Resolución núm. 1547 EXENTA, publicada el 19 de Enero de 2024. DELEGA FACULTADES QUE INDICA EN LA DELEGACIÓN PRESIDENCIAL PROVINCIAL DE MAIPO - MINISTERIO DEL INTERIOR Y SEGURIDAD PÚBLICA - MINISTERIOS - Legislación Oficial - Legislación - VLEX 976428517

Resolución núm. 1547 EXENTA, publicada el 19 de Enero de 2024. DELEGA FACULTADES QUE INDICA EN LA DELEGACIÓN PRESIDENCIAL PROVINCIAL DE MAIPO

Publicado enDiario Oficial
EmisorMINISTERIO DEL INTERIOR Y SEGURIDAD PÚBLICA
Rango de LeyResolución

DELEGA FACULTADES QUE INDICA EN LA DELEGACIÓN PRESIDENCIAL PROVINCIAL DE MAIPO

Núm. 1.547 exenta.- Santiago, 18 de diciembre de 2023.

Vistos:

Las facultades que me confieren el DFL 1-19.175, que fija el texto refundido, coordinado, sistematizado y actualizado de la Ley Nº 19.175, Orgánica Constitucional sobre Gobierno y Administración Regional, la Ley N° 19.327, de derechos y deberes en los espectáculos de fútbol profesional y el decreto N° 1.046, de 2016, del Ministerio del Interior y Seguridad Pública, que aprueba Reglamento de la ley N° 19.327, que establece derechos y deberes en los espectáculos de fútbol profesional; lo dispuesto en la ley N° 19.880, sobre Bases de Procedimientos Administrativos, que rigen los actos de los órganos de la Administración del Estado; la resolución N° 7/2019 de la Contraloría General de la República que modifica normas sobre exención del trámite de toma de razón; decreto N° 81, de 11.03.2022, del Ministerio del Interior y Seguridad Pública, que nombra Delegada Presidencial Regional de la Región Metropolitana de Santiago; y

Considerando:

  1. Que, en conformidad con lo dispuesto en la ley N° 19.327 y su Reglamento, corresponde a esta autoridad regional velar en cada espectáculo de fútbol profesional por el respeto de la tranquilidad, seguridad y el orden público, así como también, por el resguardo de las personas y bienes, de conformidad con las disposiciones del DFL 1-19.175, que fija el texto refundido, coordinado, sistematizado y actualizado de la ley Nº 19.175 Orgánica Constitucional sobre Gobierno y Administración Regional y de la Ley N° 19.327, de Derechos y Deberes en los Espectáculos de Fútbol Profesional.

  2. Que, de acuerdo a las citadas disposiciones, y a las facultades y obligaciones dispuestas tanto en la ley N° 19.327, como en su Reglamento, aprobado por el decreto N° 1.046/2016, corresponde a esta autoridad regional autorizar los recintos deportivos destinados a la realización de espectáculos de fútbol profesional; autorizar, clasificar y determinar medidas adicionales de seguridad para la realización de dichos espectáculos, aprobar los planes de seguridad presentados por los organizadores; conocer y sancionar fundadamente las infracciones cometidas por los organizadores, dirigentes de clubes y asociaciones de fútbol profesional que se cometan en el territorio de su jurisdicción, entre otras atribuciones que en la antes referida normativa se señalan.

  3. Que, conforme a lo dispuesto en el artículo 2...

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