Resolución nº 12.000/122 D.G.T.M. Y M.M., 22-03-2010
| Fecha de la decisión | 22 Marzo 2010 |
| Número de resolución | 12.000/122 |
| Fecha de publicación | 22 Marzo 2010 |
| Emisor | Dirección General del Territorio Marítimo y de Marina Mercante (DIRECTEMAR) |
ORIGINAL
1
C.P.S.A. ORD. N° 12.000/_122_/VRS.
ESTABLECE DISPOSICIONES A LOS
REMOLCADORES DE GUARDIA Y
RETEN EN EL PUERTO DE SAN
ANTONIO.-
SAN ANTONIO, 22 de MARZO de 2010
VISTOS, lo dispuesto en los artículos 39, 40, 41, 91 y 123 y 124 del
D.L. (M) N° 2222 del 21 de Mayo de 1978; los artículos 5, 10, 19, 102, 128 y 150
D.S.(M.) N°1.340 del 14 de Junio de 1941; el artículo 3° del D.F.L. 292 de 25 de Julio de
1953; artículos 1128 y 1129 del Código de Comercio Libro III, C.P.S.A. ORD.
N°12.000/177 de fecha 04.Junio.2009 Nr.14 y teniendo presente las atribuciones que
me confiere la reglamentación marítima vigente,
R E S U E L V O:
DISPÓNESE, lo siguiente para la operación de los Remolcadores
de Guardia y Retén en el Puerto de San Antonio:
1. El remolcador de guardia, estará a disposición del Capitán de Puerto, cuando la
Autoridad Marítima así lo requiera para prestar los servicios de auxilio que sean
necesarios para asistir a las operaciones de salvamento de personas o salvatage de
naves en condición de peligro o de la seguridad portuaria, a fin de prevenir riesgos
de naufragios, abordaje, contaminación u otros accidentes.-
2. Los relevos de Remolcadores de Guardia se efectuará diariamente a más tardar a
las 08:30 hrs., debiendo informar a San Antonio Radio vía VHF una vez se haya
efectuado. En caso del entrante encontrase en maniobras deberá informar al termino
de la misma.
3. La Dotación del Remolcador de Guardia, deberá estar presta a reaccionar ante
cualquier requerimiento de la Autoridad Marítima, debiéndose estar listo a zarpar al
más breve plazo, el que no debe sobrepasar los 20 minutos desde que se le dio la
alarma. Para el caso del Remolcador de Retén, deberá estar en condiciones para
zarpar en no más de una hora.-
4. En caso que el remolcador de Guardia no se encuentre en la bahía, u este
restringido o inoperativo, por algo fortuito, deberá ser reemplazado por el remolcador
retén, materia que...
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