Resolución núm. 1267 EXENTA, publicada el 31 de Julio de 2021. PROHÍBE CIRCULACIÓN DE VEHÍCULOS MOTORIZADOS EN TRAMO DE VÍA QUE INDICA, COMUNA DE TEMUCO - GOBIERNO REGIONAL DE LA ARAUCANIA - GOBIERNO REGIONAL - Legislación Oficial - Legislación - VLEX 873605096

Resolución núm. 1267 EXENTA, publicada el 31 de Julio de 2021. PROHÍBE CIRCULACIÓN DE VEHÍCULOS MOTORIZADOS EN TRAMO DE VÍA QUE INDICA, COMUNA DE TEMUCO

Publicado enDiario Oficial
EmisorGOBIERNO REGIONAL DE LA ARAUCANIA
Rango de LeyResolución

PROHÍBE CIRCULACIÓN DE VEHÍCULOS MOTORIZADOS EN TRAMO DE VÍA QUE INDICA, COMUNA DE TEMUCO

Núm. 1.267 exenta.- Temuco, 26 de julio de 2021.

Vistos:

  1. La Ley Nº 18.575, Orgánica Constitucional de Bases Generales de la Administración del Estado y demás normativa vigente aplicable;

  2. Las facultades contempladas en el DFL Nº 1-19.175, Orgánica Constitucional sobre Gobierno y Administración Regional y sus modificaciones vigentes;

  3. Decreto Nº 71 (29.07.2019) y decreto Nº 236 (26.05.2021), ambos del Ministerio del Interior y Seguridad Pública;

  4. Artículos 107 y 113 del DFL Nº 1, de 2007, de los Ministerios de Transportes y Telecomunicaciones y de Justicia, que fija texto Refundido, Coordinado y Sistematizado de la Ley de Tránsito;

  5. La resolución exenta Nº 1.009, de fecha 20.05.2020, de la Subsecretaría de Transportes, que fija el Instructivo para Gobiernos Regionales para la aplicación de la facultad establecida en el artículo 113 de la Ley de Tránsito;

  6. El decreto supremo Nº 83, de 1985, del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones, relativo a Redes Viales Básicas y resolución exenta Nº 633, de fecha 22.09.2006, de la Seremitt Región de la Araucanía que estableció la Red Vial Básica en la comuna de Temuco;

  7. El ingreso E-5321, de fecha 02.07.2021, complementado con el ingreso E-5540, de fecha 08.07.2021, de la empresa Prisma Construcción Ltda., a Oficina de Partes de este Gobierno Regional;

  8. El ordinario Nº 360, de fecha 01.07.2021, de la Dirección de Tránsito y Transporte Público de la Municipalidad de Temuco;

  9. El oficio Nº 1807, de fecha 08.07.2021, del Gobierno Regional a la Seremi de Transportes y Telecomunicaciones de La Araucanía, solicitando pronunciamiento técnico de Corte Parcial de calles que indica;

  10. El oficio Nº 16553/2021, de fecha 23.07.2021, de la División de Transporte Público Regional de la Seremi de Transportes y Telecomunicaciones de la Región de la Araucanía, con Informe Técnico, sobre la solicitud de Corte de media calzada en calles que indica;

  11. La resolución exenta Nº 1.035, de fecha 14.07.2021, del Gobierno Regional de la Araucanía, que contiene Acta de Proclamación y Sentencia del TRICEL de fecha 09.07.2021, que proclaman Gobernador de la Región de la Araucanía a don Luciano Rivas Stepke;

  12. La resolución exenta Nº 1.038, de fecha 19 de julio de 2021, del Gobierno Regional de la Araucanía, sobre delegación de facultades;

  13. La resolución Nº 7, del año 2019, de la Contraloría General de la República, que fija normas sobre exención del trámite de toma de razón.

    Considerando:

  14. Que, conforme a decretos citados en Vistos 3, se individualizan las competencias radicadas en el Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones que se transferirán a los Gobiernos Regionales, entre ellos el Gobierno Regional de La Araucanía, consistente en prohibir, por causa justificada, la circulación de todo vehículo o de tipos específicos de éstos, por determinadas vías públicas, y consecuente con ello, la competencia de coordinar la acción de diversas autoridades en materia de tránsito...

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