Resolución exenta número 1.059, de 2023.- Establece pistas de uso exclusivo en calles Colón y Cienfuegos en la comuna de La Serena, para vehículos de transporte público, en los tramos, día y horario que indica - 20 de Diciembre de 2023 - Diario Oficial de la República de Chile - Legislación - VLEX 972684933

Resolución exenta número 1.059, de 2023.- Establece pistas de uso exclusivo en calles Colón y Cienfuegos en la comuna de La Serena, para vehículos de transporte público, en los tramos, día y horario que indica

Número de registroCVE-2423575
Fecha de publicación20 Diciembre 2023
SecciónNormas Generales
EmisorMINISTERIO DE TRANSPORTES Y TELECOMUNICACIONES
Número de Gaceta43.730
CVE 2423575 |Director: Felipe Andrés Peroti Díaz
Sitio Web: www.diarioficial.cl |Mesa Central: 600 712 0001 Email: consultas@diarioficial.cl
Dirección: Dr. Torres Boonen N°511, Providencia, Santiago, Chile.
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DIARIO OFICIAL
DE LA REPUBLICA DE CHILE
Ministerio del Interior y Seguridad Pública I
SECCIÓN
LEYES, REGLAMENTOS, DECRETOS Y RESOLUCIONES DE ORDEN GENERAL
Núm. 43.730 | Miércoles 20 de Diciembre de 2023 | Página 1 de 2
Normas Generales
CVE 2423575
MINISTERIO DE TRANSPORTES Y TELECOMUNICACIONES
Secretaría Regional Ministerial Región de Coquimbo
ESTABLECE PISTAS DE USO EXCLUSIVO EN CALLES COLÓN Y CIENFUEGOS
EN LA COMUNA DE LA SERENA, PARA VEHÍCULOS DE TRANSPORTE PÚBLICO,
EN LOS TRAMOS, DÍA Y HORARIO QUE INDICA
(Resolución)
Núm. 1.059 exenta.- La Serena, 11 de diciembre de 2023.
Visto:
Lo dispuesto en la Constitución Política de la República; en la ley Nº 19.880, que establece
Bases de los Procedimientos Administrativos que Rigen los Actos de los Órganos de la
Administración del Estado; en la ley 21.533, que modifica la Constitución Política de la
República con el objeto de establecer un procedimiento para la elaboración y aprobación de una
nueva Constitución Política de la República; en la ley Nº 18.059; en el DFL Nº 1, de 2007, de los
Ministerios de Transportes y Telecomunicaciones y de Justicia, que fija el texto Refundido,
Coordinado y Sistematizado de la Ley de Tránsito; en el decreto supremo Nº 83 de 1985; en las
resoluciones Nº 59 de 1985 y Nº 39 de 1992, todas del Ministerio de Transportes y
Telecomunicaciones; en la minuta denominada “Acciones de gestión de tránsito para el día del
plebiscito del 17 diciembre 2023”, de 22 de noviembre de 2023, del Encargado de la Unidad de
Transporte Público de la Región de Coquimbo; la resolución Nº 7 de 2019, de la Contraloría
General de la República; y la demás normativa vigente que resulte aplicable.
Considerandos:
1.- Que, de acuerdo a lo dispuesto en la ley 21.533, citada en Visto, se convocó a plebiscito
nacional constitucional para el día 17 de diciembre de 2023, estableciendo el sufragio obligatorio
para quienes tengan domicilio electoral en Chile.
2.- Que, a consecuencia de lo anterior, se anticipa un aumento de la demanda de las
personas usuarias de los servicios de transporte público remunerado de pasajeros en la comuna
de La Serena.
3.- Que, en dicho contexto y a través de la Minuta “Acciones de gestión de tránsito para el
día del plebiscito del 17 diciembre 2023”, citada en el visto, se propuso como una medida de
mitigación para la gestión de tránsito, el dejar como vías exclusivas, para los buses y taxis
colectivos urbanos, los ejes Colón (entre las calles Pedro Pablo Muñoz y Rengifo) y Cienfuegos
(desde Avenida Francisco de Aguirre hasta Colón), en la comuna de La Serena, para el día 17 de
diciembre de 2023, entre las 07:00 y 21:00 horas.
4.- Que, el numeral 38), del artículo 2, del citado DFL Nº 1 de 2007, establece que pista de
uso exclusivo es un espacio de la calzada debidamente señalizado, destinado únicamente al uso
de ciertos vehículos, determinados por la autoridad correspondiente.
Asimismo, los artículos Nº 107 y Nº 113 inciso primero, de la referida ley, señalan,
respectivamente, que: "Los conductores tienen derecho a transitar en sus vehículos por las vías
públicas, salvo las excepciones que establece esta ley y las medidas que, en contrario y en casos
especiales, adopte la autoridad competente.". "El Ministerio de Transportes y
Telecomunicaciones podrá prohibir, por causa justificada, la circulación de todo vehículo o de
tipos específicos de éstos, por determinadas vías públicas. Esta facultad será ejercitada de oficio
o a petición de las Municipalidades o de la Dirección de Vialidad, según corresponda".

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