Resolución nº 261-2020 del Instituto de Previsión Social. APRUEBA ADDENDUM A CONVENIO DE COLABORACIÓN DE TRANSFERENCIA DE DATOS EN EL MARCO DE LA LEY Nº 20.255 QUE ESTABLECE LA REFORMA PREVISIONAL CELEBRADO ENTRE EL FONDO NACIONAL DE SALUD Y EL INSTITUTO DE PREVISIÓN SOCIAL, EN EL SENTIDO QUE INDICA - Instituto de Previsión Social - Normativa - VLEX 915660412

Resolución nº 261-2020 del Instituto de Previsión Social. APRUEBA ADDENDUM A CONVENIO DE COLABORACIÓN DE TRANSFERENCIA DE DATOS EN EL MARCO DE LA LEY Nº 20.255 QUE ESTABLECE LA REFORMA PREVISIONAL CELEBRADO ENTRE EL FONDO NACIONAL DE SALUD Y EL INSTITUTO DE PREVISIÓN SOCIAL, EN EL SENTIDO QUE INDICA

Número de resolución261
Año2020
Fecha de publicación17 Octubre 2020
Tipo de documentoRelativos a Convenios
División Jurídica Instituto de Previsión Social
Santiago
www.ips.gob.cl
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APRUEBA ADDENDUM A CONVENIO DE
COLABORACIÓN DE TRANSFERENCIA DE
DATOS EN EL MARCO DE LA LEY
20.255 QUE ESTABLECE LA REFORMA
PREVISIONAL CELEBRADO ENTRE EL
FONDO NACIONAL DE SALUD Y EL
INSTITUTO DE PREVISIÓN SOCIAL, EN EL
SENTIDO QUE INDICA.
RESOLUCIÓN
EXENTA N°
SANTIAGO, 14 DE SEPTIEMBRE DE 2020.
V I S T O S:
1.- La Ley Nº 20.255, de Reforma Previsional, que establece la nueva Institucionalidad Pública
para el Sistema de Previsión Social y crea entre sus órganos, el Instituto de Previsión Social, determinando
sus funciones y atribuciones; y el D.F.L. N°4, de 2009, del Ministerio del Trabajo y Previsión Social, que
fija la Planta de Personal y fecha de iniciación de actividades del Instituto de Previsión Social.
2.- La Ley N° 18.575, Orgánica Constitucional de Bases Generales de la Administración del
Estado, cuyo texto refundido, coordinado y sistematizado se encuentra establecido en el D.F.L. N°
1/19.653, de 2000, del Ministerio Secretaría General de la Presidencia.
3.- La Ley N° 19.880, sobre Bases de los Procedimientos Administrativos que rigen los Actos de
los Órganos de la Administración del Estado.
4.- La Ley N° 20.285 sobre Acceso a la Información Pública, y su Reglamento contenido en el
Decreto Nº 13, de 2009, del Ministerio Secretaría General de la Presidencia.
5.- El D.F.L. N° 278 de 1960, del Ministerio de Hacienda; el D.L. N° 49, de 1973 del Ministerio
del Trabajo y Previsión Social; el D.F.L. N° 17, de 1989, del Ministerio del Trabajo y Previsión Social;
las Resoluciones N° 07 y N° 08, de 2019, ambas de la Contraloría General de la República, que fijaron las
normas sobre exención del trámite de toma de razón; y las facultades que me confiere el artículo 57, de la
6.- El D.F.L. N° 725, de 11.12.1967, que modificó el D.F.L. N° 226, de 15.05.1931, que aprobó
7.- El Decreto N°04, de 05.02.2020, modificado mediante el Decreto N°06, de 07.03.2020, ambos
del Ministerio de Salud que declara alerta sanitaria en todo el territorio de la República por el periodo que
indica, para enfrentar la amenaza a la salud pública producida por la propagación a nivel mundial del
9 (2019-
8.- El Instructivo Presidencial N°003, de fecha 16.03.2020, que fija el Plan de Acción para
enfrentar la pandemia de CORONAVIRUS (COVID-19).

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