Resolución exenta número 314, de 2024.- Suspende proceso tarifario local en curso de la concesionaria Comunicación y Telefonía Rural S.A. por las razones que indica - 5 de Marzo de 2024 - Diario Oficial de la República de Chile - Legislación - VLEX 1024339955

Resolución exenta número 314, de 2024.- Suspende proceso tarifario local en curso de la concesionaria Comunicación y Telefonía Rural S.A. por las razones que indica

Número de registroCVE-2461844
Fecha de publicación05 Marzo 2024
SecciónNormas Particulares
EmisorMINISTERIO DE TRANSPORTES Y TELECOMUNICACIONES
Número de Gaceta43.793
CVE 2461844 |Director: Felipe Andrés Peroti Díaz
Sitio Web: www.diarioficial.cl |Mesa Central: 600 712 0001 Email: consultas@diarioficial.cl
Dirección: Dr. Torres Boonen N°511, Providencia, Santiago, Chile.
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DIARIO OFICIAL
DE LA REPUBLICA DE CHILE
Ministerio del Interior y Seguridad Pública II
SECCIÓN
DECRETOS, RESOLUCIONES, SOLICITUDES Y NORMAS DE INTERÉS PARTICULAR
Núm. 43.793 | Martes 5 de Marzo de 2024 | Página 1 de 2
Normas Particulares
CVE 2461844
MINISTERIO DE TRANSPORTES Y TELECOMUNICACIONES
Subsecretaría de Telecomunicaciones
SUSPENDE PROCESO TARIFARIO LOCAL EN CURSO DE LA CONCESIONARIA
COMUNICACIÓN Y TELEFONÍA RURAL S.A. POR LAS RAZONES QUE INDICA
(Resolución)
Santiago, 27 de febrero de 2024.- Con esta fecha se ha resuelto lo que sigue:
Núm. 314 exenta.
Vistos:
a) El decreto ley 1.762 de 1977, que creó la Subsecretaría de Telecomunicaciones, en
adelante la Subsecretaría;
b) La ley 18.168, Ley General de Telecomunicaciones, y sus modificaciones posteriores, en
adelante la ley;
c) La ley 21.637, publicada en el Diario Oficial el 9 de enero de 2024, que Modifica el
Procedimiento de Fijación Tarifaria de Concesionarias de Telefonía fija;
d) La ley 19.880, que establece Bases de los Procedimientos Administrativos que rigen los
actos de los Órganos de la Administración del Estado;
e) El decreto supremo 4, de 2003, del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones, que
aprobó Reglamento que Regula el Procedimiento, Publicidad y Participación del Proceso de
Fijación Tarifaria establecido en el Título V de la ley N° 18.168, General de
Telecomunicaciones;
f) La resolución 7, de 2019, de la Contraloría General de la República, que Fija Normas
sobre Exención del Trámite de Toma de Razón; y,
Considerando:
a) Que, según lo indicado en Vistos c), se ha modificado el procedimiento de fijación
tarifaria de las concesionarias locales sujetas a esta regulación, disponiendo la simultaneidad
cronológica de los procesos correspondientes, por grupos de empresas cuyos niveles tarifarios
deberán ser simétricos;
b) Que, el artículo transitorio de la referida modificación legal establece, en su inciso 1°,
que “Las concesionarias de servicio público telefónico local, cuyos respectivos decretos
tarifarios tengan un término de vigencia posterior a la publicación de la presente ley en el Diario
Oficial, serán agrupadas por la Subsecretaría a fin de realizar la fijación tarifaria establecida en el
artículo 30 I de la ley N° 18.168, General de Telecomunicaciones. En la misma resolución
establecida en el inciso quinto del artículo 30 I, la Subsecretaría determinará las fechas de los
procesos tarifarios de cada uno de los grupos, los criterios técnicos que determinarán la
integración de cada grupo, las concesionarias que los compondrán y el criterio de corte respecto
de las concesionarias que se someterán a un proceso de fijación tarifaria.”;
c) Que, por su parte, el artículo 32° de la ley N° 19.880, citada en Vistos d), dispone en su
inciso 1° lo siguiente: “Medidas provisionales. Iniciado el procedimiento, el órgano
administrativo podrá adoptar, de oficio o a petición de parte, las medidas provisionales que
estime oportunas para asegurar la eficacia de la decisión que pudiera recaer, si existiesen
elementos de juicio suficientes para ello”;
d) Que, producto de lo antes señalado, resulta necesario suspender los procedimientos de
fijación tarifaria de todas aquellas concesionarias de telefonía local que se encuentran

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