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Resolución núm. 13, publicada el 15 de Enero de 2021. DICTA NORMAS PARA LA EJECUCIÓN PRESUPUESTARIA DEL AÑO 2021

Publicado enDiario Oficial
EmisorMINISTERIO DE HACIENDA
Rango de LeyResolución

DICTA NORMAS PARA LA EJECUCIÓN PRESUPUESTARIA DEL AÑO 2021

Núm. 13.- Santiago, 18 de diciembre de 2020.

Vistos:

Lo dispuesto en el artículo 14 del decreto ley Nº 1.263, de 1975, y la ley Nº 21.289, que aprueba el Presupuesto del Sector Público para el año 2021.

Resuelvo:

Determínase que:

APORTE FISCAL LIBRE

El Servicio de Tesorerías pondrá a disposición de los organismos del Sector Público los fondos que se consulten en el respectivo ítem del subtítulo 27 Aporte Fiscal Libre, del Programa 05, Capítulo 01, de la Partida 50 Tesoro Público, mediante depósitos directos en las cuentas bancarias correspondientes o a través de otros mecanismos que se dispongan.

PROGRAMA DE CAJA

La Dirección de Presupuestos formulará y comunicará mensualmente al Servicio de Tesorerías un Programa de Caja que constituirá autorización de pago o de entrega de aporte fiscal, válido solo para el mes correspondiente. Asimismo, lo pondrá en conocimiento de los organismos del sector público que se encuentren incluidos en dicho documento.

El Programa de Caja podrá ser modificado en el transcurso de cada mes, tanto por reprogramación de aporte fiscal u otros fondos autorizados como por ajustes realizados en función de los pagos efectuados por la Tesorería General de la República en el marco de la aplicación del sistema de pago centralizado.

GIRO DE FONDOS

Los organismos del sector público operarán centralizadamente para obtener del Servicio de Tesorerías los fondos autorizados por el Programa de Caja.

Los aportes que reciba el organismo a nivel central podrá asignarlos internamente a sus Unidades Operativas por remesas mediante transferencia electrónica o cheques de su cuenta bancaria, u otro sistema a través del Banco del Estado de Chile, u otros cuando corresponda.

Las transferencias para entidades públicas o privadas consultadas en los presupuestos de un organismo del sector público, se entregarán a la entidad beneficiaria mediante transferencia electrónica de la cuenta bancaria de dicho organismo u otro procedimiento de provisión de fondos que se convenga.

En lo que respecta a las Municipalidades e Instituciones de Educación Superior, las cuotas del aporte fiscal serán puestas a disposición de éstas por el Servicio de Tesorerías de acuerdo a la distribución que señale en el Programa de Caja la Dirección de Presupuestos.

MONTOS APLICADOS CON CARGO A FONDOS A RENDIR

Los organismos del sector público que entreguen fondos a disposición de unidades...

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