Resolución núm. 1211 EXENTA, publicada el 03 de Marzo de 2023. APRUEBA PROCEDIMIENTO DE TOMA DE MUESTRA PARA EXÁMENES DE ALCOHOLEMIA EN CENTRO COMUNITARIO DE SALUD FAMILIAR (CECOSF) EL BORO, REGIÓN DE TARAPACÁ - MINISTERIO DE JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS - MINISTERIOS - Legislación Oficial - Legislación - VLEX 924045212

Resolución núm. 1211 EXENTA, publicada el 03 de Marzo de 2023. APRUEBA PROCEDIMIENTO DE TOMA DE MUESTRA PARA EXÁMENES DE ALCOHOLEMIA EN CENTRO COMUNITARIO DE SALUD FAMILIAR (CECOSF) EL BORO, REGIÓN DE TARAPACÁ

Publicado enDiario Oficial
EmisorMINISTERIO DE JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS
Rango de LeyResolución

APRUEBA PROCEDIMIENTO DE TOMA DE MUESTRA PARA EXÁMENES DE ALCOHOLEMIA EN CENTRO COMUNITARIO DE SALUD FAMILIAR (CECOSF) EL BORO, REGIÓN DE TARAPACÁ

Núm. 1.211 exenta.- Santiago, 12 de mayo de 2022.

Vistos:

El DFL N° 1-19.653 que fija el texto refundido, coordinado y sistematizado de la ley N° 18.575, Ley Orgánica Constitucional de Bases Generales de la Administración del Estado; lo dispuesto en la ley N° 18.290 de Tránsito; el decreto N° 6/2009 del Ministerio de Salud que aprueba Reglamento sobre Manejo de Residuos de Establecimientos de Atención de Salud; las facultades que me concede la ley N° 20.065 sobre Modernización, Regulación Orgánica y Planta del Personal del Servicio Médico Legal; la resolución exenta N° 2.349/2020 que aprueba normativas técnico periciales del Servicio Médico Legal sobre áreas que indica y la resolución N° 6/2019 de la Contraloría General de la República que fija normas sobre exención del trámite de toma de razón.

Considerando:

  1. - Que, el Servicio Médico Legal ha fijado los procedimientos de toma de muestra sanguínea para la práctica de exámenes de alcoholemias, estableciendo los procedimientos administrativos consustanciales a éste y velando por la seguridad, conservación, invulnerabilidad y recepción de las muestras que son derivadas a este Servicio para su procesamiento, observando además las normas que constituyen la cadena de custodia y sigilo correspondiente a todo examen médico Legal y el despacho oportuno y reservado de los mismos a los Tribunales, Ministerio Público y otros organismos competentes que lo soliciten.

  2. - Que, el procedimiento para determinar la dosis de alcohol en la sangre está compuesto por diversas etapas reguladas en el texto sobre Instrucciones y Normativa Técnica sobre Exámenes de Alcoholemia, aprobado por resolución exenta N° 2.349/2020.

  3. - Que, se estima necesario e indispensable contar con establecimientos o servicios competentes, públicos y/o privados, es decir, Servicios de Asistencia Pública, Hospitales, Postas de Primeros Auxilios de los Servicios de Salud, Clínicas Privadas, que estén capacitados para la toma de muestras sanguíneas para la realización de exámenes de alcoholemia y en los casos de alcoholemias voluntarias, también deberá efectuarse dicho peritaje con análogas formalidades y similar tecnología, cumpliéndose la Normativa Técnica del Servicio.

  4. - Que, el Centro Comunitario de Salud Familiar (CECOSF) El Boro, comuna de Alto Hospicio, Región de Tarapacá, cuenta con...

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