Resolución núm. 1532 EXENTA, publicada el 25 de Enero de 2022. ANTEPROYECTO DE REVISIÓN DEL PLAN DE DESCONTAMINACIÓN ATMOSFÉRICA POR MP2,5, PARA LAS COMUNAS DE TEMUCO Y PADRE LAS CASAS Y DE ACTUALIZACIÓN DEL PLAN DE DESCONTAMINACIÓN POR MP 10, PARA LAS MISMAS COMUNAS - MINISTERIO DE MEDIO AMBIENTE - MINISTERIOS - Legislación Oficial - Legislación - VLEX 883381065

Resolución núm. 1532 EXENTA, publicada el 25 de Enero de 2022. ANTEPROYECTO DE REVISIÓN DEL PLAN DE DESCONTAMINACIÓN ATMOSFÉRICA POR MP2,5, PARA LAS COMUNAS DE TEMUCO Y PADRE LAS CASAS Y DE ACTUALIZACIÓN DEL PLAN DE DESCONTAMINACIÓN POR MP 10, PARA LAS MISMAS COMUNAS

Publicado enDiario Oficial
EmisorMINISTERIO DE MEDIO AMBIENTE
Rango de LeyResolución

ANTEPROYECTO DE REVISIÓN DEL PLAN DE DESCONTAMINACIÓN ATMOSFÉRICA POR MP2,5, PARA LAS COMUNAS DE TEMUCO Y PADRE LAS CASAS Y DE ACTUALIZACIÓN DEL PLAN DE DESCONTAMINACIÓN POR MP 10, PARA LAS MISMAS COMUNAS

Mediante resolución exenta Nº 1.532, del 30 de diciembre de 2021, del Ministerio del Medio Ambiente, se aprobó el anteproyecto mencionado y se ordenó someterlo a consulta pública. La misma resolución ordenó publicarlo en extracto que es del tenor siguiente:

ANTECEDENTES GENERALES

A través del DS Nº 8, de 2015, del Ministerio del Medio Ambiente, publicado en el Diario Oficial con fecha 17 de noviembre de 2015, se estableció el "Plan de Descontaminación Atmosférica por MP2,5, para las comunas de Temuco y Padre Las Casas y de actualización del Plan de Descontaminación por MP 10, para las mismas comunas".

Dicho Plan en su artículo 79, indica lo siguiente: "Con el propósito de complementar en lo que sea necesario, los instrumentos y medidas, a fin de cumplir las metas de reducción de emisiones planteadas, se establece para la revisión y actualización del presente decreto un plazo de 5 años desde la publicación del mismo en el Diario Oficial". En consecuencia, cumpliéndose el indicado plazo en noviembre del año 2020, a través de la resolución exenta Nº 727, de 6 de agosto de 2020, se dio inicio al proceso de revisión del "Plan de Descontaminación Atmosférica por MP2,5, para las comunas de Temuco y Padre Las Casas y de actualización del Plan de Descontaminación por MP 10, para las mismas comunas".

El Plan de Descontaminación Atmosférica (PDA) regirá en las comunas de Temuco y Padre Las Casas, y tiene como objetivo recuperar los niveles señalados por las normas de calidad primaria para MP2,5 y MP 10, como concentración diaria de 24 horas. Para ello, se considera un plazo de implementación de 10 años, adicionales a los años ya ejecutados del PDA vigente, período necesario para que las fuentes reguladas se adapten y den cumplimiento a las exigencias contenidas en el presente Plan.

La presente revisión del PDA, se aplicará en el área geográfica declarada saturada por material particulado MP10 y MP 2,5, mediante el DS N° 35, de 2005, del Ministerio Secretaría General de la Presidencia, y el DS Nº 2, de 2013, del Ministerio del Medio Ambiente, respectivamente, ambas como concentración de 24 horas.

La zona saturada comprende las comunas de Temuco y Padre Las Casas, cuyos límites geográficos fueron fijados por el artículo , literal B) N°1, del decreto con fuerza de ley N° 3-18.715, de 1989, del Ministerio del Interior, que precisa delimitaciones de las comunas del país, y por el Artículo Único de la ley N° 19.391 de 1995, que crea la comuna de Padre Las Casas, modificado por el artículo 3 de la ley N° 20.578.

El Plan tomará como año base el 2020 para definir las metas de reducción y como estación de referencia la estación de monitoreo de Padre Las Casas, que representa la peor condición.

Tabla Nº 1. Meta de reducción para salir de estado de saturación promedio diario.

Resumen de las medidas propuestas por el Plan

  1. REGULACIÓN PARA EL CONTROL DE EMISIONES DE CALEFACCIÓN DOMICILIARIA

    El anteproyecto de revisión del PDA pone especial énfasis en la reducción de emisiones provenientes de la calefacción domiciliaria en consideración a sus aportes en emisiones de MP10 y MP 2,5 que corresponden al 91% del total de emisiones de las comunas de Temuco y Padre Las Casas.

    1.1. Regulación referida al uso y mejoramiento de la calidad de la leña y otros combustibles.

    - Se exige la comercialización sólo de leña seca.

    - Exige el uso de leña seca en calefactores y cocinas a leña.

    - Establece que los comerciantes de leña deberán contar con xilohigrómetro para la venta de leña.

    - Conaf y el Indap ejecutarán anualmente un programa de apoyo a la producción de leña seca.

    - Conaf coordinará la mesa de fiscalización forestal, la que tendrá por objeto revisar todos los aspectos normativos referidos a la producción, transporte y comercialización de leña.

    - Programas de apoyo para la producción de biomasa de calidad dirigido a productores y comerciantes de leña en toda la Región de la Araucanía.

    - Información pública y disponible de locales que cuenten con leña seca.

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