Resolución núm. 1505 EXENTA, publicada el 14 de Noviembre de 2023. CONVALIDA Y ORDENA PUBLICAR EXTRACTO DE RESOLUCIÓN QUE INDICA - MINISTERIO DE VIVIENDA Y URBANISMO - MINISTERIOS - Legislación Oficial - Legislación - VLEX 953275543

Resolución núm. 1505 EXENTA, publicada el 14 de Noviembre de 2023. CONVALIDA Y ORDENA PUBLICAR EXTRACTO DE RESOLUCIÓN QUE INDICA

Publicado enDiario Oficial
EmisorMINISTERIO DE VIVIENDA Y URBANISMO
Rango de LeyResolución

CONVALIDA Y ORDENA PUBLICAR EXTRACTO DE RESOLUCIÓN QUE INDICA

Núm. 1.505 exenta.- Santiago, 3 de noviembre de 2023.

Vistos:

Lo dispuesto en a) la Ley Nº 16.391 que crea el Ministerio de la Vivienda y Urbanismo; b) el DL Nº 1.305 (V. y U.) de 1975, que Reestructura y Regionaliza el Ministerio de la Vivienda y Urbanismo; c) la Ley Nº 19.880 que establece Bases de los Procedimientos Administrativos que rigen los Actos de los Órganos de la Administración del Estado; d) el DS Nº 397 de 1976, que crea el Reglamento Orgánico de las Secretarías Ministeriales de Vivienda y Urbanismo; e) la resolución electrónica exenta Nº 810 (V. y U.), de fecha 20 de junio de 2023 de esta Secretaría Ministerial, que inicia procedimiento administrativo sancionatorio de conformidad a la Ley Nº 19.880, por eventual infracción al convenio regional de asistencia técnica, seguido contra EP/PSAT Asesoría e Ingeniería Sol SpA; f) la resolución electrónica exenta Nº 1.258, de fecha 5 de septiembre de 2023, que establece tramitación electrónica para esta Secretaría Ministerial; h) Decreto exento RA Nº 272/49/2023 (V. y U.), de fecha 5 de julio de 2023, que establece el orden de subrogación del cargo de Secretaria Ministerial Metropolitana; i) la resolución Nº 7 de 2019, de la Contraloría General de la República, que fija normas sobre exención del trámite de toma de razón, y

Considerando:

  1. Que, esta Secretaria Ministerial ha emitido la resolución electrónica exenta Nº 810, de fecha 20 de junio de 2023 que inicia procedimiento administrativo sancionatorio de conformidad a la Ley Nº 19.880, por eventual infracción al convenio regional de asistencia técnica, seguido contra EP/PSAT Asesoría e Ingeniería Sol SpA. La resolución en comento es íntegramente ajustada a derecho, sin embargo, fue afectada por un vicio formal, el cual es la falta de notificación dentro de plazo, conforme a lo estipulado en la Ley Nº 19.880, pues la casilla de correo electrónico de destino arrojó el mensaje de que el dominio del destinatario no existe.

  2. Que, el Inc. final del Art. 3º de la citada Ley Nº 19.880 sobre Bases de los Procedimientos Administrativos, les otorga una característica fundamental a los actos administrativos, tal es la presunción de legalidad. De la misma manera el inciso final del Art. 13º de la ley Nº 19.880 permite a la autoridad subsanar los vicios de que adolezcan los actos que emita, en uso de los poderes de autotutela, siempre que con ello no se afectaren intereses de...

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