Resolución núm. 1230 EXENTA, publicada el 10 de Agosto de 2016. ACEPTA RENUNCIA VOLUNTARIA - MINISTERIO DEL TRABAJO Y PREVISIÓN SOCIAL - MINISTERIOS - Legislación Oficial - Legislación - VLEX 646720789

Resolución núm. 1230 EXENTA, publicada el 10 de Agosto de 2016. ACEPTA RENUNCIA VOLUNTARIA

Publicado enDiario Oficial
EmisorMINISTERIO DEL TRABAJO Y PREVISIÓN SOCIAL
Rango de LeyResolución

DELEGA FACULTADES QUE INDICA, EN MATERIA DE RECURSOS ADMINISTRATIVOS CONTENIDOS EN LA LEY Nº 19.880

Núm. 1.230 exenta.- Santiago, 3 de agosto de 2016.

Vistos:

  1. Lo dispuesto en los artículos 2, 3, 11, 12, 13, 31 y 41 del DFL Nº 1/19.653 de 2000, del Ministerio Secretaría General de la Presidencia, que fijó el texto refundido, coordinado y sistematizado de la ley Nº 18.575, Orgánica Constitucional de Bases Generales de la Administración del Estado.

  2. Las facultades conferidas en el artículo 5 letras d) y f) DFL Nº 2 de 1967, el Ministerio del Trabajo y Previsión Social, que dispuso la reestructuración y fijó funciones de la Dirección del Trabajo.

  3. La resolución Nº 1.600, de 2008, de la Contraloría General de la República, que fija normas sobre exención del trámite de toma de razón.

  4. La orden de servicio Nº 2 de 19.04.2016, del Sr. Director Nacional del Trabajo, que instruye acerca de la aplicabilidad y procedimientos de los recursos contenidos en la ley Nº 19.880, respecto de las resoluciones de multa, de Reconsideración administrativa, de Sustitución por Capacitación y Programa de Asistencia al Cumplimiento.

  5. La orden de servicio Nº 5 de 06.07.2016, del Sr. Director del Trabajo, que implementa el proceso de visación de sanciones que requieren ser dejadas sin efecto o invalidadas, por Reconsideración administrativa o aplicación de los recursos de la ley Nº 19.880, llevado a cabo por la Oficina de Control y Gestión Multas.

    Considerando:

    La necesidad de mantener una concordancia en las diferentes instrucciones internas de la institución, las que se encuentran en constante actualización y perfeccionamiento, y especialmente, respecto de aquellas referidas a los recursos administrativos contenidos en la ley Nº 19.880.

    Resuelvo:

  6. Deléganse en Jefes/as de Departamento de Inspección y de Departamento de Relaciones Laborales, las siguientes facultades:

    1. Invalidar total o parcialmente, a petición de parte o de oficio, según lo prescrito por el artículo 53 de la ley Nº 19.880 e instruido por la orden de servicio Nº 2, de 19.04.2016, del Sr. Director del Trabajo, las resoluciones de multa, resoluciones de reconsideración de multa y aquellas que se pronuncian respecto de alguno de los beneficios contenidos en el artículo 506 ter del Código del Trabajo, dictadas por esta misma autoridad.

    2. Resolver los recursos de revisión extraordinaria, interpuestos en conformidad con lo establecido por el artículo 60 de la ley Nº 19.880 e instruido por la orden de...

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