Resolución Exenta nº 6-2019 del Servicio de Evaluación Ambiental. FRACTURACIÓN HIDRÁULICA DE POZO TIUQUE 1 - Normativa - VLEX 916273140

Resolución Exenta nº 6-2019 del Servicio de Evaluación Ambiental. FRACTURACIÓN HIDRÁULICA DE POZO TIUQUE 1

Número de resolución6-2019
Fecha de publicación11 Enero 2019
Año2019
Tipo de documentoRelativos a concesiones, autorizaciones, otros permisos
EmisorServicio de Evaluación Ambiental
Documento - 6e/a7/15852ce6d83452d3a054f542d7bb24960a1b
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REPÚBLICA DE CHILE
COMISIÓN DE EVALUACIÓN
XII REGIÓN DE MAGALLANES Y ANTÁRTICA CHILENA

Califica Ambientalmente el proyecto "FRACTURACIÓN HIDRÁULICA DE POZO TIUQUE 1"

Resolución Exenta Nº 006/2019

Punta Arenas, 9 de enero de 2019



VISTOS:

1°. La Declaración de Impacto Ambiental (DIA), y su Adenda de fecha 22 noviembre de 2018, del proyecto “Fracturación Hidráulica de Pozo Tiuque 1”, presentado por Empresa Nacional del Petróleo – Magallanes con fecha 06 septiembre de 2018.

2°. Los pronunciamientos y observaciones de los órganos de la administración del Estado que, sobre la base de sus facultades legales y atribuciones, participaron en la evaluación de la DIA, y que se detallan en el Capítulo II del Informe Consolidado de Evaluación (ICE) de la DIA del proyecto “Fracturación Hidráulica de Pozo Tiuque 1”.

3°. El Acta de Evaluación N°047/2018 de fecha 03 de octubre de 2018, del Comité Técnico de la Región de Magallanes y de la Antártica Chilena.

4°. El ICE de la DIA del proyecto “Fracturación Hidráulica de Pozo Tiuque 1” de fecha 27 diciembre de 2018.

5°. El acuerdo adoptado en la sesión N°01 de fecha 08 de enero de 2019, de la Comisión de Evaluación de la Región de Magallanes y de la Antártica Chilena.

6°. Los demás antecedentes que constan en el expediente de evaluación de impacto ambiental de la DIA del proyecto “Fracturación Hidráulica de Pozo Tiuque 1”.

7°. Lo dispuesto en la Ley Nº19.300, Sobre Bases Generales del Medio Ambiente; el D.S. Nº40, de 2012, del Ministerio del Medio Ambiente, Reglamento del Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental (Reglamento del SEIA); la Ley N°19.880, que Establece Bases de los Procedimientos Administrativos que Rigen los Actos de los Órganos de la Administración del Estado; la Ley N°18.575, Ley Orgánica Constitucional de Bases Generales de la Administración del Estado; la Resolución Nº1.600, de 2008, de la Contraloría General de la República.

CONSIDERANDO:

1°. Que, Empresa Nacional del Petróleo – Magallanes (en adelante, el Titular), ha sometido al Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental (SEIA) la DIA del proyecto “Fracturación Hidráulica de Pozo Tiuque 1” (en adelante, el Proyecto). Los antecedentes del Titular son los siguientes:

Nombre o razón social
Empresa Nacional del Petróleo – Magallanes
Rut
92.604.000-6
Domicilio
José Nogueira 1101, Punta Arenas
Teléfono
56-61-2243477
Nombre representante legal
Ramiro Ernesto Parra Armendaris
Rut representante legal
8.965.749-0
Domicilio representante legal
José Nogueira 1101, Punta Arenas
Teléfono representante legal
56-61-2243477
Correo Electrónico
jdraguicevicp@mag.enap.cl

2°. Que, conforme se indica en el ICE de fecha 27 diciembre de 2018, el Director Regional de la Región de Magallanes y de la Antártica Chilena, ha recomendado aprobar el Proyecto, por cuanto cumple con la normativa de carácter ambiental aplicable al proyecto; cumple con los requisitos de carácter ambiental contenidos en el Permiso Ambiental Sectorial Mixto señalado en el artículo 137 del D.S. Nº40/2012; y no genera los efectos características o circunstancias del artículo 11 de la Ley 19.300, que dan origen a la necesidad de elaborar un Estudio de Impacto Ambiental.

3°. Que, en sesión de fecha 08 de enero de 2019, la Comisión de Evaluación de la Región de Magallanes y de la Antártica Chilena acordó calificar favorablemente el proyecto “Fracturación Hidráulica de Pozo Tiuque 1”, aprobando íntegramente el contenido del ICE de fecha 27 diciembre de 2018, el que forma parte integrante de la presente Resolución. Por lo tanto, conforme a lo indicado en el artículo 60 inciso segundo del Reglamento del SEIA, se excluyen de la presente resolución las consideraciones técnicas en que se fundamenta.

4°. Que, según lo señalado en la DIA y sus anexos, y en su Adenda, los cuales forman parte integrante de la presente Resolución, la descripción del proyecto es la que a continuación se indica:

4.1. ANTECEDENTES GENERALES

Objetivo general

El Proyecto consiste en aumentar la productividad del pozo Tiuque 1, del Sub-Bloque Coirón, mediante un proceso de fracturación hidráulica, que corresponde a una técnica de estimulación del pozo, a través de la inyección sostenida de un fluido, a una presión tal, que provoque la ruptura de la roca del yacimiento; con ello se busca aumentar la permeabilidad del reservorio, permitiendo la extracción de los hidrocarburos existentes en él.

Tipología principal, así como las aplicables a sus partes, obras o acciones

i.4.) Se entenderá por proyecto de desarrollo minero correspondientes a petróleo y gas, aquellas acciones u obras cuyo fin es la explotación de yacimientos, comprendiendo actividades posteriores a la perforación del primer pozo exploratorio y las instalación de plantas procesadoras.

Vida útil

25-35 días

Gestión, acto o faena mínima que da cuenta del inicio de la ejecución

La gestión que da inicio al proyecto de modo sistemático, ininterrumpido y permanente, como a su vez es el inicio de la fase de construcción, se da con el montaje de los estanques de almacenamiento de agua.

Proyecto se desarrolla por etapas
SI
NO
X

Proyecto modifica un proyecto o actividad

X

Proyecto Modifica otra (s) RCA

X
4.2. UBICACIÓN DEL PROYECTO

Región

Magallanes y Antártica Chilena

Provincia

Magallanes

Comuna

San Gregorio

Descripción de la localización

Mediante estudios realizados, se ha determinado que el pozo considerado, presenta reservorios de hidrocarburos confinados que son aptos de extraer mediante el proceso de fracturación hidráulica.

Superficie

El Proyecto contempla la utilización de la planchada existente correspondiente al pozo Tiuque 1, la que presenta un área total de 1,44 ha.

Coordenadas

Coordenadas UTM / WGS 84 Huso 19

Punto de Referencia
Este
Norte
Tiuque 1
400.648
4.194.954

Caminos de acceso

El acceso al Sub-Bloque Coirón, desde Punta Arenas, se efectúa a través de la Ruta 9 Norte, hasta el empalme con CH-255, ruta que une Comuna de Punta Arenas con la Comuna de San Gregorio. Para acceder al pozo a fracturar, se debe avanzar por ruta CH-255 hasta el empalme con la Ruta Y-455, para luego trasladarse en dirección Norte hasta conectar con la Ruta Y-475 y avanzar aproximadamente 8 km. En este punto se accede al Pozo Tiuque 1 distante a unos 4,2 km al Sur por camino interior.

Referencia al expediente de evaluación de los mapas, georreferenciación e información complementaria sobre la localización de sus partes, obras y acciones

Capítulo I del ICE y Capítulo I de la DIA
4.3. PARTES, OBRAS Y ACCIONES QUE COMPONEN EL PROYECTO

4.3.1. FASE DE CONSTRUCCIÓN

Consideraciones Generales e Instalación de Equipos y Maquinarias

Dentro de las consideraciones para el montaje de los componentes y equipos se tiene:

a.Dirección y fuerza del viento: En función de la dirección del viento predominante y las características de la operación, se considerarán puntos seguros y protegidos para el almacenamiento de insumos, tales como big-bags cerrados, manejo y trasvasije de arena en ambientes cerrados y realizado de forma mecanizada.

b.Zonas de altas presiones: Se demarcan áreas de altas presiones.

c. Puntos de reunión: Para cada operación, considerando los riesgos y posibles contingencias se demarcarán puntos de reunión.

d.Área para almacenamiento insumos: Se define también el área donde se mantendrán los sacos y tambores vaciados para su posterior traslado a disposición final.

e. Localización de la unidad con paramédicos: Asistentes durante el proceso de fracturación.

Preparación del Agua y Llenado de los Estanques

El proceso se inicia con el traslado y montaje de los estanques de almacenamiento de agua, cuya cantidad dependerá de la magnitud de la operación de fracturación hidráulica.

El consumo de agua en la Formación objetivo, se estima de hasta 3.000 m3. Este volumen incluye los procedimientos de minifractura (500 m3) y fractura.

Cada estanque tiene una capacidad de 80 m3 (efectivos de utilizar: 75 m3). Cuentan con válvulas de llenado, de evacuación, de recirculación individual y se encuentran unidos colectivamente entre ellos. Para contar con el agua necesaria para cada fractura se considera el rellenado de los distintos estanques de acumulación de agua.

El agua será suministrada mediante camiones aljibes o aguateros, donde una vez posicionados en el punto, será trasvasijada a los estanques. Esta operación se realiza con anterioridad a la operación de fractura.

Recursos naturales renovables

Agua Industrial: Sólo de fuentes con derechos de agua consuntivos constituidos.

Emisiones y efluentes

Polvo en suspensión, emisiones de maquinarias, ruido, todos de baja magnitud y por encontrarse en áreas abiertas podrán disiparse rápidamente.

Residuos, productos químicos y otras sustancias que puedan afectar el medio ambiente.

Residuos Líquidos Domésticos a disponer en la Planta de Tratamiento Primario de Aguas Servidas autorizada; Residuos Sólidos Domésticos no peligrosos a disponer en Vertedero autorizado, y Residuos Sólidos Industriales no peligrosos a disponer en vertedero autorizado.

Referencia al ICE para mayores detalles sobre esta fase.

Capítulo IV

4.3.2. FASE DE OPERACIÓN

Preparación Gel de Fractura

Una vez instalado el hidratador de geles, comenzará la succión del agua desde los estanques de agua previamente descritos, esto sólo si se han iniciado las operaciones. Ante suspendido del sistema, el agua queda en condiciones de ser reutilizada nuevamente. El hidratador de geles se encargará de enviar el agua al Blender o Mezclador.

El agua succionada será almacenada en el estanque de mayor tamaño (16,4 m3), se preparará un concentrado...

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