Resolución exenta número 873, de 2021.- Ordena a los titulares de derechos de aprovechamiento de aguas superficiales cuyos puntos de captación se encuentran ubicados en la Región de Atacama, específicamente en la Cuenca Costeras entre Quebrada Pan de Azúcar y Río Salado, instalar y mantener sistema de medición y de transmisión de extracciones efectivas - 15 de Noviembre de 2021 - Diario Oficial de la República de Chile - Legislación - VLEX 878255695

Resolución exenta número 873, de 2021.- Ordena a los titulares de derechos de aprovechamiento de aguas superficiales cuyos puntos de captación se encuentran ubicados en la Región de Atacama, específicamente en la Cuenca Costeras entre Quebrada Pan de Azúcar y Río Salado, instalar y mantener sistema de medición y de transmisión de extracciones efectivas

Fecha de publicación15 Noviembre 2021
Número de registroCVE-2036531
SecciónNormas Generales
EmisorMINISTERIO DE OBRAS PÚBLICAS
Número de Gaceta43.103
CVE 2036531 |Director: Juan Jorge Lazo Rodríguez
Sitio Web: www.diarioficial.cl |Mesa Central: 600 712 0001 Email: consultas@diarioficial.cl
Dirección: Dr. Torres Boonen N°511, Providencia, Santiago, Chile.
Este documento ha sido firmado electrónicamente de acuerdo con la ley N°19.799 e incluye sellado de tiempo y firma electrónica
avanzada. Para verificar la autenticidad de una representación impresa del mismo, ingrese este código en el sitio web www.diarioficial.cl
DIARIO OFICIAL
DE LA REPUBLICA DE CHILE
Ministerio del Interior y Seguridad Pública I
SECCIÓN
LEYES, REGLAMENTOS, DECRETOS Y RESOLUCIONES DE ORDEN GENERAL
Núm. 43.103 | Lunes 15 de Noviembre de 2021 | Página 1 de 5
Normas Generales
CVE 2036531
MINISTERIO DE OBRAS PÚBLICAS
Dirección General de Aguas / Región de Atacama
ORDENA A LOS TITULARES DE DERECHOS DE APROVECHAMIENTO DE AGUAS
SUPERFICIALES CUYOS PUNTOS DE CAPTACIÓN SE ENCUENTRAN UBICADOS
EN LA REGIÓN DE ATACAMA, ESPECÍFICAMENTE EN LA CUENCA COSTERAS
ENTRE QUEBRADA PAN DE AZÚCAR Y RÍO SALADO, INSTALAR Y MANTENER
SISTEMAS DE MEDICIÓN Y DE TRANSMISIÓN DE EXTRACCIONES EFECTIVAS
(Resolución)
Núm. 873 exenta.- Copiapó, 29 de octubre de 2021.
Vistos:
1. Lo dispuesto en la ley N° 21.064, publicada en el Diario Oficial con fecha 27 de enero de
2018, que "Introduce Modificaciones al Marco Normativo que Rige las Aguas en Materia de
Fiscalización y Sanciones";
2. Lo dispuesto en los artículos 38, 122, 241, 258, 263, 274, 278, 299, 300 letra c) y 307 bis
3. Lo dispuesto en la resolución N° 7, del año 2019, de la Contraloría General de la
República, que fija normas sobre exención del Trámite de Toma de Razón;
4. Lo dispuesto en el decreto MOP N° 53, de 3 de abril de 2020, que aprueba Reglamento
5. Lo dispuesto en el Ley N° 18.575 "Orgánica Constitucional de Bases Generales de la
Administración del Estado";
6. Las atribuciones que me confiere la resolución DGA (exenta) N° 56, de 27 de septiembre
de 2013, que establece nuevo texto de resolución que dispone las atribuciones y facultades que se
delegan a los Sres. Directores Regionales del Servicio, rectificada mediante resolución
DGA (exenta) N° 3.453, de 18 de diciembre de 2013, y modificada mediante resolución
DGA (exenta) N° 2.686, de 19 de octubre de 2018, y la resolución DGA (exenta) RA N°
116/122/2021, de 20 de octubre de 2021, y;
Considerando:
1. Que, la ley N° 21.064, publicada en el Diario Oficial con fecha 27 de enero de 2018,
modificó el Código de Aguas con el objeto de fortalecer el rol de la Dirección General de Aguas
(DGA) en materias de Policía y Vigilancia de cauces naturales y artificiales, incluyendo
herramientas para una mejor información de las extracciones de agua superficial, su monitoreo y
fiscalización por parte de dicho Servicio.
2. Que, el artículo 38 del Código de Aguas señala lo siguiente: "Las organizaciones de
usuarios o el propietario exclusivo de un acueducto que extraiga aguas de una corriente natural,
estarán obligados a construir y mantener, a su costa, a lo menos una bocatoma con compuertas de
cierre y descarga y un canal que permita devolver las aguas o su exceso al cauce de origen,
además de los dispositivos que permitan controlar y aforar el agua que se extrae y un sistema de
transmisión instantánea de la información que se obtenga al respecto. Esta información deberá

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR