Resolución núm. 1036 EXENTA, publicada el 30 de Mayo de 2022. FORMALIZA RENUNCIA DE INTEGRANTE DEL CONSEJO NACIONAL DE LAS ARTES ESCÉNICAS - MINISTERIO DE LAS CULTURAS, LAS ARTES Y EL PATRIMONIO - MINISTERIOS - Legislación Oficial - Legislación - VLEX 905379014

Resolución núm. 1036 EXENTA, publicada el 30 de Mayo de 2022. FORMALIZA RENUNCIA DE INTEGRANTE DEL CONSEJO NACIONAL DE LAS ARTES ESCÉNICAS

Publicado enDiario Oficial
EmisorMINISTERIO DE LAS CULTURAS, LAS ARTES Y EL PATRIMONIO
Rango de LeyResolución

FORMALIZA RENUNCIA DE INTEGRANTE DEL CONSEJO NACIONAL DE LAS ARTES ESCÉNICAS

Núm. 1.036 exenta.- Valparaíso, 23 de mayo de 2022.

Visto:

Lo dispuesto en el decreto con fuerza de ley N° 1/19.653, de 2001, del Ministerio Secretaría General de la Presidencia, que fija el texto refundido, coordinado y sistematizado de la ley N° 18.575, Orgánica Constitucional de Bases Generales de la Administración del Estado; en la ley N° 19.880, sobre Bases de los Procedimientos Administrativos que Rigen los Actos de los Órganos de la Administración del Estado; en la ley N° 21.045 que crea el Ministerio de las Culturas, las Artes y el Patrimonio; en la ley N° 21.175 sobre Fomento de las Artes Escénicas y su reglamento; en la resolución exenta N° 7, de 2019, de la Contraloría General de la República, que fija normas sobre exención del trámite de toma de razón; en la resolución exenta N° 75, de 2021, del Ministerio de las Culturas, las Artes y el Patrimonio, que delega facultad que indica en el Subsecretario de las Culturas y las Artes, y en la resolución exenta N° 133, de 2022, que formaliza designación de integrantes del Consejo Nacional de Artes Escénicas.

Considerando:

Que la ley N° 21.045 creó el Ministerio de las Culturas, las Artes y el Patrimonio, cuyo objeto será colaborar con el Presidente de la República en el diseño, formulación e implementación de políticas, planes y programas para contribuir al desarrollo cultural y patrimonial armónico y equitativo del país en toda su diversidad geográfica y las realidades e identidades regionales y locales, conforme a los principios contemplados en la ley. Asimismo, el artículo 3 numeral 1 de la referida Ley, establece como función del Ministerio promover y contribuir al desarrollo de la creación artística y cultural, fomentando la creación, producción, mediación, circulación, distribución y difusión, de las artes visuales, fotografía, nuevos medios, danza, circo, teatro, diseño, arquitectura, música, literatura, audiovisual y otras manifestaciones de las artes.

Que el artículo 7 de la ley N° 21.045, crea la Subsecretaría de las Culturas y las Artes, señalando en su artículo 9 que ésta deberá diseñar y ejecutar planes y programas destinados al cumplimiento de las funciones y atribuciones ministeriales establecidas en el artículo 3.

Que la ley N° 21.175, sobre Fomento a las Artes Escénicas establece que el Estado de Chile apoya, fomenta y...

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