720 (V. y U.), de fecha 14 de marzo de 2019, que aprueba Itemizados Técnicos para proyectos de Energías Renovables: Sistemas Solares Térmicos y Sistemas Solares Fotovoltaicos, en el marco de los Programas Habitacionales del Ministerio de Vivienda y Urbanismo.

  8. El oficio ordinario Nº116, de fecha 28 enero de 2021 del Jefe de la División Técnica de Estudio y Fomento Habitacional que adjunta el itemizado técnico de obras y sus anexos respectivos para proyectos asociados al Capítulo Tercero, para Proyectos para Condominios de Vivienda, del Programa de Mejoramiento de Viviendas y Barrios reglamentado por el DS Nº 27 (V. y U.), de 2016, para ser aplicados en los proyectos que postulen a los llamados del mencionado Capítulo, durante el año 2021.

  9. La resolución exenta Nº 1.115 (V. y U.) de 15 de mayo de 2019, y sus respectivas modificaciones, que llama a postulación para el desarrollo de proyectos del Programa de Protección del Patrimonio Familiar en la modalidad regulada por su Capítulo II, de la atención a Condominios de Viviendas Sociales.

  10. La resolución exenta Nº 1.665 (V. y U.), de 18 de julio de 2019 y sus modificaciones, que dispone Llamado en Condiciones Especiales para el desarrollo de proyectos del Programa de Mejoramiento de Viviendas y Barrios, Capítulo Tercero, destinado a la atención de Condominios de Viviendas Económicas, para las regiones de Antofagasta, Valparaíso, Los Ríos y Metropolitana.

  11. La resolución exenta Nº 343 del 19.06.2020, y sus respectivas modificaciones, que dispone llamado a postulación en condiciones especiales para el desarrollo de proyectos del Programa de Mejoramiento de Viviendas y Barrios, Capítulo Tercero: Proyectos para Condominios de Viviendas, para la Región de Antofagasta.

  12. La resolución exenta Nº 353 del 19.03.2021 que autoriza a los Secretarios Regionales Ministeriales de Vivienda y Urbanismo, para efectuar llamados en condiciones especiales, para el desarrollo de proyectos del Programa de Mejoramiento de Viviendas y Barrios, regulados por el DS Nº 27 (V. y U.) de 2016, Capítulo Tercero, Proyectos para Condominios de Vivienda, para las regiones de Antofagasta, Valparaíso, Metropolitana, del Libertador General Bernardo O'Higgins, del Maule, del Biobío, de la Araucanía y Los Lagos.

  13. La resolución exenta Nº 6.042 (V. y U.) de 2017, y sus modificaciones, que delega facultades que indica en los Secretarios Regionales Ministeriales de Vivienda y Urbanismo.

  14. La resolución exenta Nº 68, del Ministerio de Hacienda y Ministerio de Vivienda y Urbanismo, de fecha 22 de enero de 2021, que autoriza a efectuar Llamados a postulación y/o comprometer recursos en el otorgamiento de Subsidios Habitacionales durante el año 2021 en Sistemas y Programas Habitacionales que indica y su modificación.

  15. La Circular Nº 1, de fecha 25 de enero de 2021, del Subsecretario de Vivienda y Urbanismo, que establece el Programa Habitacional correspondiente al año 2021.

  16. Las facultades que me confiere el decreto supremo Nº 397 (V. y U.) de 1976, Reglamento Orgánico de las Secretarías Ministeriales de Vivienda y Urbanismo.

  17. Mi calidad de Secretaria Ministerial de Vivienda y Urbanismo de la Región de Antofagasta, subrogante, conferida mediante decreto exento (V. y U.) RA Nº 272/15/2019 de fecha 22/04/2019.

    Considerando:

    1. La necesidad de atender a condominios de viviendas que presenten deterioro y sean considerados como objeto de atención del Programa, de acuerdo a las condiciones señaladas en el Articulo 4 del DS Nº 27 (V. y U.), de 2016.

    2. Que las obras de reparación, normalización, mejoramiento y/o ampliación a realizar en los condominios de viviendas configuran acciones de alta relevancia para este Ministerio.

    3. Que de acuerdo a lo establecido en la resolución exenta identificada en el visto 12, que autoriza a la región para efectuar llamado especial de postulación,

    Resuelvo:

  18. Llámase a postulación para el otorgamiento de subsidios correspondientes al Capítulo Tercero: Proyectos para Condominios de Viviendas, del Programa de Mejoramiento de Viviendas y Barrios, regulado por el DS Nº 27 (V. y U.), de 2016, a Condominios de Viviendas calificados como objeto de atención del Programa, según lo establecido en el Artículo 4, del citado reglamento, y certificaciones otorgadas entre los años 2019 y 2020, que se encuentren emplazados en la región de Antofagasta, y consideren obras correspondientes a Mejoramiento de Bienes Comunes de la Vivienda en Copropiedad.

  19. Los plazos correspondientes a los procesos y fases de postulación y selección de este llamado, serán los siguientes:

    A contar de la fecha de resolución de selección, las Entidades Patrocinantes pueden presentar reclamaciones al proceso ante la Seremi, en un plazo de 5 días hábiles.

  20. La condición de Condominio objeto de atención del Programa será acreditada por la Seremi Minvu Región Antofagasta, en atención a los requisitos señalados en el artículo 89 del DS Nº 27 (V. y U.), de 2016.

    Adicionalmente, de acuerdo a lo establecido en el artículo 24 del DS Nº 27 (V. y U.) de 2016 se exigirá a las comunidades de copropietarios postulantes, la incorporación del diagnóstico técnico constructivo, a fin de establecer los niveles de deterioro existentes en los bienes comunes; y el diagnóstico socio-jurídico de la copropiedad, que tiene por objeto identificar la existencia de los órganos de administración de la copropiedad y las características organizativas entre copropietarios y residentes; como parte de los antecedentes a presentar en el proceso de Certificación de su calidad de condominio de vivienda social o económica.

    Para el proceso de certificación, las comunidades de copropietarios y residentes interesadas en postular, deberán presentar un...

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