Resolución núm. 1187 EXENTA, publicada el 15 de Marzo de 2022. APRUEBA TEXTO COORDINADO Y SISTEMATIZADO DE LA RESOLUCIÓN QUE ESTABLECE REQUISITOS FITOSANITARIOS DE INGRESO PARA SEMILLAS DE CEREALES, AGREGA REQUISITOS FITOSANITARIOS PARA LAS ESPECIES TRITICUM MONOCOCCUM Y HORDEUM CHILENSE Y DEROGA RESOLUCIÓN Nº 1.012, DE 2004 - MINISTERIO DE AGRICULTURA - MINISTERIOS - Legislación Oficial - Legislación - VLEX 908622019

Resolución núm. 1187 EXENTA, publicada el 15 de Marzo de 2022. APRUEBA TEXTO COORDINADO Y SISTEMATIZADO DE LA RESOLUCIÓN QUE ESTABLECE REQUISITOS FITOSANITARIOS DE INGRESO PARA SEMILLAS DE CEREALES, AGREGA REQUISITOS FITOSANITARIOS PARA LAS ESPECIES TRITICUM MONOCOCCUM Y HORDEUM CHILENSE Y DEROGA RESOLUCIÓN Nº 1.012, DE 2004

Publicado enDiario Oficial
EmisorMINISTERIO DE AGRICULTURA
Rango de LeyResolución

APRUEBA TEXTO COORDINADO Y SISTEMATIZADO DE LA RESOLUCIÓN QUE ESTABLECE REQUISITOS FITOSANITARIOS DE INGRESO PARA SEMILLAS DE CEREALES, AGREGA REQUISITOS FITOSANITARIOS PARA LAS ESPECIES TRITICUM MONOCOCCUM Y HORDEUM CHILENSE Y DEROGA RESOLUCIÓN Nº 1.012, DE 2004

Núm. 1.187 exenta.- Santiago, 8 de marzo de 2022.

Vistos:

Lo dispuesto en la Ley Nº 18.755, Orgánica del Servicio Agrícola y Ganadero; Ley Nº 19.880 que establece bases de los procedimientos administrativos que rigen los actos de los órganos de la administración del Estado; el decreto ley Nº 3.557 de 1980 del Ministerio de Agricultura sobre Protección Agrícola; el decreto ley Nº 1.764 de 1977 que fija normas para la investigación, producción y comercio de semillas y su Reglamento; el decreto 545 de 1990 del Ministerio de Relaciones Exteriores que suscribe convenio entre los gobiernos de la República Argentina, de la República Federativa del Brasil, de la República de Chile, de la República del Paraguay y de la República Oriental del Uruguay, sobre la constitución del Comité Regional de Sanidad Vegetal, COSAVE; el decreto Nº 510 de 2016 del Ministerio de Agricultura que habilita puertos para la importación de mercancías sujetas a revisión del Servicio Agrícola y Ganadero (SAG); el decreto Nº 34, de 24 de marzo de 2020 del Ministerio de Agricultura que nombra al Director (S) Nacional del SAG; la resolución Nº 7 de 2019 de la Contraloría General de la República; las Normas Internacionales para Medidas Fitosanitarias de la Convención Internacional de Protección Fitosanitaria (CIPF) de las Naciones Unidas para la Agricultura y la Alimentación, FAO, promulgado por el decreto Nº 144 de 2007 del Ministerio de Relaciones Exteriores; resolución Nº212/85-16D de COSAVE de 2016; las resoluciones Nºs. 1.523 de 2001; 3.080 de 2003; 3.139 de 2003; 3.815 de 2003; 1.012 de 2004; 1.833 de 2016; 1.284 de 2021, todas del Servicio Agrícola y Ganadero.

Considerando:

  1. Que, el Servicio Agrícola y Ganadero, en adelante el Servicio, es la autoridad encargada de velar por el patrimonio fito y zoosanitario del país, y bajo este marco está facultada para adoptar las medidas tendientes a evitar la introducción al territorio nacional de plagas y enfermedades que puedan afectar la salud animal y vegetal, que pueden provenir de mercancías importadas.

  2. Que, en virtud de esa facultad, el Servicio dictó la resolución exenta Nº 1.012 de 2004, citada en vistos, que establece requisitos fitosanitarios de ingreso para semillas de cereales.

  3. Que el Servicio ha recibido solicitudes de usuarios interesados para importar al país semillas de cereales de Triticum monococcum y Hordeum chilense, especies sin requisitos...

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