Resolución nº 412-2019 del Instituto de Previsión Social. SE APRUEBA PARA EL INSTITUTO DE PREVISIÓN SOCIAL, EL DOCUMENTO DENOMINADO "PROCEDIMIENTO CONCILIACIÓN DE LA VIDA LABORAL, FAMILIAR Y PERSONAL, PARA FUNCIONARIOS Y FUNCIONARIAS DEL INSTITUTO DE PREVISIÓN SOCIAL", VERSIÓN 1 - Instituto de Previsión Social - Normativa - VLEX 915660318

Resolución nº 412-2019 del Instituto de Previsión Social. SE APRUEBA PARA EL INSTITUTO DE PREVISIÓN SOCIAL, EL DOCUMENTO DENOMINADO "PROCEDIMIENTO CONCILIACIÓN DE LA VIDA LABORAL, FAMILIAR Y PERSONAL, PARA FUNCIONARIOS Y FUNCIONARIAS DEL INSTITUTO DE PREVISIÓN SOCIAL", VERSIÓN 1

Número de resolución412
Fecha de publicación17 Diciembre 2019
Tipo de documentoRelativos a Procedimientos
Departamento Secretaría General y Transparencia
-
Instituto de Previsión Social
Avenida del Lib. Bernardo O'Higgins N° 1353
-
Santiago
www.ips.gob.Cl
SE A1'RUEBA PARA EL INSTITUTO DE
PREVISIÓN SOCIAL, EL DOCUMENTO
DENOMINAI)O
"PROCEDIMIENTO
CONCILIACION DE LA VIDA LABORAL,
FAMILIAR Y PERSONAL, PARA
FUNCIONARIOS Y FUNCIONARIAS I)EL
INSTITUTO DE PREVISION SOCIAL",
VERSIÓN 1.
RESOLUCIÓN
4
12
EXENTA N°
SANTIAGO,
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9
VISTOS:
1
.-
La Ley N° 20.255, de Reforma Previsional, que establece la nueva institucionalidad
pública para el Sistema de Previsión Social y crea entre sus órganos. el
Instituto
de Previsión
Social determinando sus funciones y atribuciones y el D.F.L. N° 4. de 2009. de¡ Ministerio del
Trabajo y Previsión Social que fija la Planta de Personal y fecha de iniciación de actividades de
este Instituto.
La Ley N°
18.575,
Orgánica Constitucional de Bases Generales de la
Administración del Estado. cuyo texto refundido, coordinado y sistematizado se encuentra
establecido en el D.F.L. N° 1/19.653. de 2000, del Ministerio Secretaría General de la
Presidencia.
La Ley N° 19.880, de Bases de los Procedimientos Administrativos que rigen los
Actos de los Organos de la Administración del Estado.
Norma Chilena 3262-2012 Igualdad de Género y Conciliación de la Vida Laboral.
Familiar
y
Personal.
El D.F.L. N° 278, de 1960, del Ministerio de hacienda: el D.L. N°49. de 1973: el
D.F.L. N° 17, de 1989, del Ministerio del Trabajo y Previsión Social: la Resolución N° 7. de 26
de marzo de 2019, que fija normas sobre exención del trámite de Toma de Razón. y la
Resolución N° 8, de 27 de marzo de 2019, que determina los montos en Unidades Tributarias
Mensuales, a partir de los cuales los actos que se individualizan quedarán sujetos a Toma de
Razón
y
a Controles de Reemplazo cuando corresponda, ambas de la Contraloría General de la
República; y las facultades que mc concede el artículo
57°,
Departamento Secretaria General y Transparencia
-
Instituto de Previsión Social
412
Avenida del Lib. Bernardo OHiggins N° 1353
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Santiago
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CONSIDERANDO:
Que. por Resolución Exenta N° 589. de
30
de diciembre de 2016. esta I)irección
Nacional aprobó el "Protocolo de Conciliación Laboral. Familiar y Personal para funcionarios y
funcionarias del IPS", cuyo objetivo es promover medidas de conciliación, de la vida personal,
familiar y laboral, tendiente a lograr un mayor equilibrio y compatibilización de las diversas
responsabilidades de funcionarios y funcionarias del Instituto de Previsión Social.
Que, mediante Resolución Exenta N°
389.
de 26 de noviembre de 2019. esta
Dirección Nacional aprobó el documento denominado 'Política de Igualdad de Género y
Conciliación de la Vida Laboral, Familiar y Personal del Instituto de Previsión Social", versión
1, cuyo objetivo es dejar de manifiesto por parte de la alta dirección, el compromiso de
Implementar el Sistema de Gestión de Igualdad de Género y Conciliación de la Vida Laboral,
Familiar y Personal, así como sus objetivos, procedimientos, acciones y recursos.
Que, en el marco de la política referida en el Considerando precedente. se
requiere
disponer de una herramienta institucional permanente y transparente que permita y promueva el
equilibrio de los derechos, responsabilidades y desarrollo laboral. familiar y personal de las
personas que trabajan en el Instituto de Previsión Social, con la !inalidad de mejorar su calidad
de vida, asumiendo como principios éticos reguladores de las relaciones laborales y de todas las
acciones que emanen de este documento, la responsabilidad de los funcionarios y las
funcionarias, respecto al resguardo de los valores del respeto, dignidad
y
con lidencialidad. y de
prácticas inclusivas y con equidad de género, no estigrnatizantes ni discriminadoras.
Que, para los fines que se indican en el Considerando precedente. la
Coordinadora
Programas del Suhdepartamento de Calidad de Vida del Departamento Gestión y Desarrollo de
Personas de este Instituto, ha elaborado el documento denominado Procedimiento
Conciliación de la Vida Laboral, Familiar y Personal. para Funcionarios y Funcionarias (Id
Instituto de Previsión Social", cuyo texto fue autorizado por la je!tura del citado
Departamento.
Que.
por Oficio Ordinario N° 49844/2331-2019, de 19 de noviembre de 2019,
complementado por correo electrónico de 26 de noviembre de 2019, la División .Iurídiea de
este Instituto, emitió informe sobre la aprobación legal del procedimiento de la especie.
estableciendo la procedencia de dictar la correspondiente resolución para su aplicación general
y obligatoria.
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Departamento Secretaria General y Transparencia
-
Instituto de Previsión Social
41
2
Avenida del Lib. Bernardo O'Higgins N° 1353
-
Santiago
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RESUELVO:
1
.-
Apruébasc para el Instituto de Previsión Social. el documento denominado
Procedimicnto Conciliación de la Vida Laboral, Familiar y Personal, para Funcionarios y
Funcionarias del Instituto de Previsión Social", versión 1, que consta de treinta y tres (33)
páginas, que se ad unta como parte integrante de la presente Resolución Exenta. aprobado por
la División Jurídica con fecha 26 de noviembre de 2019, cuyo objetivo es disponer de una
herramienta institucional permanente y transparente que permita y promueva el ec1uilihrio de
los derechos, responsabilidades y desarrollo laboral, familiar y personal de las personas que
trabajan en el Instituto de Previsión Social, con la finalidad de mejorar su calidad de vida,
asumiendo como principios éticos reguladores de las relaciones laborales y de todas las
acciones que emanen de este documento, la responsabilidad de los funcionarios y las
funcionarias, respecto al resguardo de los valores del respeto, dignidad y confidencialidad. y de
prácticas inclusivas y
con
equidad de género, no estigmatizantes ni discriminadoras.
2.- Publíquese el documento, que se aprueba por el presente acto administrativo, en los
ambientes 'Procedimientos Institucionales" y "Norma de Género", de la lntranet (le! IPS.
Notifíquese, regístrese y distrihúyase por Departamento Secretaría General y Transparencia, a
las .Jefaturas de las unidades incluidas en la Distribución de la presente Resolución.
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ROJO
DIREÇIOjACJONAL
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INSTJTUT&DE' lREVISIóN SOCIAL
DISTRIBUCION:
-
(iahinete Direccion N.ional
-
Suhdirección de Servicios al Cliente
Suhdirección de Sistemas de Información y de Administración
-
División Juridica
-
División I3eneíicios
-
División Canales de Atención al Cliente
-
División Plani flcación y Desarrollo
División 1n6)rmática
l)cpartamcnto ( ontraloría Interna
Departamento Gestión y Desarrollo de Personas
-
Departamento Administración e Inmobiliaria
-
Departamento Cobranza Institucional
-
Departaitieño Secretaria General y Transparencia
Apçivo DocuticritaI e la División Jurk!ici
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IYGF/Q/ T
a "Prn-ed iíisicnto
te it ación dc la Vid laboral,
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il iar y Personal, para 1' uneionarios y Funcionarias del Instituto (le Previsión Social".
Xl- (Folio
[).S.G
)(. 3575-269)

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