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Resolución núm. 13, publicada el 06 de Diciembre de 2018. DESIGNA REPRESENTANTE DEL MINISTRO DE ECONOMÍA, FOMENTO Y TURISMO ANTE EL CONSEJO DE LAS CULTURAS, LAS ARTES Y EL PATRIMONIO

Publicado enDiario Oficial
EmisorMINISTERIO DE ECONOMÍA, FOMENTO Y TURISMO
Rango de LeyResolución

DESIGNA REPRESENTANTE DEL MINISTRO DE ECONOMÍA, FOMENTO Y TURISMO ANTE EL CONSEJO DE LAS CULTURAS, LAS ARTES Y EL PATRIMONIO

Núm. 13.- Santiago, 19 de octubre de 2018.

Visto:

Lo dispuesto en la Ley Nº 21.045, de 2017, que Crea el Ministerio de las Culturas, las Artes y el Patrimonio; el decreto Nº 8, de 2018, reglamento para la designación de los integrantes del Consejo Nacional y de los Consejos Regionales de las Culturas, las Artes y el Patrimonio; en el decreto con fuerza de ley Nº 1/19.653, de 2000, del Ministerio Secretaría General de la Presidencia, que fija el texto refundido, coordinado y sistematizado de la Ley Nº 18.575, Orgánica Constitucional de Bases Generales de la Administración del Estado; en el decreto supremo Nº 413, de 2018, del Ministerio del Interior y Seguridad Pública, que nombra Ministros y Ministras de Estado en las carteras que se indican; en el oficio Nº 206, de 2018, de la Ministra de las Culturas, las Artes y el Patrimonio y, en las resoluciones Nºs 10 y 18, ambas de 2017, de la Contraloría General de la República, que fija normas sobre exención del trámite de Toma de Razón.

Considerando:

  1. Que mediante la ley Nº 21.045, se creó el Ministerio de las Culturas, las Artes y el Patrimonio, siendo la Secretaría de Estado encargada de colaborar con el Presidente de la República en el diseño, formulación e implementación de políticas, planes, y programas para contribuir al desarrollo cultural y patrimonial armónico y equitativo del país en toda su diversidad, reconociendo y valorando las culturas de los pueblos indígenas, la diversidad geográfica y las realidades e identidades regionales y locales, conforme a los principios contemplados en la presente ley.

  2. Que, el artículo 16 de la mencionada ley Nº 21.045, crea el Consejo Nacional de las Culturas, las Artes y el Patrimonio, el que será presidido por el Ministro, y estará integrado además por Nº 3) El Ministro de Economía, Fomento y Turismo o su representante.

  3. Que, los Consejeros en el ejercicio de sus atribuciones deberán observar el principio de probidad administrativa y, en particular, quedarán sujetos a las normas de probidad y a los deberes y prohibiciones establecidos en el Título III de la Ley Nº 18.575, Orgánica Constitucional de Bases Generales de la...

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