Resolución núm. 1042 EXENTA, publicada el 08 de Mayo de 2019. DEJA SIN EFECTO RESOLUCIÓN N° 424 EXENTA (V. Y U.), DE 2019, Y DESIGNA SUJETOS PASIVOS EN CALIDAD DE TITULARES Y SUPLENTES, DE ACUERDO A LO ESTABLECIDO EN LA LEY N° 20.730, QUE REGULA EL LOBBY Y LAS GESTIONES QUE REPRESENTEN INTERESES PARTICULARES ANTE LAS AUTORIDADES Y FUNCIONARIOS
Publicado en | Diario Oficial |
Emisor | MINISTERIO DE VIVIENDA Y URBANISMO |
Rango de Ley | Resolución |
DEJA SIN EFECTO RESOLUCIÓN N° 424 EXENTA (V. Y U.), DE 2019, Y DESIGNA SUJETOS PASIVOS EN CALIDAD DE TITULARES Y SUPLENTES, DE ACUERDO A LO ESTABLECIDO EN LA LEY N° 20.730, QUE REGULA EL LOBBY Y LAS GESTIONES QUE REPRESENTEN INTERESES PARTICULARES ANTE LAS AUTORIDADES Y FUNCIONARIOS
Santiago, 2 de mayo de 2019.- Hoy se resolvió lo que sigue:
Núm. 1.042 exenta.
Vistos:
Lo dispuesto en la ley N° 18.575, de 1986, y sus modificaciones, Orgánica Constitucional de Bases Generales de la Administración del Estado, cuyo texto refundido, coordinado y sistematizado se fijó mediante DFL N° 1/19.653, del Ministerio Secretaría General de la Presidencia de 2001; el DL N° 1.305, de 1975, de Vivienda y Urbanismo, que Reestructura y Regionaliza el Ministerio de Vivienda y Urbanismo; la ley N° 20.730, de 2014, que Regula el Lobby y las Gestiones que Representen Intereses Particulares ante las Autoridades y Funcionarios, y su Reglamento contenido en el decreto supremo N° 71, de 2014, del Ministerio Secretaría General de la Presidencia; la resolución exenta N° 3.802, de 18 de junio de 2018; la resolución N° 1.600, de 2008, de la Contraloría General de la República, que fija normas sobre Exención al Trámite de Toma de Razón; y,
Considerando:
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Que, conforme lo señala el artículo 3° de la ley N° 20.730, son sujetos pasivos y se encuentran sometidos al cumplimiento de las disposiciones de esta ley, las autoridades que en dicha norma se indican; así como las personas que, en razón de su función o cargo, tengan atribuciones decisorias relevantes o influyan decisivamente en quienes tengan dichas atribuciones, y reciban por ello regularmente una remuneración.
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Que, conforme a lo señalado en el artículo 5° del DS N° 71, de 2014, del Ministerio Secretaría General de la Presidencia, mediante acuerdo o resolución fundada de la autoridad, se individualizarán como sujetos pasivos de lobby, o gestión de intereses particulares las autoridades y funcionarios que, en razón de su función o cargo, tengan atribuciones decisorias relevantes o influyan decisivamente en quienes tengan dichas atribuciones y reciban por ello regularmente una remuneración.
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Que, el Jefe Superior del Servicio debe proceder anualmente, el primer día hábil del mes de mayo, a individualizar a las personas que se encuentren en dicha calidad, mediante una resolución fundada, que deberá publicarse de...
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