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Resolución núm. 1486 EXENTA, publicada el 03 de Mayo de 2018. APRUEBA IMPLEMENTACIÓN DE PROCEDIMIENTO DE FISCALIZACIÓN PARA EL RECURSO JIBIA (DOSIDICUS GIGAS)

Publicado enDiario Oficial
EmisorMINISTERIO DE ECONOMÍA, FOMENTO Y TURISMO
Rango de LeyResolución

APRUEBA IMPLEMENTACIÓN DE PROCEDIMIENTO DE FISCALIZACIÓN PARA EL RECURSO JIBIA (DOSIDICUS GIGAS)

Núm. 1.486 exenta.- Valparaíso, 19 de abril de 2018.

Visto:

Informe Técnico Nº 562, denominado "Implementación de un procedimiento de fiscalización para el recurso Jibia (Dosidicus gigas)", remitido a través de Hoja de Envío/Pesq./Nº 126795, de fecha 9 de abril de 2018, memorándum/Comex/Nº 127443 de 18 de abril de 2018; lo dispuesto en el decreto con fuerza de ley Nº 5, de 1983, y sus modificaciones, del Ministerio de Economía, actualmente Ministerio de Economía, Fomento y Turismo; la ley Nº 18.892, Ley General de Pesca y Acuicultura, cuyo texto refundido, coordinado y sistematizado fue fijado por el decreto supremo Nº 430, de 1991, del Ministerio de Economía, Fomento y Reconstrucción, que fijó el texto refundido, coordinado y sistematizado de la Ley General de Pesca y Acuicultura; el decreto supremo Nº 129 de 2013; el decreto exento Nº 80 de 13 de febrero de 2018 y el decreto exento Nº 623, de 2017, todos del Ministerio de Economía, Fomento y Turismo; el decreto supremo Nº 316, de 1985 del Ministerio de Economía, Fomento y Reconstrucción y sus modificaciones; y la resolución Nº 1.600, de 2008, de la Contraloría General de la República.

Considerando:

Que, de conformidad con lo establecido en los artículos 25 y 28 letra a) del decreto con fuerza de ley Nº 5, citado en vistos, corresponde en general al Servicio Nacional de Pesca y Acuicultura -en adelante e indistintamente "el Servicio" o "Sernapesca"-, ejecutar la política pesquera nacional y fiscalizar su cumplimiento, confiriéndose a su Director Nacional la atribución de dictar las resoluciones que sean necesarias para la aplicación y fiscalización de las leyes y reglamentos sobre pesca, caza marítima y demás formas de explotación de los recursos hidrobiológicos.

Que, en cumplimiento de lo antes indicado, se ha detectado por parte del Servicio la necesidad de regular un procedimiento que regule los requisitos, forma y condiciones para la fiscalización de la pesquería del recurso Jibia (Dosidicus gigas) en todo el país, en atención a lo que se señala en considerandos posteriores.

Que, mediante decreto exento Nº 800, de 26 de diciembre de 2017, de la Subsecretaría de Pesca y Acuicultura, se estableció cuota anual para el año 2018 para el recurso Jibia (Dosidicus gigas) desde la Región de Arica y Parinacota a la Región de Magallanes y Antártica Chilena.

Que, respecto de esta pesquería y principalmente en la Región del Biobío, se han evidenciado distintos tipos de incumplimientos que dicen relación con operación de naves y tripulantes no autorizados para explotar el referido recurso, así como también respecto de declaraciones no fidedignas del recurso Jibia (Dosidicus gigas).

Que, por otro lado, de acuerdo a lo señalado en el informe técnico citado en vistos, este plan se basa en las siguientes hipótesis de riesgo, evidenciadas por el Servicio:

  1. Operación de embarcaciones pesqueras en la Región del Biobío, sin la respectiva autorización.

  2. ...

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