Resolución núm. 1192 EXENTA, publicada el 19 de Junio de 2023. DELEGA FIRMA Y ATRIBUCIONES EN LAS JEFATURAS Y PERSONAL QUE INDICA DEL DEPARTAMENTO DE PREVISIÓN SOCIAL Y PERSONAL - CONTRALORÍA GENERAL DE LA REPÚBLICA - OTROS - Legislación Oficial - Legislación - VLEX 934951642

Resolución núm. 1192 EXENTA, publicada el 19 de Junio de 2023. DELEGA FIRMA Y ATRIBUCIONES EN LAS JEFATURAS Y PERSONAL QUE INDICA DEL DEPARTAMENTO DE PREVISIÓN SOCIAL Y PERSONAL

Publicado enDiario Oficial
EmisorCONTRALORÍA GENERAL DE LA REPÚBLICA
Rango de LeyResolución

DELEGA FIRMA Y ATRIBUCIONES EN LAS JEFATURAS Y PERSONAL QUE INDICA DEL DEPARTAMENTO DE PREVISIÓN SOCIAL Y PERSONAL

Núm. 1.192 exenta.- Santiago, 14 de junio de 2023.

Vistos:

Lo dispuesto en la Constitución Política; en la ley N° 18.575, de Bases Generales de la Administración del Estado; en la ley N° 10.336, de Organizaciones y Atribuciones de esta Contraloría General, en la resolución N° 6, de 2019, de esta Contraloría General, en la resolución exenta N° 801, de 2023, que establece la Estructura y Funciones del Departamento de Previsión Social y Personal.

Considerando:

  1. Que mediante las resoluciones Nos. 106, de 2016; 7, de 2017 y las resoluciones exentas Nos. 3.685, de 2018 y 3.807, de 2019, de esta Contraloría General, se establecieron las delegaciones de firma existentes, respecto de las Jefaturas del Departamento de Previsión Social y Personal.

  2. Que con la dictación de la resolución exenta N° 801, de 2023, que fija una nueva estructura y funciones del Departamento de Previsión Social y Personal, se hace necesario actualizar las mencionadas delegaciones.

  3. Que para tales efectos, se ha considerado la necesidad de delegar tareas en las jefaturas de Área y de Unidades pertinentes.

  4. Que finalmente, se ha tenido presente que, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 12, N° 48, de la resolución N° 6, de 2019, de esta Contraloría General, los actos que deleguen facultades en materia de personal se encuentran exentos del trámite de toma de razón.

Resuelvo:

Artículo 1°

Delégase en la Jefatura del Departamento de Previsión Social y Personal el ejercicio de las siguientes atribuciones:

  1. La facultad de firmar la toma de razón de decretos y resoluciones, junto a los oficios de alcance y representación que procedan, bajo la fórmula "Por orden del Contralor General", siempre que versen sobre las siguientes materias:

    1. Aplicación de medidas disciplinarias expulsivas, salvo aquellas dispuestas por el Presidente de la República.

    2. Resoluciones que dispongan el término de contratos de trabajo, por las causales establecidas en el artículo 160 del Código del Trabajo.

    3. Absoluciones y sobreseimientos.

    4. Bases de concursos para el ingreso o promoción, en calidad de titular, incluyendo aquellos correspondientes al artículo 8° del Estatuto Administrativo.

    5. Otorgamiento de beneficios previsionales y de desahucios que le corresponda al personal nombrado por el Presidente de la República, o a los asignatarios de aquellos.

    6. Decretos supremos que disponen la aceptación de renuncia voluntaria y no voluntaria, ceses por fallecimiento y comisiones de servicio.

    Se excluye de la presente delegación, la toma de razón de los decretos suscritos por el Presidente de la República, con las excepciones previamente indicadas, y de aquellos actos relativos al personal de la Contraloría General.

  2. La facultad de firmar resoluciones que concedan la condonación de deudas originadas en la percepción indebida de beneficios pecuniarios por funcionarios públicos, incluyendo aquellas que concedan al mismo tiempo facilidades para la restitución de la deuda, siempre que el total de la deuda sea igual o superior a 50 UTM, dentro de las políticas aprobadas por la Contraloría General en esta materia.

  3. La emisión de pronunciamientos jurídicos, respecto de consultas o reclamos que recaigan sobre términos de...

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