Resolución exenta número 1.030, de 2023.- Crea y regula funcionamiento de la Comisión Sectorial del Consejo Superior Laboral para la implementación del Convenio Nº 190 de la Organización Internacional del Trabajo - 29 de Agosto de 2023 - Diario Oficial de la República de Chile - Legislación - VLEX 942056879

Resolución exenta número 1.030, de 2023.- Crea y regula funcionamiento de la Comisión Sectorial del Consejo Superior Laboral para la implementación del Convenio Nº 190 de la Organización Internacional del Trabajo

Número de registroCVE-2367361
Fecha de publicación29 Agosto 2023
SecciónNormas Generales
EmisorMINISTERIO DEL TRABAJO Y PREVISIÓN SOCIAL
Número de Gaceta43.639
CVE 2367361 |Director: Felipe Andrés Peroti Díaz
Sitio Web: www.diarioficial.cl |Mesa Central: 600 712 0001 Email: consultas@diarioficial.cl
Dirección: Dr. Torres Boonen N°511, Providencia, Santiago, Chile.
Este documento ha sido firmado electrónicamente de acuerdo con la ley N°19.799 e incluye sellado de tiempo y firma electrónica
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DIARIO OFICIAL
DE LA REPUBLICA DE CHILE
Ministerio del Interior y Seguridad Pública I
SECCIÓN
LEYES, REGLAMENTOS, DECRETOS Y RESOLUCIONES DE ORDEN GENERAL
Núm. 43.639 | Martes 29 de Agosto de 2023 | Página 1 de 4
Normas Generales
CVE 2367361
MINISTERIO DEL TRABAJO Y PREVISIÓN SOCIAL
Subsecretaría del Trabajo
CREA Y REGULA FUNCIONAMIENTO DE LA COMISIÓN SECTORIAL DEL
CONSEJO SUPERIOR LABORAL PARA LA IMPLEMENTACIÓN DEL CONVENIO
Nº 190 DE LA ORGANIZACIÓN INTERNACIONAL DEL TRABAJO
(Resolución)
Núm. 1.030 exenta.- Santiago, 21 de agosto de 2023.
Visto:
Lo dispuesto en el decreto con fuerza de ley Nº 1/19.653, de 2000, del Ministerio Secretaría
General de la Presidencia, que fija texto refundido, coordinado y sistematizado de la Ley Nº
18.575, Orgánica Constitucional de Bases Generales de la Administración del Estado; en el
decreto con fuerza de ley Nº 1, de 1967, del Ministerio del Trabajo y Previsión Social, que
establece la reestructuración y funciones de la Subsecretaría del Trabajo; en la ley Nº 20.940, que
moderniza el sistema de relaciones laborales; en el decreto supremo Nº 6, de 2017, del Ministerio
del Trabajo y Previsión Social, que aprueba Reglamento del Consejo Superior Laboral; en las
actas de las sesiones celebradas por el Consejo Superior Laboral los días 28 de julio y 11 de
agosto de 2023; en el decreto supremo Nº 13, de 11 de marzo de 2022, que designa Subsecretario
del Trabajo; y en la resolución Nº 6, de 2019, de la Contraloría General de la República, que fija
normas sobre sobre exención del trámite de Toma de Razón.
Considerando:
Que, en virtud de lo dispuesto en el artículo 4º de la ley Nº 20.940, que moderniza el
sistema de relaciones laborales, se creó el Consejo Superior Laboral, cuyo reglamento fue
aprobado mediante decreto supremo Nº 6, de 2017, del Ministerio del Trabajo y Previsión Social.
Que, en el inciso 2º del artículo 21 del citado reglamento, se faculta al Consejo a constituir
comisiones temáticas o sectoriales, en consideración a la especialidad de la materia que se
someta a consideración, velando por que en la conformación de dichas comisiones se mantenga
la representatividad tripartita del Consejo.
Que, con fecha 13 de marzo de 2023, la Honorable Cámara de Diputadas y Diputados, en
segundo trámite constitucional, aprobó el Convenio Nº 190 sobre la violencia y el acoso,
adoptado por la Organización Internacional del Trabajo el 21 de junio de 2019.
Que, atendido lo anterior, con fecha 12 de junio de 2023, el Gobierno de Chile depositó el
instrumento de ratificación del Convenio ante el Director General de la Organización
Internacional del Trabajo, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 13 del texto
internacional, por lo que, conforme lo establecido en el párrafo 3 de su artículo 14, el Convenio
entrará en vigor para Chile el 12 de junio de 2024, periodo en el cual se han de efectuar y aprobar
las adecuaciones pertinentes para su completa ejecución.
Que, en ese contexto, en sesión de fecha 28 de julio de 2023 el Consejo Superior Laboral
aprobó la creación de una Comisión Sectorial para la Implementación del Convenio Nº 190 de la
OIT, de conformación y representación tripartita.
Que, posteriormente, en sesión de fecha 11 de agosto de 2023, ese Consejo aprobó las
normas de funcionamiento de la instancia.
Que lo anterior consta en las respectivas actas de sesión, las que tuvo a la vista esta
autoridad.

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