REPÚBLICA DE CHILE COMISIÓN DE EVALUACIÓN II REGIÓN DE ANTOFAGASTA |
Califica Ambientalmente el proyecto "Transporte de Acido Sulfúrico hacia Minera Antucoya"
Resolución Exenta Nº 0086/2018
Antofagasta, 7 de mayo de 2018
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VISTOS: 1°. La Declaración de Impacto Ambiental (DIA), su Adenda de fecha 30 de junio de 2017 y su Adenda Complementaria de fecha 29 de marzo de 2018, del proyecto “Transporte de ácido sulfúrico hacia Minera Antucoya” presentada por Servicios de Transportes Integrados Limitada, con fecha 01 de febrero de 2017. 2°. Los pronunciamientos y observaciones de los órganos de la administración del Estado que, sobre la base de sus facultades legales y atribuciones, participaron en la evaluación de la DIA, y que se detallan en el Capítulo II y III del Informe Consolidado de Evaluación (ICE) de la DIA del proyecto “Transporte de ácido sulfúrico hacia Minera Antucoya”. 3°. El Acta de Evaluación N° 11/2017 de fecha 16 de marzo de 2017, del Comité Técnico de la Región de Antofagasta. 4°. El ICE de la DIA del proyecto “Transporte de ácido sulfúrico hacia Minera Antucoya” de fecha 17 de abril de 2018. 5°. El acuerdo N° 023 de la sesión ordinaria N° 8 de la Comisión de Evaluación de la Región de Antofagasta, de fecha 02 de mayo de 2018. 6°. Los demás antecedentes que constan en el expediente de evaluación de impacto ambiental de la DIA del proyecto “Transporte de ácido sulfúrico hacia Minera Antucoya”. 7°. Lo dispuesto en la Ley Nº 19.300, Sobre Bases Generales del Medio Ambiente; el D.S. Nº 40, de 2012, del Ministerio del Medio Ambiente, Reglamento del Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental (Reglamento del SEIA); la Ley N° 19.880, que Establece Bases de los Procedimientos Administrativos que Rigen los Actos de los Órganos de la Administración del Estado; la Ley N° 18.575, Ley Orgánica Constitucional de Bases Generales de la Administración del Estado; la Resolución Nº 1.600, de 2008, de la Contraloría General de la República, la Resolución Toma de Razón N° 119046 de fecha 28 de enero de 2016, que nombra a la Directora Regional del Servicio de Evaluación Ambiental Región de Antofagasta y el Decreto N° 415 de fecha 11 de marzo de 2018, del Ministerio del Interior y Seguridad Pública, que nombra al Intendente de la Región de Antofagasta, se dicta lo siguiente:
CONSIDERANDO: 1°. Que, Servicios de Transportes Integrados Limitada (en adelante, el Titular), ha sometido al Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental (en adelante, SEIA) la DIA del proyecto “Transporte de ácido sulfúrico hacia Minera Antucoya” (en adelante, el Proyecto). Los antecedentes del Titular son los siguientes: Tabla N° 1.1. Antecedentes del titular | Nombre o razón social | Servicios de Transportes Integrados Limitada (Train Ltda.) | Rut | 79.740.770 – 4 | Domicilio | Simón Bolívar 255, Antofagasta | Teléfono | 552 – 206380 | Correo electrónico del titular | juan.vargas@fcab.cl marcos.sarmiento@fcab.cl | Nombre del representante legal | Juan Vargas García Marcos Sarmiento Rodríguez | Rut del representante legal | 12.437.909-1 9.978.829-1 | Domicilio del representante legal |
Simón Bolívar 255, Antofagasta
| Teléfono del representante legal | 552 – 206380 | Correo electrónico del representante legal | juan.vargas@fcab.cl marcos.sarmiento@fcab.cl | 2°. Que, conforme se indica en el ICE de fecha 17 de abril de 2018, la Directora Regional del Servicio de Evaluación Ambiental de la Región de Antofagasta ha recomendado aprobar el Proyecto, en base a la opinión de los Órganos de la Administración del Estado con Competencia Ambiental que participaron del proceso de evaluación del Proyecto, y que a partir de sus informes se puede concluir que el Proyecto: - Cumple con la normativa de carácter ambiental vigente aplicable. - No genera ni presenta ninguno de los efectos, características o circunstancias establecidas en el artículo 11 de la Ley N° 19.300, sobre Bases Generales del Medio Ambiente. 3°. Que, en sesión ordinaria de fecha 02 de mayo de 2018, la Comisión de Evaluación de la Región de Antofagasta acordó calificar favorablemente el proyecto “Transporte de ácido sulfúrico hacia Minera Antucoya”,aprobando íntegramente el contenido del ICE de fecha 17 de abril de 2018, el que forma parte integrante de la presente Resolución. Por lo tanto, conforme a lo indicado en el artículo 60 inciso segundo del Reglamento del SEIA, se excluyen de la presente resolución las consideraciones técnicas en que se fundamenta. 4°. Que, la descripción del Proyecto es la que a continuación se indica: 4.1. Antecedentes generales del Proyecto | Objetivo general | El objetivo del Proyecto es realizar la operación de transporte de 2.022 toneladas por día (ton/día) de ácido sulfúrico desde distintas empresas de origen de este insumo en la Región de Antofagasta, hacia Minera Antucoya, utilizando rutas existentes (públicas y/o privadas) de la Región de Antofagasta previamente definidas. De acuerdo a lo anterior, el Proyecto contempla dos alternativas para transportar los 2.022 ton/día de ácido sulfúrico hacia Minera Antucoya, los cuales se resumen a continuación:
Alternativa 1: Realizar transporte solo de ácido sulfúrico, utilizando camiones de 29 toneladas de capacidad (denominados “camiones normales”).
Alternativa 2: Realizar transporte de ácido sulfúrico, utilizando camiones de capacidad de 29 toneladas y, además, realizar un porcentaje de viajes, transportando ácido sulfúrico en camiones “multipropósito”, de capacidad de 25 toneladas, los cuales retornarán con cátodos de cobre hacia la ciudad de Antofagasta, para su almacenamiento temporal en el área de Recepción, Almacenamiento y Despacho de Cobre (RADCU), perteneciente a FCAB, hasta completar la totalidad requerida de ácido sulfúrico (2.022 ton/día). | Tipología principal, así como las aplicables a sus partes, obras o acciones |
Tipología Primaria
Literal ñ5 del artículo 3 del D.S. N° 40/2012 del Ministerio de Medio Ambiente (MMA). “ñ.5. Transporte por medios terrestres de sustancias tóxicas, explosivas, inflamables, corrosivas o reactivas que se realice durante un semestre o más, en una cantidad igual o superior a cuatrocientas toneladas diarias (400 t/día), entendiéndose por tales a las sustancias señaladas en las letras anteriores”. | Vida útil | Tabla 4.1.1 Duración estimada en meses de cada una de las fases del Proyecto. Fases | Duración (meses) | Construcción | 0 | Operación | Hasta el término de uno o más contratos con Minera Antucoya (como máximo, hasta el término de vida útil de esta Minera). | Cierre | 0 | Dada la naturaleza del Proyecto, éste no cuenta con una fase de construcción, ya que sólo se trata de un Proyecto de transporte de ácido sulfúrico. Cabe señalar que, la empresa cuenta con las instalaciones existentes ubicadas al interior de Estación Prat, las cuales son de utilidad para todas las operaciones que tiene Train Ltda., al interior y exterior de la Región, por lo que estas instalaciones, no son exclusivas para este Proyecto y se hace presente que no forma parte de este Proyecto, sin perjuicio de ello, algunas de ellas serán utilizadas para las operaciones de este proyecto (Ver numeral 4.2.1 del ICE). Por otro lado, tampoco se contempla una fase de cierre, debido a que no existen asociadas instalaciones exclusivas para el desarrollo de esta actividad, puesto que las instalaciones existentes, son utilizadas en otros proyectos o actividades propias de la empresa u otras actividades comerciales. | Mano de obra | El titular contempla contratar 100 personas para los 50 camiones extras que deben adquirirse para ejecutar el Proyecto. Esta cantidad de personas tiene relación directa con los conductores asignados a cada tracto-camión o camión-estanque y su reemplazo. | Monto de inversión | US $ 13.000.000. | Gestión, acto o faena mínima que da cuenta del inicio de la ejecución | Carta en donde se comunique el inicio de las operaciones de transporte de ácido sulfúrico hacia Minera Antucoya. Cabe señalar que, además se comunicará el cese de las operaciones de transporte mediante otra carta el fin de las operaciones de transporte de ácido sulfúrico hacia Minera Antucoya, ya sea por término de contrato o por el cierre de las operaciones de la Minera (fin de vida útil). | Proyecto o actividad se desarrolla por etapas | Si | No | | | [X] | Proyecto o actividad modifica un proyecto o actividad existente | Si | No | | | [X] | Proyecto modifica otra(s) RCA | Si | No | | | [X] | 4.2. Ubicación del proyecto | División político-administrativa | El Proyecto se desarrollará dentro de la región de Antofagasta, utilizando rutas públicas y privadas existentes para el desarrollo de las operaciones de transporte de ácido sulfúrico, desde distintos orígenes y hacia las instalaciones del destino final en Minera Antucoya. Las comunas involucradas en esta actividad son las siguientes: Mejillones, Tocopilla, María Elena, Sierra Gorda, Calama y Antofagasta. | Justificación de la localización | La localización de este Proyecto será al interior de la región de Antofagasta, la cual se determina por la necesidad de transportar ácido sulfúrico hacia Minera Antucoya, como destino final al interior de sus instalaciones. Cabe señalar que, la empresa mandante (Minera Antucoya) definirá el o los orígenes de este insumo (o centro de despacho), los cuales también estarán ubicados dentro de la región de Antofagasta, desde donde se realizará la carga, la cual dependerá de la disponibilidad y precio de este insumo por parte de las empresas de origen. | Superficie | No hay superficies involucradas para este Proyecto. | Coordenadas UTM en Datum WGS84 | Como se indicó anteriormente, el Proyecto se desarrollará dentro de la Región de Antofagasta,...
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