Resolucion núm. 1426 EXENTA, el 09 de Marzo de 2016. APRUEBA EVALUACIÓN SANITARIA DE RIESGO QUE INDICA Y REANÚDASE LA IMPORTACIÓN DE OVAS DE SALMÓN DEL ATLÁNTICO PROVENIENTES DE ISLANDIA, EN LOS TÉRMINOS QUE INDICA, EN CONFORMIDAD AL INCISO SEGUNDO DEL ARTÍCULO 10º DEL DECRETO SUPREMO Nº 72, DE 2011 - MINISTERIO DE ECONOMÍA, FOMENTO Y TURISMO - MINISTERIOS - Legislación Oficial - Legislación - VLEX 701721433

Resolucion núm. 1426 EXENTA, el 09 de Marzo de 2016. APRUEBA EVALUACIÓN SANITARIA DE RIESGO QUE INDICA Y REANÚDASE LA IMPORTACIÓN DE OVAS DE SALMÓN DEL ATLÁNTICO PROVENIENTES DE ISLANDIA, EN LOS TÉRMINOS QUE INDICA, EN CONFORMIDAD AL INCISO SEGUNDO DEL ARTÍCULO 10º DEL DECRETO SUPREMO Nº 72, DE 2011

Publicado enDiario Oficial
EmisorMINISTERIO DE ECONOMÍA, FOMENTO Y TURISMO
Rango de LeyResolución

APRUEBA EVALUACIÓN SANITARIA DE RIESGO QUE INDICA Y REANÚDASE LA IMPORTACIÓN DE OVAS DE SALMÓN DEL ATLÁNTICO PROVENIENTES DE ISLANDIA, EN LOS TÉRMINOS QUE INDICA, EN CONFORMIDAD AL INCISO SEGUNDO DEL ARTÍCULO 10º DEL DECRETO SUPREMO Nº 72, DE 2011

Núm. 1.426 exenta.- Valparaíso, 1 de marzo de 2016.

Visto:

Lo dispuesto en el informe técnico denominado "Análisis de Riesgo de Importación de Ovas de Salmónidos. Islandia" del Departamento de Salud Animal, Servicio Nacional de Pesca y Acuicultura 2016 remitido mediante Hoja de Envío/DN/ Nº 075703; la resolución exenta Nº 2.780, 2.557 y 5.130, de 2012, 2013 y 2014, respectivamente, y 6.434 y 9.844, de 2015, todas del Servicio Nacional de Pesca y Acuicultura; lo dispuesto en el DFL Nº 5, de 1983; ordinario Nº 291 de 1 de marzo de 2016, de la Subsecretaría de Pesca y Acuicultura; el DS 430, de 1991, del Ministerio de Economía, Fomento y Reconstrucción, hoy Ministerio de Economía, Fomento y Turismo, que fija el texto refundido, coordinado y sistematizado de la ley Nº 18.892, Ley General de Pesca y Acuicultura, y sus modificaciones; el DS 72, de 2012, del Ministerio de Economía, Fomento y Turismo, que aprueba el reglamento de certificación y otros requisitos sanitarios para la importación de especies hidrobiológicas; la ley Nº 19.880, que establece las bases de los procedimientos administrativos que rigen los actos de los órganos de la Administración del Estado, y la resolución Nº 1.600, de 2008, de la Contraloría General de la República.

Considerando:

  1. Que, mediante resolución exenta número 2.780, citada en Visto, el Servicio Nacional de Pesca y Acuicultura, en adelante el Servicio, aprobó la evaluación sanitaria de riesgo para la importación de ovas de especies salmónidas provenientes de Islandia.

  2. Que, mediante resolución exenta número 2.557, citada en Visto, el Servicio aprobó la evaluación sanitaria complementaria de riesgo para la importación de ovas de especies salmónidas provenientes de Islandia y renovó su importación en conformidad con el artículo 10º del decreto supremo Nº 72, citado en Visto.

  3. Que, mediante resolución exenta número 5.130, citada en Visto, el Servicio aprobó la renovación de la autorización a Islandia para la importación de ovas de especies salmónidas, en conformidad al artículo 9º del decreto supremo número 72, citado en Visto, hasta el 31 de julio de 2015, inclusive.

  4. Que...

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