Resolución Nº 019 de Superintendencia de Pensiones, 28-08-2008 - Normativa - VLEX 864937481

Resolución Nº 019 de Superintendencia de Pensiones, 28-08-2008

Fecha28 Agosto 2008
Número de resolución019
Delito Haber transgredido las instrucciones contenidas en las circulares N°s 1.285 y 1.449, reiterando los errores en la transmisión de la información a esta Superintendencia que dichas circulares exigen, y reincidiendo en conductas por las cuales ya había sido sancionada con anterioridad
VISTOS:
a)
Las facultades que la Ley confiere a esta Superintendencia, especialmente las
contenidas en los Nos 2,
3
y
8 del artículo 94 del
D.L.
No 3.500, de 1980; en el inciso cuarto del
artículo 46 y Nos 1 y 10 del artículo 47 de la ley No 20.255; en el inciso cuarto del artículo 52 del
Decreto Supremo No 57, de 1990, del Ministerio del Trabajo y Previsión Social, que contiene su
Reglamento y en los artículos 3", letras b), g) e i)
y
7" letra
k)
y 17 y siguientes del D.F.L. No
101, de 1980, del Ministerio del Trabajo y Previsión Social;
b)
Las instrucciones contenidas en
las Circulares Nos 1.285 y 1449 y sus modificaciones posteriores, ambas de esta
Superintendencia;
c)
Oficios de esta Superintendencia Nos 3.962 y 13.933, de fechas 14 de marzo
y
5 de septiembre de 2007, y 6.356, 6.863
y
9.060 de fechas 28 de abril, 9 de mayo y 20 de junio
de 2008, respectivamente;
d)
Acta de la fiscalización realizada en la AFP Provida S.A., de fecha
9
de julio de 2007;
e)
Cartas de AFP Provida S.A. CDI2007-022, CDI2007-091, F-090-2008, de
fechas 19 de marzo, 5 de septiembre de 2007
y
7 de mayo de 2008, y
cartas
S/N0 de fechas
9
de
mayo y 24 de junio de 2008, respectivamente;
f)
La Nota Interna No FINIIE-0278 de la División
Financiera de esta Superintendencia, de fecha 2 de octubre de 2007, dirigida al señor Fiscal de
este Organismo,
y
CONSIDERANDO:
1
.-
Que producto de las revisiones realizadas por la ex Superintendencia de Administradoras
de Fondos de Pensiones, hoy su sucesora legal la Superintendencia de Pensiones, al
informe semestral sobre Categorías de Fondos Extranjeros que debió remitirse el 15 de
enero de 2007, referido a las carteras de inversiones en el extranjero de los Fondos de
Pensiones vigentes al 31 de diciembre de 2006, se constató que AFP Provida S.A.
incurrió en una serie de errores que se le representaron mediante Oficio No
3.962,
de
fecha 14 de marzo de 2007, consignado en la letra c) de los Vistos de la presente
resolución;

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