Resolución núm. 145 EXENTA, publicada el 06 de Febrero de 2018. DECLARA DESIERTA LICITACIÓN PÚBLICA PARA SERVICIO DE ADMINISTRACIÓN DE CUENTAS DE CAPITALIZACIÓN INDIVIDUAL - MINISTERIO DEL TRABAJO Y PREVISIÓN SOCIAL - MINISTERIOS - Legislación Oficial - Legislación - VLEX 917954895

Resolución núm. 145 EXENTA, publicada el 06 de Febrero de 2018. DECLARA DESIERTA LICITACIÓN PÚBLICA PARA SERVICIO DE ADMINISTRACIÓN DE CUENTAS DE CAPITALIZACIÓN INDIVIDUAL

Publicado enDiario Oficial
EmisorMINISTERIO DEL TRABAJO Y PREVISIÓN SOCIAL
Rango de LeyResolución

DECLARA DESIERTA LICITACIÓN PÚBLICA PARA SERVICIO DE ADMINISTRACIÓN DE CUENTAS DE CAPITALIZACIÓN INDIVIDUAL

Núm. 145 exenta.- Santiago, 24 de enero de 2018.

Vistos:

  1. El Título XV del DL Nº 3.500, de 1980; b) El artículo 471 de la ley Nº 20.255; c) Las normas contenidas en el Título VI del Libro V del Compendio de Normas del Sistema de Pensiones, aprobado por Resolución Nº 6 de 18 de enero de 2011, de la Superintendencia de Pensiones; d) El decreto supremo Nº 52, de 27 de septiembre de 2017, del Ministerio del Trabajo y Previsión Social, publicado en el Diario Oficial del 24 de noviembre de 2017, que aprueba las Bases de Licitación pública para el servicio de administración de cuentas de capitalización individual, establecido por el DL Nº 3.500, de 1980; e) El Acta Notarial relativa a la recepción de ofertas, de 17 de enero de 2017, levantada por el Notario Público Suplente, don Claudio Torres Bastías de la Décima Tercera Notaría de Santiago del Notario Público, don Clovis Toro Campos; y f) Las facultades que se me confieren por el artículo 49 de la ley Nº 20.255.

Considerando:

  1. Que, conforme al Título XV del DL Nº 3.500, de 1980; al Título VI del Libro V del Compendio de Normas del Sistema de Pensiones; y a las Bases de Licitación dictadas para tales efectos, aprobadas mediante decreto supremo Nº 52, de 2017, del Ministerio del Trabajo y Previsión Social, la Superintendencia de Pensiones llamó a licitación pública para la adjudicación del servicio de administración de las cuentas de capitalización individual de las personas que se afilien al Sistema de Pensiones del DL Nº 3.500, de 1980, por primera vez, a partir del primer día del mes siguiente de aquel en que en el cual se cumplan seis meses desde la fecha de adjudicación del servicio licitado y permanezcan en ella por el periodo de veinticuatro meses, contados desde la fecha de su afiliación, salvo que se produzca alguna de las situaciones señaladas en el artículo 165 del citado DL Nº 3.500.

  2. Que, las bases de licitación a que se refiere la letra d) de los Vistos, estuvieron disponibles para ser adquiridas por los interesados desde el día lunes 27 de noviembre y hasta el lunes 11 de diciembre de 2017. Asimismo, de acuerdo a lo contemplado en el Título V, Nº 1 de las referidas bases de licitación, esta Superintendencia fijó como plazo para la...

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