Resolución núm. 1469 EXENTA, publicada el 05 de Julio de 2022. DELEGA EN LOS/LAS DIRECTIVOS/AS Y FUNCIONARIOS/AS QUE SE INDICAN, LAS ATRIBUCIONES DEL CONSEJO DIRECTIVO QUE SE SEÑALAN
Publicado en | Diario Oficial |
Emisor | MINISTERIO DE DEFENSA NACIONAL |
Rango de Ley | Resolución |
DELEGA EN LOS/LAS DIRECTIVOS/AS Y FUNCIONARIOS/AS QUE SE INDICAN, LAS ATRIBUCIONES DEL CONSEJO DIRECTIVO QUE SE SEÑALAN
Núm. 1.469 exenta.- Santiago, 8 de junio de 2022.
Vistos:
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El DFL N° 31, de 1953, del Ministerio de Defensa Nacional.
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El artículo 2°, letra n), del DFL N° 278, de 1960, del Ministerio de Hacienda.
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Las resoluciones N° 7, de 2019, y N° 16, de 2020, ambas de la Contraloría General de la República.
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El acuerdo N° 8 del Consejo Directivo de la Caja de Previsión de la Defensa Nacional, del 25 de mayo de 2022, que aprueba la delegación de atribuciones del Consejo Directivo.
Considerando:
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Que, para una más expedita administración de la Caja, el Consejo Directivo acordó delegar en el Vicepresidente Ejecutivo o Vicepresidenta Ejecutiva y determinados funcionarios o funcionarias superiores de la Institución algunas de sus atribuciones.
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Que el Vicepresidente Ejecutivo o Vicepresidenta Ejecutiva y esos funcionarios o funcionarias superiores deberán informar en cada una de las sesiones ordinarias del Consejo Directivo de los actos, contratos y operaciones en que hubieren intervenido en virtud de tal delegación.
Resuelvo:
Delegar en los/las directivos/as y funcionarios/as que se indican, las atribuciones del Consejo Directivo que se señalan, a contar de la publicación de esta resolución en el Diario Oficial:
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Deléguese en el Vicepresidente Ejecutivo o Vicepresidenta Ejecutiva las atribuciones que a continuación se indican:
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Aprobar los actos, operaciones y contratos en que la Caja deba intervenir en razón de sus funciones, de acuerdo con las disposiciones legales vigentes, tales como, sin que la enunciación sea taxativa: aprovisionamientos, adquisiciones, suministros, reparaciones o mantenimientos, prestaciones de servicios u otros cuyo monto total no exceda de 10.000 UTM si es que se celebran previa licitación privada o trato directo, o 15.000 UTM, si se celebran mediante convenio marco o previa licitación pública. Esta delegación no resultará aplicable a los actos, operaciones o contratos que deban someterse a toma de razón ante la Contraloría General de la República, los que necesariamente deberán ser aprobados por el Consejo Directivo.
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Suscribir y aprobar todo contrato que comprometa el patrimonio de la institución y que ésta pueda realizar de acuerdo a las disposiciones legales vigentes, cuyo monto sea igual o superior a las 15.000 UTM, cualquiera fuere la modalidad de contratación, en la medida que las respectivas bases de licitación, trato directo o intención de compra, en su caso, hayan sido aprobados previamente por el Consejo Directivo.
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