Resolución núm. 153 EXENTA, publicada el 13 de Mayo de 2021. FIJA ORDEN PARA DETERMINAR EL BENEFICIARIO DEL INCREMENTO FAMILIAR DE BONO CLASE MEDIA, SEGÚN LO DISPUESTO EN EL ARTÍCULO 7º DE LA LEY Nº 21.323, QUE ESTABLECE UN NUEVO BONO CLASE MEDIA Y UN PRÉSTAMO SOLIDARIO PARA LA PROTECCIÓN DE LOS INGRESOS DE LA CLASE MEDIA - MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL Y FAMILIA - MINISTERIOS - Legislación Oficial - Legislación - VLEX 866758137

Resolución núm. 153 EXENTA, publicada el 13 de Mayo de 2021. FIJA ORDEN PARA DETERMINAR EL BENEFICIARIO DEL INCREMENTO FAMILIAR DE BONO CLASE MEDIA, SEGÚN LO DISPUESTO EN EL ARTÍCULO 7º DE LA LEY Nº 21.323, QUE ESTABLECE UN NUEVO BONO CLASE MEDIA Y UN PRÉSTAMO SOLIDARIO PARA LA PROTECCIÓN DE LOS INGRESOS DE LA CLASE MEDIA

Publicado enDiario Oficial
EmisorMINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL Y FAMILIA
Rango de LeyResolución

FIJA ORDEN PARA DETERMINAR EL BENEFICIARIO DEL INCREMENTO FAMILIAR DE BONO CLASE MEDIA, SEGÚN LO DISPUESTO EN EL ARTÍCULO 7º DE LA LEY Nº 21.323, QUE ESTABLECE UN NUEVO BONO CLASE MEDIA Y UN PRÉSTAMO SOLIDARIO PARA LA PROTECCIÓN DE LOS INGRESOS DE LA CLASE MEDIA

Núm. 153 exenta.- Santiago, 7 de mayo de 2021.

Visto:

Lo dispuesto en la Constitución Política de la República de Chile; en el decreto con fuerza de ley Nº 1/19.653, de 2000, del Ministerio Secretaría General de la Presidencia, que fija texto refundido, coordinado y sistematizado de la ley Nº 18.575, Orgánica Constitucional de Bases Generales de la Administración del Estado; en la ley Nº 20.530, que Crea el Ministerio de Desarrollo Social y Familia y modifica cuerpos legales que indica; en la ley Nº 19.880, que Establece Bases de los Procedimientos Administrativos que Rigen los Actos de los Órganos de la Administración del Estado; en la ley Nº 20.379, que Crea el Sistema Intersectorial de Protección Social; en la ley Nº 21.323 que establece un Nuevo Bono Clase Media y un Préstamo para la Protección de los ingresos de la clase media; en el decreto Nº 22, de 2015, del Ministerio de Desarrollo Social, que aprueba el reglamento del artículo 5º de la ley Nº20.379 y del artículo 3º letra f) de la ley Nº20.530; en la resolución Nº 7, de 2019, que fija Normas sobre Exención del Trámite de Toma de Razón, de la Contraloría General de la República, y

Considerando:

  1. Que, la ley Nº 20.379, que crea el Sistema Intersectorial de Protección Social e institucionaliza el Subsistema de Protección Integral a la Infancia "Chile Crece Contigo", establece que este sistema intersectorial es un modelo de gestión constituido por las acciones y prestaciones sociales ejecutadas y coordinadas por distintos organismos del Estado, destinadas a la población nacional más vulnerable socioeconómicamente y que requiera de una acción concertada de dichos organismos para acceder a mejores condiciones de vida. Asimismo, el artículo 5º de la misma ley, indica que el sistema intersectorial contará con un instrumento que permita la caracterización socioeconómica de la población nacional, según lo establezca un reglamento expedido por esta Cartera de Estado. Así, por medio del decreto Nº 22, de 2015, del Ministerio de Desarrollo Social, actual Ministerio de Desarrollo Social y Familia, se aprobó el reglamento indicado.

  2. Que, el decreto Nº 22 ya señalado, establece el "Sistema de Apoyo a la selección de usuarios de...

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