Resolución núm. 13 EXENTA, publicada el 19 de Marzo de 2022. DECLARA CADUCIDAD DE LA CONCESIÓN DEFINITIVA DE TRANSPORTE DE GAS DE RED EN LAS COMUNAS DE COPIAPÓ, CALDERA Y VALLENAR, OTORGADA A LA EMPRESA ANDES S.A., MEDIANTE EL DECRETO Nº 6, DE 2018, DEL MINISTERIO DE ENERGÍA - MINISTERIO DE ENERGÍA - MINISTERIOS - Legislación Oficial - Legislación - VLEX 908621869

Resolución núm. 13 EXENTA, publicada el 19 de Marzo de 2022. DECLARA CADUCIDAD DE LA CONCESIÓN DEFINITIVA DE TRANSPORTE DE GAS DE RED EN LAS COMUNAS DE COPIAPÓ, CALDERA Y VALLENAR, OTORGADA A LA EMPRESA ANDES S.A., MEDIANTE EL DECRETO Nº 6, DE 2018, DEL MINISTERIO DE ENERGÍA

Publicado enDiario Oficial
EmisorMINISTERIO DE ENERGÍA
Rango de LeyResolución

DECLARA CADUCIDAD DE LA CONCESIÓN DEFINITIVA DE TRANSPORTE DE GAS DE RED EN LAS COMUNAS DE COPIAPÓ, CALDERA Y VALLENAR, OTORGADA A LA EMPRESA ANDES S.A., MEDIANTE EL DECRETO Nº 6, DE 2018, DEL MINISTERIO DE ENERGÍA

Núm. 13 exenta.- Santiago, 10 de marzo de 2022.

Vistos:

Lo dispuesto en el decreto con fuerza de ley Nº 1/19.653, de 2000, que fija el texto refundido, coordinado y sistematizado de la Ley Nº 18.575, Orgánica Constitucional de Bases Generales de la Administración del Estado, en adelante la "LOCBGAE"; en la ley Nº 19.880, que establece bases de los procedimientos administrativos que rigen los actos de los órganos de la Administración del Estado, en adelante la "LBPA"; en el decreto ley Nº 2.224, de 1978, del Ministerio de Minería, que crea el Ministerio de Energía y la Comisión Nacional de Energía; en la ley Nº 18.410, que crea la Superintendencia de Electricidad y Combustibles; en el decreto con fuerza de ley Nº 323, de 1931, del Ministerio del Interior, Ley de Servicios de Gas, en adelante la "Ley de Servicios de Gas"; en el decreto Nº 263, de 1995, del Ministerio de Economía, Fomento y Reconstrucción, que aprueba reglamento sobre concesiones provisionales y definitivas para la distribución y transporte de gas, en adelante el "Reglamento"; en el Código Orgánico de Tribunales, en adelante "COT"; en el decreto Nº 6, de 2018, del Ministerio de Energía, que otorga a Andes S.A. concesión definitiva de transporte de gas de red en las comunas de Copiapó, Caldera y Vallenar, Región de Atacama, en adelante el "Decreto Nº 6/2018"; en la carta de fecha 30 de octubre de 2020, de Rex Inversiones SpA; en la carta Nº 11/2021, de 14 de enero de 2021, del Ministerio de Energía; en el oficio ordinario Nº 627/2021, de 2 de junio de 2021, de la Subsecretaría de Energía; en el oficio ordinario electrónico Nº 84575, de 30 de agosto de 2021, de la Superintendencia de Electricidad y Combustibles, en adelante el "Oficio Nº 84575/2021"; en la carta Nº 21/2022, de 19 de enero de 2022, de la Subsecretaría de Energía; en la resolución Nº 7, de 2019, de la Contraloría General de la República, y

Considerando:

  1. Que, a través del decreto Nº 6/2018, esta Secretaría de Estado otorgó a Andes S.A. concesión definitiva para establecer, operar y explotar las instalaciones de transporte de gas natural en las comunas de Copiapó, Caldera y Vallenar, ubicadas en la Región de Atacama, decreto que fue publicado en el Diario Oficial el 8 de octubre de 2018.

  2. Que, en la tabla 6 del artículo cuarto del decreto Nº 6/2018 se detallan las propiedades que de acuerdo al artículo 22-B de la Ley de Servicios de Gas se verían afectadas por servidumbres forzosas, dentro de las cuales se encuentra el predio denominado Lote Fusión 1+2+7 (Lote 1-A o Fundo y Lote Bahía Salado), de propiedad de Sociedad Rex Inversiones S.A. y Sociedad Rex Inversiones II S.A. (actualmente Rex Inversiones SpA), de acuerdo al siguiente detalle:

  3. Que, Rex Inversiones SpA, a través de carta de fecha 30 de octubre de 2020, solicitó a S.E. el Presidente de la República que decrete la caducidad del decreto Nº 6/2018 en virtud de los siguientes fundamentos y antecedentes:

    (i) En cuanto a los fundamentos de hecho:

    Señala que el decreto Nº 6/2018 fue publicado en el Diario Oficial el 8 de octubre de 2018, debiendo ser reducido a escritura pública dentro de los 30 días siguientes contados desde esa publicación.

    En la causa Rol Nº C-1176-2019 del Primer Juzgado Civil de Copiapó, sobre constitución de servidumbres, Andes S.A. acompañó como antecedente fundante de su demanda de constitución de servidumbres sobre el inmueble indicado en el considerando 2. anterior, una copia de la protocolización del decreto Nº 6/2018.

    La misma protocolización antes señalada fue acompañada por Andes S.A. como documento fundante de su oposición contra una solicitud de concesión marítima de la sociedad CopiaPort-E Operaciones Marítimas SpA.

    (ii) En...

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