Resolución exenta número 699, de 2022.- Requiere restitución administrativa de inmueble fiscal y concede auxilio de fuerza pública - 25 de Junio de 2022 - Diario Oficial de la República de Chile - Legislación - VLEX 906728160

Resolución exenta número 699, de 2022.- Requiere restitución administrativa de inmueble fiscal y concede auxilio de fuerza pública

Número de registroCVE-2147512
Fecha de publicación25 Junio 2022
SecciónNormas Particulares
EmisorMINISTERIO DEL INTERIOR Y SEGURIDAD PÚBLICA
Número de Gaceta43.287
CVE 2147512 |Director Interino: Jaime Sepúlveda O.
Sitio Web: www.diarioficial.cl |Mesa Central: 600 712 0001 Email: consultas@diarioficial.cl
Dirección: Dr. Torres Boonen N°511, Providencia, Santiago, Chile.
Este documento ha sido firmado electrónicamente de acuerdo con la ley N°19.799 e incluye sellado de tiempo y firma electrónica
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DIARIO OFICIAL
DE LA REPUBLICA DE CHILE
Ministerio del Interior y Seguridad Pública II
SECCIÓN
DECRETOS, RESOLUCIONES, SOLICITUDES Y NORMAS DE INTERÉS PARTICULAR
Núm. 43.287 | Sábado 25 de Junio de 2022 | Página 1 de 3
Normas Particulares
CVE 2147512
MINISTERIO DEL INTERIOR Y SEGURIDAD PÚBLICA
Delegación Presidencial Regional de la Araucanía
RESTITUCIÓN ADMINISTRATIVA DE INMUEBLE FISCAL Y CONCEDE AUXILIO
DE FUERZA PÚBLICA
(Resolución)
Núm. 699 exenta.- Temuco, 18 de mayo de 2022.
Lo dispuesto en los artículos 116 y 117 de la Constitución Política de la República; en el
DFL N° 1, que fija el texto refundido, coordinado y sistematizado de la Ley N° 18.575 Orgánica
Constitucional de Bases Generales de la Administración del Estado; la Ley 19.175 Orgánica
Constitucional sobre Gobierno y Administración Regional, cuyo texto refundido, coordinado y
sistematizado y actualizado fue fijado por el DFL N° 1/19.175, del Ministerio del Interior; Ley
19.880 que Establece Bases sobre los Procedimientos Administrativos que Rigen los Actos de la
Administración del Estado; el DL 1.939/ 1977, Normas Sobre Adquisición, Administración y
Disposición de Bienes del Estado Ministerio de Tierras y Colonización, en su art. 1, inciso
segundo; la Ley N° 18.695, Orgánica Constitucional de Municipalidades; el dictamen de
Contraloría General de la República N° 41.443, de 22.12.1995; el artículo 6° del DFL 458, Ley
General de Urbanismo y Construcciones; el decreto N° 86 de 11.03.2022, del Ministerio del
Interior y Seguridad Pública, que nombra como Delegado Presidencial Regional de la Araucanía
a don Raúl Allard Soto; la resolución N°7 de Contraloría General de la República que Fija
Normas sobre Exención del Trámite de Toma de Razón; los oficios N° 01 de 03.01.2022 y N° 71
de 20.01.2022, del Alcalde de la Comuna de Lautaro; el oficio N° 54 de 10.01.2022, de esta
Delegación Presidencial Regional; el oficio N° 480 de 21.01.2022, de la Seremi de Bienes
Nacionales.
Considerando:
1° Que, es deber de esta Delegación Presidencial Regional, de conformidad a lo establecido
en el decreto con fuerza de ley 1-19.175 que fija el texto refundido, coordinado, sistematizado y
actualizado de la Ley N°19.175 Orgánica Constitucional sobre Gobierno y Administración
Regional del Ministerio del Interior, que señala en su artículo 4 que: "El delegado presidencial
provincial ejercerá las atribuciones que menciona este artículo [...], letra H) Ejercer la vigilancia
de los bienes del Estado, especialmente de los nacionales de uso público. En uso de esta facultad,
el delegado presidencial provincial velará por el respeto al uso a que estén destinados, impedirá
su ocupación ilegal o todo empleo ilegítimo que entrabe su uso común y exigirá
administrativamente su restitución cuando proceda".
2° Que, mediante los oficios de los vistos, el Alcalde de la Comuna de Lautaro, solicitó a
esta Delegación Presidencial Regional, disponer el desalojo del bien nacional de uso público y
notificar de la medida al infractor, a fin de que se efectúe la restitución del bien nacional de uso
público a su estado original y disponer, a quien corresponda, para que preste la colaboración, y
facilite los medios materiales adecuados y necesarios para proceder a la restitución del bien
nacional de uso público, fundamentado en los siguientes hechos que constató, descritos a
continuación:
a) Que se ha notificado como ocupante ilegal al Sr. José Tito Gallardo Castro, Rut
7.429.467-7, domiciliado en Calle O'Higgins N°2287, Lautaro, por la ocupación ilegal de un bien
nacional de uso público, en el Sector M. Antonio Matta, ST 1/1335, y ST 2/1401, Comuna de
Lautaro, Región de la Araucanía. En el lugar se constató la existencia de una construcción sin

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