Resolución núm. 1526 EXENTA, publicada el 07 de Marzo de 2020. MODIFICA RESOLUCIÓN Nº 6.774, DE 2015, QUE ACTUALIZA PROGRAMA OFICIAL DE TRAZABILIDAD ANIMAL EN LOS TÉRMINOS QUE INDICA - MINISTERIO DE AGRICULTURA - MINISTERIOS - Legislación Oficial - Legislación - VLEX 841026865

Resolución núm. 1526 EXENTA, publicada el 07 de Marzo de 2020. MODIFICA RESOLUCIÓN Nº 6.774, DE 2015, QUE ACTUALIZA PROGRAMA OFICIAL DE TRAZABILIDAD ANIMAL EN LOS TÉRMINOS QUE INDICA

Publicado enDiario Oficial
EmisorMINISTERIO DE AGRICULTURA
Rango de LeyResolución

MODIFICA RESOLUCIÓN Nº 6.774, DE 2015, QUE ACTUALIZA PROGRAMA OFICIAL DE TRAZABILIDAD ANIMAL EN LOS TÉRMINOS QUE INDICA

Núm. 1.526 exenta.- Santiago, 3 de marzo de 2020.

Vistos:

La ley Nº 18.755, Orgánica del Servicio Agrícola y Ganadero; el DFL RRA Nº 16, de 1963, del Ministerio de Hacienda, sobre Sanidad y Protección Animal, modificada por la ley Nº 20.596, que Mejora la Fiscalización para la Prevención del Delito de Abigeato; la Ley Nº 19.162, que establece el Sistema Obligatorio de Clasificación de Ganado, Tipificación y Nomenclatura de sus Carnes y Regula Funcionamiento de Mataderos, Frigoríficos y Establecimientos de la Industria de la Carne; la Ley Nº20.380, sobre Protección de Animales y sus Reglamentos aprobados por decretos Nº28, 29 y 30, de 2012, todos del Ministerio de Agricultura; los decretos Nº 46, de 1978, Reglamento para la Prevención y Control de la Fiebre Aftosa, Nº 56, de 1983, Reglamento de Ferias de Animales, Nº 240, de 1993, Reglamento General de Transporte de Ganado y Carne Bovina, todos del Ministerio de Agricultura; el decreto Nº112, de 2018, del Ministerio de Agricultura, que designa a Director Nacional del Servicio; las resoluciones exentas Nº 7.219, de 2006, que Crea Programa de Información Pecuaria, Nº 6.774, de 2015, que Actualiza el Programa Oficial de Trazabilidad Animal del Servicio Agrícola y Ganadero; y Nº 7, de 2019, de la Contraloría General de la República.

Considerando:

1. Que, la Organización Mundial de Sanidad Animal (OIE) recomienda que sus miembros establezcan un marco reglamentario claro para la identificación y la trazabilidad de los animales, los que son componentes claves del desarrollo económico y rural, vinculados con la mejora de la sanidad animal, la vigilancia y notificación de enfermedades y la seguridad sanitaria de los alimentos derivados de la producción animal.

2. Que, el Comité Internacional de la OIE ha resuelto que es necesario facilitar el desarrollo y la aplicación de sistemas de identificación y trazabilidad de los animales.

3. Que, corresponde al Servicio Agrícola y Ganadero, en adelante el Servicio, establecer las normas de un sistema de trazabilidad del ganado y carne, las que deben, a lo menos, contemplar los siguientes elementos: registro de establecimientos pecuarios, declaración de existencias de animales, identificación animal oficial, registro de movimiento de animales y sistema de información pecuaria.

4. Que, es necesario perfeccionar los sistemas de trazabilidad...

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