Resolución Nº 00382 del Servicio Nacional de Capacitación y Empleo, 12/02/2015 - Normativa - VLEX 906328737

Resolución Nº 00382 del Servicio Nacional de Capacitación y Empleo, 12/02/2015

Número de resolución00382
Año2015
SERVICIO NACIONAL DE CAPACITACIÓN
Y EMPLEO SENCE
REF.: Aprueba bases de primer concurso línea
regular Programa Más Capaz 2015
RESOLUCIÓN EXENTA Nº ______________/
SANTIAGO,
TENIENDO PRESENTE:
1.- La Ley N° 20.798, de Presupuestos del Sector
Público del año 2015, ha contemplado la asignación 15-24-01-007, que tiene por
objeto financiar el Programa Más Capaz, el cual nace de las medidas presidenciales N°
19 y 20, encomendando su ejecución al Servicio Nacional de Capacitación y Empleo, el
que se encuentra dirigido a ampliar la fuerza de trabajo en mujeres y jóvenes
vulnerables y mejorar las condiciones de vida de éstos.
2.- La glosa N°19 de la asignación indicada, que
establece que los componentes, líneas de acción, requisitos de ingreso, beneficios y
mecanismos de control a que estará afecto el desarrollo del “Programa Más Capaz”, se
establecerán mediante Decreto Supremo del Ministerio del Trabajo y Previsión Social,
pudiendo el SENCE dictar resoluciones para regular determinados aspectos que sean
necesarios para la correcta ejecución del programa.
3.- El Decreto Supremo 101, de 11 de
diciembre de 2014, del Ministerio del Trabajo y Previsión Social, que crea y establece
marco normativo del Programa Más Capaz, Tomado Razón por la Contraloría General
de la República con fecha 12 de enero de 2015.
4.- La Resolución Exenta 381, de 22 de enero
de 2015, de este Servicio Nacional, que aprueba Normas y Procedimientos para la
ejecución del primer concurso de la Línea Regular del Programa Más Capaz, año 2015.
VISTO:
Las disposiciones invocadas, lo dispuesto en el
artículo 9 del Decreto con Fuerza de Ley N°1/19.653, de 2000, del Ministerio
Secretaria General de la Presidencia, que fija el texto refundido, coordinado y
sistematizado de la ley N°18.575, Orgánica Constitucional de Bases Generales de la
Administración del Estado; las facultades que me otorga el artículo 85 N°5 de la ley
N°19.518; el Decreto Supremo N° 93, de 24 de octubre de 2014 del Ministerio del
Trabajo y Previsión Social y lo preceptuado en la resolución N° 1.600, de 2008, de la
Contraloría General de la República, que fija normas de exención del trámite de toma
de razón.
RESUELVO:
1.- APRUÉBENSE bases de primer concurso
línea regular programa más capaz 2015, cuyo texto es el que se transcribe a
continuación:
1. ORGANISMOS EJECUTORES Y PRESENTACIÓN DE PROPUESTAS.
1.1. ASPECTOS GENERALES DEL CONCURSO
Las presentes bases tienen por finalidad llamar a concurso para la selección de
ejecutores de capacitación, para la implementación de planes formativos que se
encuentran aprobados mediante Resolución Exenta 339, de 16 de enero de 2015,
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de este Servicio Nacional, que forman parte integrante de las presentes bases, y que
han sido incorporados a una “Parrilla de Planes Formativos la cual ha sido aprobada
por Resolución Exenta 349, de 20 de enero de 2015, de este Servicio Nacional, y
que igualmente forma parte de estas bases y que se encuentra disponible en la
dirección www.SENCE.cl. El SENCE se reserva la facultad de establecer cantidades
máximas de cobertura a ejecutar a nivel nacional y/o por región y/o por comuna.
Luego de la selección del ejecutor y del curso a impartir, conforme a su propuesta
presentada, el SENCE, por medio de sus direcciones regionales suscribirá los
convenios de ejecución respectivos.
El SENCE pondrá a disposición de los/las participantes, que cumplan con los
requisitos de ingresos al Programa, en adelante beneficiarios, una nómina de planes
formativos a los cuales podrá acceder, teniendo la posibilidad de elegir hasta 3 (tres)
alternativas, tras lo cual habilitará a las entidades ejecutoras para que los contacten a
efectos de coordinar eventual proceso de matrícula. Para incentivar la participación, se
pondrá a disposición de los beneficiarios subsidios y aportes referidos a movilización,
colación y cuidado de los hijos menores de seis años, entre otros.
1.2. ORGANISMOS PARTICIPANTES
Podrán participar en el presente concurso:
a) Organismos técnicos de capacitación (OTEC) inscritos y vigentes en el Registro
Nacional contemplado en el artículo 19 de la Ley N° 19.518;
b) Organismos técnicos de capacitación (OTEC) inscritos y vigentes, que formen
parte de la Categoría Especial consignada en el párrafo segundo, letra e) del
artículo 46 de la Ley N° 19.518;
c) Universidades;
d) Centros de Formación Técnica (CFT),
e) Institutos Profesionales (IP), y
f) Fundaciones y Corporaciones que atiendan preferentemente a personas con
discapacidad.
Al momento de suscribir los convenios, las Entidades que participen en el presente
concurso deberán estar inscritas, en el Registro Único de Personas Jurídicas
Receptoras de Fondos Públicos.
Los ejecutores indicados en la letras c), d), e) y f) anteriores, con el mismo RUT, no
podrán participar cuando su calidad haya sido revisada o cancelada del Registro
Nacional de Organismos técnicos Capacitadores OTEC-, por algunas de la causales
que contempla el artículo 77 de la Ley N° 19.518.
1.3. PRESENTACIÓN DE PROPUESTAS
La propuesta se deberá presentar a través de la “Plataforma de Presentación de
Ofertas”, indistintamente la Plataforma, establecida para estos efectos en la página
web de SENCE www.sence.cl, de acuerdo a lo indicado en las presentes bases, en
formato electrónico, las que no estarán sujetas a condición alguna y serán de carácter
irrevocable, en caso contrario será declarada inadmisible. El período de presentación
de propuestas es de 15 (quince) días corridos contados desde la publicación de las
presentes bases en la página www.sence.cl.
En caso de detectarse falsedades en los antecedentes de una propuesta, todas las
ofertas presentadas por el proponente serán declaradas inadmisibles y el SENCE podrá
remitir los antecedentes al Ministerio Público para la persecución penal de los
eventuales delitos. Igualmente, si con posterioridad a la evaluación y/o selección de
algún proponente, el SENCE constate que la información proporcionada en su
propuesta es incompleta y/o falsa, se dejará sin efecto la propuesta respectiva,
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haciendo efectiva además la garantía de seriedad de la oferta y/o garantía de fiel,
oportuno y total cumplimiento que se haya otorgado, según corresponda.
La propuesta deberá estar vigente hasta el 31 de diciembre de 2015.
1.4 ETAPAS DEL PROCESO DE POSTULACIÓN EN LA PLATAFORMA
La propuesta técnica que presentará el oferente para su evaluación, deberá ceñirse a la
estructura establecida en la plataforma de presentación de ofertas, completando los
ítems y campos según las instrucciones que se indiquen en cada pantalla:
1. El proponente puede ingresar al sistema de postulación accediendo con su RUT
y contraseña. En caso de no poseer contraseña, ésta deberá ser solicitada en el
mismo sistema, con su RUT, previa autenticación.
2. Para iniciar el proceso de postulación, el proponente deberá seleccionar el Plan
Formativo al que desea postular identificándolo por su respectivo código (el que
se registra en la Parrilla de Planes Formativos), del que forma parte.
3. En un paso siguiente, la plataforma de presentación de ofertas listará todas
aquellas regiones y comunas en las que se están requiriendo cursos con el Plan
Formativo seleccionado. Es allí donde el proponente indicará todas aquéllas
regiones y comunas en las que quiere ofertar dicho Plan.
4. A continuación, respecto de cada curso-región-comuna que está ofertando, el
proponente deberá indicar la modalidad de ejecución del componente de
intermediación laboral, a saber directamente o vía compromiso con la
municipalidad respectiva. Para lo anterior el oferente deberá incluir en su
propuesta -subir a esta misma plataforma- las declaraciones, según
corresponda, establecidas en los Anexos Nº1 y N°2 que forman parte integrante
de las presentes bases, que se encuentran disponibles para descarga de la
plataforma. Sin perjuicio de lo anterior, la determinación de la modalidad de
ejecución del Componente de Intermediación laboral podrá determinarse por el
ejecutor seleccionado al momento de suscribir el convenio.
1.5 ETAPAS Y PLAZOS.
ETAPA
PLAZO
Inicio y Término de
consultas a las Bases
Dentro de los 4 (cuatro) días hábiles contados desde la
publicación del llamado.
Publicación de
respuestas y
aclaraciones
Dentro de los 3 (tres) días hábiles contados desde el término
de consultas.
Cierre de recepción de
propuestas y Garantía
de Seriedad de la
Oferta
Dentro de los 15 (quince) as corridos siguientes a la
publicación de las Bases en la página del SENCE, la garantía de
seriedad de la oferta hasta las 14:00 horas del día del
vencimiento del plazo en la oficina de partes de la Dirección
Nacional, ubicada en Teatinos 370, primer piso.
Apertura de la
Licitación
Tras el cierre de recepción de propuestas
Periodo de Evaluación
y selección de oferta
Dentro de los 30 días corridos contados desde el cierre de
recepción de propuestas.
Fecha estimada de
firma de convenio
Dentro de los 10 (diez) días hábiles, desde la fecha de la
publicación de la selección.
Plazo de creación de
curso
10 días corridos luego de la total tramitación del Convenio.
Plazo para matricula de
beneficiarios.
30 días corridos desde la creación del curso.
Plazo máximo de inicio
de curso
21 días desde la fecha de la matricula número doceava del
curso respectivo.
Para los efectos de este concurso los plazos serán de días hábiles, esto es, no
considerarán para su cómputo los días sábado, domingo y festivos, conforme a lo

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