Resolución núm. 1459 EXENTA, publicada el 26 de Octubre de 2015. APRUEBA PROPUESTA DE BASES ADMINISTRATIVAS Y ANEXOS DEL CONCURSO PÚBLICO DEL 'FONDO DE FOMENTO DE MEDIOS DE COMUNICACIÓN SOCIAL REGIONALES, PROVINCIALES Y COMUNALES COQUIMBO', AÑO 2015
Publicado en | Diario Oficial |
Emisor | SECRETARÍA GENERAL DE GOBIERNO |
Rango de Ley | Resolución |
APRUEBA PROPUESTA DE BASES ADMINISTRATIVAS Y ANEXOS DEL CONCURSO PÚBLICO DEL "FONDO DE FOMENTO DE MEDIOS DE COMUNICACIÓN SOCIAL REGIONALES, PROVINCIALES Y COMUNALES COQUIMBO", AÑO 2015
Núm. 272/1.459 exenta.- Santiago, 13 de octubre de 2015.
Visto:
Lo establecido en la ley Nº 19.032, que reorganiza el Ministerio Secretaría General de Gobierno; en el decreto con fuerza de ley Nº 1, de 1992, del Ministerio Secretaría General de Gobierno; la ley Nº 20.798, de Presupuestos del Sector Público para el año 2015; en el decreto con fuerza de ley Nº 1/19.653, que Fija el Texto Refundido, Coordinado y Sistematizado de la Ley Nº 18.575, Orgánica de Bases Generales de la Administración del Estado; en la Ley Nº 19.733, sobre Libertades de Opinión e Información y Ejercicio del Periodismo; en el decreto supremo Nº 45, de 2002, del Ministerio Secretaría General de Gobierno, que aprueba el Reglamento del Fondo de Fomento de Medios de Comunicación Social Regionales, Provinciales y Comunales, y sus modificaciones; en el decreto supremo Nº 55, de 2015, de esta Secretaría de Estado; la resolución exenta Nº 272/226, de 13 de febrero de 2015, que Aprobó propuesta de Bases Administrativas y Anexos del Concurso Público del "Fondo de Fomento de Medios de Comunicación Social Regionales, Provinciales y Comunales", año 2015; el Registro 100/7699, de 8 de octubre de 2015, de la Unidad de Planificación y Control de Gestión, y; en la resolución Nº 1.600, de 2008, de la Contraloría General de la República.
Considerando:
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Que el "Fondo de Fomento de Medios de Comunicación Social Regionales, Provinciales y Comunales", se ha establecido a fin de fortalecer el rol de la comunicación, financiando la realización, edición y difusión de programas o suplementos de carácter regional.
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Que, al Ministerio Secretaría General de Gobierno le compete administrar dichos recursos y, junto con otros Órganos Públicos, velar por su implementación.
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Que, el artículo 5º, letra a), del Reglamento del Fondo de Fomento de Medios de Comunicación Social Regionales, Provinciales y Comunales, aprobado por el decreto supremo Nº 45, de 2002 ya citado, dispone:
"Artículo 5º. Corresponderá a los Consejos Regionales con la asesoría del Ministerio Secretaría General de Gobierno, las siguientes funciones:
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Aprobar las bases del concurso, de acuerdo al texto propuesto por el Ministerio Secretaría General de Gobierno, no pudiendo modificar o suprimir las...
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