Resolución exenta número 2.151, de 2023.- Fija Programa de Fiscalización Ambiental de Normas de Calidad Ambiental para el año 2024 - 4 de Enero de 2024 - Diario Oficial de la República de Chile - Legislación - VLEX 973938838

Resolución exenta número 2.151, de 2023.- Fija Programa de Fiscalización Ambiental de Normas de Calidad Ambiental para el año 2024

Número de registroCVE-2430931
Fecha de publicación04 Enero 2024
SecciónNormas Generales
EmisorMINISTERIO DEL MEDIO AMBIENTE
Número de Gaceta43.741
CVE 2430931 |Director: Felipe Andrés Peroti Díaz
Sitio Web: www.diarioficial.cl |Mesa Central: 600 712 0001 Email: consultas@diarioficial.cl
Dirección: Dr. Torres Boonen N°511, Providencia, Santiago, Chile.
Este documento ha sido firmado electrónicamente de acuerdo con la ley N°19.799 e incluye sellado de tiempo y firma electrónica
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DIARIO OFICIAL
DE LA REPUBLICA DE CHILE
Ministerio del Interior y Seguridad Pública I
SECCIÓN
LEYES, REGLAMENTOS, DECRETOS Y RESOLUCIONES DE ORDEN GENERAL
Núm. 43.741 | Jueves 4 de Enero de 2024 | Página 1 de 6
Normas Generales
CVE 2430931
MINISTERIO DEL MEDIO AMBIENTE
Superintendencia del Medio Ambiente
FIJA PROGRAMA DE FISCALIZACIÓN AMBIENTAL DE NORMAS DE CALIDAD
AMBIENTAL PARA EL AÑO 2024
(Resolución)
Núm. 2.151 exenta.- Santiago, 27 de diciembre de 2023.
Vistos:
Lo dispuesto en el artículo segundo de la Ley Nº 20.417, que establece la Ley Orgánica de
la Superintendencia del Medio Ambiente; en la Ley Nº 19.880, que establece las Bases de los
Procedimientos Administrativos que rigen los Actos de los Órganos de la Administración del
Estado; en la Ley Nº 19.300 sobre Bases Generales del Medio Ambiente; en el decreto exento Nº
4, de 1992, del Ministerio de Agricultura, que establece Norma de Calidad del aire para material
particulado sedimentable en la cuenca del río Huasco III Región; en el decreto supremo Nº 136,
de 2000, del Ministerio Secretaría General de la Presidencia, que establece la Norma de calidad
primaria para plomo en el aire; en el decreto supremo Nº 112, de 2002, del Ministerio Secretaría
General de la Presidencia, que establece la Norma primaria de calidad de aire para ozono; en el
decreto supremo Nº104, de 2018, del Ministerio del Medio Ambiente, que establece la Norma
primaria de calidad de aire para dióxido de azufre; en el decreto supremo Nº 114, de 2002, del
Ministerio Secretaría General de la Presidencia, que establece la Norma primaria de calidad de
aire para dióxido de nitrógeno; en el decreto supremo Nº 115, de 2002, del Ministerio Secretaría
General de la Presidencia, que establece la Norma primaria de calidad de aire para monóxido de
carbono; en el decreto supremo Nº 22, de 2009, del Ministerio Secretaría General de la
Presidencia, que establece la Norma de calidad secundaria de aire para anhídrido sulfuroso; en el
decreto supremo Nº 12, de 2011, del Ministerio del Medio Ambiente, que establece la Norma
primaria de calidad ambiental para material particulado fino respirable MP2,5; en el decreto
supremo Nº 12, de 2021, del Ministerio Secretaría General de la Presidencia, que establece la
Norma primaria de calidad para material particulado respirable MP10; en el decreto supremo Nº
12, de 2021, del Ministerio Secretaría General de la Presidencia, que establece la Norma primaria
de calidad para material particulado respirable MP10; en el decreto supremo Nº 75, de 2009, del
Ministerio Secretaría General de la Presidencia, que establece las Normas secundarias de calidad
ambiental para la protección de las aguas continentales superficiales de la cuenca del río Serrano;
en el decreto supremo Nº 122, de 2009, del Ministerio Secretaría General de la Presidencia, que
establece las Normas secundarias de calidad ambiental para la protección de las aguas del lago
Llanquihue; en el decreto supremo Nº 19, de 2013, del Ministerio del Medio Ambiente, que
establece las Normas secundarias de calidad ambiental para la protección de las aguas
continentales superficiales del Lago Villarrica; en el decreto supremo Nº 53, de 2014, del
Ministerio del Medio Ambiente, que establece las Normas secundarias de calidad ambiental para
la protección de las aguas continentales superficiales de la cuenca del río Maipo; en el decreto
supremo Nº 9 de 2015, del Ministerio del Medio Ambiente, que establece las normas secundarias
de calidad ambiental para la protección de las aguas continentales superficiales de la cuenca del
río Biobío; en la resolución exenta Nº 1.171, de 2015, de la Superintendencia del Medio

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