Resolución exenta número 500, de 2020.- Requiere administrativamente restitución de inmueble ocupado ilegalmente - 2 de Diciembre de 2020 - Diario Oficial de la República de Chile - Legislación - VLEX 852454246

Resolución exenta número 500, de 2020.- Requiere administrativamente restitución de inmueble ocupado ilegalmente

Fecha de publicación02 Diciembre 2020
Número de registroCVE-1857975
EmisorMINISTERIO DEL INTERIOR Y SEGURIDAD PÚBLICA
Número de Gaceta42.820
CVE 1857975 |Director: Juan Jorge Lazo Rodríguez
Sitio Web: www.diarioficial.cl |Mesa Central: +562 2486 3600 Email: consultas@diarioficial.cl
Dirección: Dr. Torres Boonen N°511, Providencia, Santiago, Chile.
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DIARIO OFICIAL
DE LA REPUBLICA DE CHILE
Ministerio del Interior y Seguridad Pública II
SECCIÓN
DECRETOS, RESOLUCIONES, SOLICITUDES Y NORMAS DE INTERÉS PARTICULAR
Núm. 42.820 | Miércoles 2 de Diciembre de 2020 | Página 1 de 2
Normas Particulares
CVE 1857975
MINISTERIO DEL INTERIOR Y SEGURIDAD PÚBLICA
Gobernación de Diguillín
REQUIERE ADMINISTRATIVAMENTE RESTITUCIÓN DE INMUEBLE OCUPADO
ILEGALMENTE
(Resolución)
Núm. 500 exenta.- Bulnes, 25 de noviembre de 2020.
Vistos:
Ley N° 18.575, Orgánica Constitucional de Bases Generales de la Administración del
Estado; las facultades que me otorga el artículo 4° letras d), h) e i) de la Ley N° 19.175, Orgánica
Constitucional sobre Gobierno y Administración Regional; las facultades contenidas en los arts.
26 letras e) y f) y 34 del DFL N° 22 de 1959, modificado por el DL N° 3.457 de 1980; la Ley
19.880 que establece Bases de los Procedimientos Administrativos que rigen los actos de los
Órganos de la Administración del Estado; lo dispuesto en DS 549, de 20 de noviembre de 2020,
del Ministerio del Interior, que nombra Gobernador para la Provincia de Diguillín; oficio
ordinario N° 1032, emitido por el Director Regional Serviu Región de Ñuble; copia autorizada
con vigencia de inscripción de fojas 869, N° 1051, del registro de propiedad del año 2020, del
Conservador de Bienes Raíces de Chillán y, lo dispuesto en resolución N° 7 y N° 8 de 2019, de
la Contraloría General de la República.
Considerando:
1.- Que, le corresponde a esta Autoridad velar por el cumplimiento de las Leyes y
Reglamentos en el ámbito de sus atribuciones.
2.- Que, dentro de tales atribuciones y al tenor de lo dispuesto en el artículo 4 letra h) de la
Ley 19.175, Orgánica Constitucional sobre Gobierno y Administración Regional y el artículo 26
letra e) y f) del DFL N° 22 de 1959, modificado por el DL N° 3.457 de 1980, le compete ejercer
la vigilancia y cuidar de la conservación de los Bienes del Estado, Fiscales o Nacionales de Uso
Público, cuidar que se respeten en el uso al que están destinados y, en especial, impedir que se
ocupen en todo o en parte, se realicen obras, se lleven a efecto resoluciones o se ejecuten otros
actos que embaracen o perturben el uso común.
3.- Que, mediante oficio ordinario N°1032, el Director Regional del Serviu Región de
Ñuble, solicitó a este Gobernador requerir administrativamente la restitución del bien inmueble
propiedad de Serviu Región de Ñuble, ubicada en calle Huambalí costado sur Avenida Collín,
pasaje Manuel Plaza 679 de la comuna de Chillán, rol avalúo 680-00013, toda vez que dicha
propiedad se encuentra ocupada en la actualidad de forma irregular de acuerdo a visita efectuada
por funcionarios de Serviu Ñuble.
4.- Que, según informa el Director Regional del Serviu, la propiedad será destinada a la
concreción de un proyecto habitacional enmarcado dentro de las políticas habitacionales de
nuestro país y de forma de otorgar soluciones habitacionales a los beneficiarios de la Región de
Ñuble.
5.- Que, se acompañó para acreditar el dominio de la propiedad que se solicita restituir por
parte de Serviu, copia autorizada con vigencia de la inscripción de fojas 869, N° 1051
correspondiente al Registro de Propiedad del año 2020, del Conservador de Bienes Raíces de
Chillán.

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