Resolución núm. 1034 EXENTA, publicada el 04 de Junio de 2016. DELEGA EN JEFE DE DEPARTAMENTO DE ACCIÓN SANITARIA FACULTAD QUE INDICA
Publicado en | Diario Oficial |
Emisor | MINISTERIO DE SALUD |
Rango de Ley | Resolución |
DELEGA EN JEFE DE DEPARTAMENTO DE ACCIÓN SANITARIA FACULTAD QUE INDICA
Núm. 1.034 exenta.- Copiapó, 10 de mayo de 2016.
Vistos:
Lo dispuesto en la Ley Nº 19.937/04, que modificó el DL 2.763/79, cuyo texto coordinado y sistematizado fue fijado por el DFL Nº 1/05; DS Nº 136/04, Reglamento Orgánico del Ministerio de Salud; Ley Nº 18.575, Orgánica Constitucional de Bases Generales de la Administración del Estado; resolución exenta Nº 1.600/08, de la Contraloría General de la República, y sus modificaciones; DS Nº 64/14 del Ministerio de Salud; memorándum Nº 8 de 6 de mayo de 2016 de esta Autoridad Sanitaria; resoluciones exentas Nº 3.310-2014, 3.602-2014 y 943-2016, todas de esta Autoridad Sanitaria; y,
Considerando:
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- Que, esta Secretaría Regional Ministerial de Salud a través de resoluciones exentas Nº 3.310 de fecha 16 de septiembre de 2014 y 3.602 de 16 de octubre del mismo año, delegó en el Jefe del Departamento de Acción Sanitaria, o quien hiciera sus veces, la facultad de firmar por orden de esta Autoridad en materias determinadas y bien definidas.
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- Que, en atención a situación de fuerza mayor por resolución exenta Nº 943 de 2 de mayo del presente año fue revocada, de manera parcial, la delegación antes señalada respecto de específicos trámites sanitarios.
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- Que, sin perjuicio de lo señalado precedentemente y ante la necesidad de velar por la agilidad en la tramitación de los procedimientos administrativos efectuados ante esta Autoridad Sanitaria y considerando que el artículo 41 de la Ley Nº 18.575, Orgánica Constitucional de Bases Generales de la Administración del Estado, autoriza la delegación de atribuciones y facultades propias, en determinados actos sobre materias específicas, en funcionarios de la dependencia del delegante.
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- Que, el artículo 32 del DS Nº 136/04, Reglamento del Ministerio de Salud, establece que le corresponde a las Autoridades Sanitarias actuar en todas aquellas materias que el Código Sanitario, leyes, reglamentos y demás normas complementarias del mismo le encomendaren dentro del territorio de su competencia asignado por ley, ejerciendo todas las facultades y atribuciones que para tal efecto le asigna la ley y normas complementarias.
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- Que, en atención a las facultades que me confiere la ley.
Resolución:
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Delégase en el Jefe de Departamento de Acción Sanitaria, o quien haga sus veces, la facultad de firmar por orden de esta Secretaria Regional Ministerial de Salud Atacama, los documentos relativos a...
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