Resolución exenta número 849, de 2022.- Requiere administrativamente restitución de inmueble ocupado ilegalmente
Fecha de publicación | 29 Noviembre 2022 |
Número de registro | CVE-2226032 |
Sección | Normas Generales |
Emisor | MINISTERIO DEL INTERIOR Y SEGURIDAD PÚBLICA |
Número de Gaceta | 43.413 |
CVE 2226032 |Director: Felipe Andrés Peroti Díaz
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DIARIO OFICIAL
DE LA REPUBLICA DE CHILE
Ministerio del Interior y Seguridad Pública I
SECCIÓN
LEYES, REGLAMENTOS, DECRETOS Y RESOLUCIONES DE ORDEN GENERAL
Núm. 43.413 | Martes 29 de Noviembre de 2022 | Página 1 de 3
Normas Generales
CVE 2226032
MINISTERIO DEL INTERIOR Y SEGURIDAD PÚBLICA
Delegación Presidencial Regional del Libertador General Bernardo O’Higgins
REQUIERE ADMINISTRATIVAMENTE RESTITUCIÓN DE INMUEBLE OCUPADO
ILEGALMENTE
(Resolución)
Núm. 849 exenta.- Rancagua, 8 de noviembre de 2022.
Vistos:
Ley Nº 18.575, Orgánica Constitucional de Bases Generales de la Administración del
Estado; las facultades que me otorga el artículo 2º letra c), artículo 4º letras d), h) e i) de la Ley
Nº 19.175, Orgánica Constitucional sobre Gobierno y Administración Regional; las facultades
contenidas en los Arts. 26 letras e) y f) y 34 del DFL Nº 22, de 1959, modificado por el DL Nº
3.457, de 1980; la ley 19.880 que establece Bases de los Procedimientos Administrativos que
rigen los actos de los Órganos de la Administración del Estado; Oficios Nº 721, de fecha 19 de
octubre de 2022, y Nº 741, de fecha 3 de noviembre de 2022, ambos de Alcalde de la Ilustre
Municipalidad de Mostazal; por lo dispuesto en resolución Nº 7 y Nº 8, de 2019, de la
Contraloría General de la República; lo dispuesto en DS 82, de 11 de marzo de 2022, del
Ministerio del Interior y Seguridad Pública, que nombra Delegado Presidencial de la Región del
Libertador General Bernardo O'Higgins, a don Fabio López Aguilera, y
Considerando:
1.- Que, le corresponde a esta Autoridad velar por el cumplimiento de las Leyes y
Reglamentos en el ámbito de sus atribuciones.
2.- Que, dentro de tales atribuciones y al tenor de lo dispuesto en el 4 letra h) de la Ley
19.175, Orgánica Constitucional sobre Gobierno y Administración Regional y el artículo 26 letra
e) y f) del DFL Nº 22, de 1959, modificado por el DL Nº 3.457, de 1980, le compete ejercer la
vigilancia y cuidar de la conservación de los Bienes del Estado, Fiscales, Nacionales o
Nacionales de Uso Público, cuidar que se respeten en el uso al que están destinados y, en
especial, impedir que se ocupen en todo o en parte, se realicen obras, se lleven a efecto
resoluciones o se ejecuten otros actos que embaracen o perturben el uso común.
3.- Que, mediante oficio Nº 721, de fecha 19 de octubre de 2022, del Alcalde de la Ilustre
Municipalidad de Mostazal, don Santiago Gárate Espinoza, informó a este Delegado Presidencial
Regional sobre ocupación ilegal del inmueble ubicado en sector Casas de Peuco, con camino
público (Puente Blanco), contiguo a Ruta H-15, de la comuna de San Francisco de Mostazal.
Dicha ocupación se estaría llevando a cabo por ocupantes ilegales, quienes no reúnen los
requisitos para la utilización de dicho inmueble.
4.- Que, adjunto a oficio Nº 721, de fecha 19 de octubre de 2022, se encuentra nómina de
firmas suscritas por miembros de la Junta de Vecinos "Romeral" de la comuna en cuestión,
quienes acudieron a la autoridad edilicia para detener faenas y obras que se estarían realizando en
el predio indicado. También se adjunta planimetría del sector en cuestión.
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