Resolución núm. 147 EXENTA, publicada el 30 de Enero de 2024. LLAMA A POSTULACIÓN NACIONAL PARA LA SELECCIÓN DE PROFESIONALES QUE ACTÚEN COMO EVALUADORES ENERGÉTICOS PARA LA CALIFICACIÓN ENERGÉTICA DE VIVIENDAS EN CHILE - MINISTERIO DE VIVIENDA Y URBANISMO - MINISTERIOS - Legislación Oficial - Legislación - VLEX 980596379

Resolución núm. 147 EXENTA, publicada el 30 de Enero de 2024. LLAMA A POSTULACIÓN NACIONAL PARA LA SELECCIÓN DE PROFESIONALES QUE ACTÚEN COMO EVALUADORES ENERGÉTICOS PARA LA CALIFICACIÓN ENERGÉTICA DE VIVIENDAS EN CHILE

Publicado enDiario Oficial
EmisorMINISTERIO DE VIVIENDA Y URBANISMO
Rango de LeyResolución

LLAMA A POSTULACIÓN NACIONAL PARA LA SELECCIÓN DE PROFESIONALES QUE ACTÚEN COMO EVALUADORES ENERGÉTICOS PARA LA CALIFICACIÓN ENERGÉTICA DE VIVIENDAS EN CHILE

Santiago, 25 de enero de 2024.- Hoy se resolvió lo que sigue:

Núm. 147 exenta.

Visto:

Lo dispuesto en el DL Nº 1.305, de 1975; la resolución exenta Nº 1.234, del Ministerio de Vivienda y Urbanismo, de fecha 24 de mayo de 2019, que aprueba el Manual de Procedimientos para la Calificación Energética de Viviendas en Chile, en adelante "Manual"; la resolución Nº 7, de 2019, de la Contraloría General de la República, y

Considerando:

La necesidad de contar con profesionales del sector de la construcción que actúen como Evaluadores Energéticos para la Calificación Energética de Viviendas en Chile.

Resolución:

  1. Llámese a postulación para la selección de profesionales que cuenten con el perfil para actuar como Evaluadores Energéticos de la Calificación Energética de Viviendas en Chile (CEV).

  2. El Evaluador Energético es aquel profesional que, habiendo cumplido con los requisitos establecidos en el Manual, será habilitado por el Ministerio de Vivienda y Urbanismo, en adelante Minvu para realizar la evaluación energética de una vivienda, en su etapa de proyecto y/o de una vivienda ya construida, mediante la aplicación de la herramienta de Calificación Energética de Viviendas, señalada en el Manual. El Evaluador Energético será responsable personalmente por las declaraciones que formule y por la información y los documentos que se incorporen a la herramienta de Calificación Energética de Viviendas en Chile, según lo señalado en la sección 1.2.4 del Manual. Dicho manual se encuentra disponible en la página web del Minvu www.minvu.cl y en la página web del Sistema de CEV www.calificacionenergetica.cl.

  3. El presente llamado está dirigido a aquellos profesionales interesados en participar del proceso de acreditación como Evaluador Energético de Viviendas del Sistema Calificación Energética de Viviendas en Chile.

  4. El presente llamado incluye dos procesos de evaluación y acreditación para el año 2024.

  5. Cada proceso de evaluación y acreditación de evaluadores energéticos incluidos en el presente llamado constará de las siguientes etapas:

    1. Inscripción.

    2. Prueba de conocimientos mínimos.

    3. Prueba de acreditación.

    4. Acreditación.

  6. Los principales hitos del presente llamado de acreditación están descritos en detalle a partir del resuelvo siete del presente acto administrativo y se resumen en la tabla siguiente:

  7. Los profesionales que deseen inscribirse en el presente llamado para acreditarse como evaluadores energéticos de la CEV, deben cumplir con los siguientes requisitos:

    7.1. Inscribirse en la página web www.calificacionenergetica.cl en los períodos indicados en la siguiente tabla:

    7.2. Ser persona natural y poseer alguno de los atributos curriculares descritos en los siguientes puntos:

    7.2.1. Título profesional de Arquitecto (demostrar según lo indicado en 7.3.2).

    7.2.2. Título profesional de Ingeniero Constructor (demostrar según lo indicado en 7.3.2).

    7.2.3. Título profesional de Constructor Civil (demostrar según lo indicado en 7.3.2).

    7.2.4. Título profesional de Ingeniero Civil (Ingeniería Civil en cualquiera de sus especialidades. Demostrar según lo indicado en 7.3.2).

    7.2.5.Título profesional de ingenierías distintas a las mencionadas en los puntos anteriores (distintas a Ingeniero Constructor o Ingeniero Civil), obtenido en un pregrado con al menos ocho o más semestres de duración y contar al menos con tres años de experiencia en proyectos de eficiencia energética (demostrar según lo indicado en 7.3.3).

    7.3. La posesión de alguno de los atributos curriculares se debe acreditar adjuntando al momento de la inscripción, los documentos indicados a continuación, según corresponda:

    7.3.1. Resumen de...

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