Resolución Exenta nº 459-2019 del Servicio de Evaluación Ambiental. Barrio Cumbres - Normativa - VLEX 916272290

Resolución Exenta nº 459-2019 del Servicio de Evaluación Ambiental. Barrio Cumbres

Fecha de publicación11 Enero 2019
Número de resolución459-2019
Año2019
Tipo de documentoRelativos a concesiones, autorizaciones, otros permisos
EmisorServicio de Evaluación Ambiental
Documento - e5/c0/3e4d8aa6d7a4fd99ab80a0929a65b62b1440
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REPÚBLICA DE CHILE
COMISIÓN DE EVALUACIÓN
REGIÓN METROPOLITANA DE SANTIAGO

Califica Ambientalmente el proyecto "Barrio Cumbres"

Resolución Exenta Nº 459/2018

Santiago, 13 de diciembre de 2018



VISTOS:

1°. La Declaración de Impacto Ambiental (DIA), admitida a trámite con fecha 07 de marzo de 2018 mediante Resolución Exenta N° 085/2018 de la Comisión de Evaluación de la Región Metropolitana de Santiago, su Adenda de fecha 17 de agosto de 2018 y su Adenda complementaria de fecha 29 de octubre de 2018 del proyecto “Barrio Cumbres” presentada por Inmobiliaria Brisas del Maipo S.A.

2°. Los pronunciamientos y observaciones de los órganos de la administración del Estado que, sobre la base de sus facultades legales y atribuciones, participaron en la evaluación de la DIA, y que se detallan en el Capítulo II del Informe Consolidado de Evaluación (ICE) de la DIA del proyecto “Barrio Cumbres”.

3°. El Acta de Evaluación N° 04/2018 de fecha 23 de marzo de 2018 del Comité Técnico de la Región Metropolitana. El Acta de Evaluación N° 04/2018 de fecha 20 de noviembre de 2018 del Comité Técnico de la Región Metropolitana.

4°. El ICE de la DIA del proyecto “Barrio Cumbres” de fecha 23 de noviembre de 2018.

5°. El acuerdo de la Comisión de Evaluación de la Región Metropolitana, de fecha 03 de diciembre de 2018.

6°. Los demás antecedentes que constan en el expediente de evaluación de impacto ambiental de la DIA del proyecto “Barrio Cumbres.

7°. Lo dispuesto en la Ley Nº 19.300, Sobre Bases Generales del Medio Ambiente; el D.S. Nº 40, de 2012, del Ministerio del Medio Ambiente, Reglamento del Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental (Reglamento del SEIA); la Ley N° 19.880, que Establece Bases de los Procedimientos Administrativos que Rigen los Actos de los Órganos de la Administración del Estado; la Ley N° 18.575, Ley Orgánica Constitucional de Bases Generales de la Administración del Estado; en el Decreto Exento N° 428, de fecha 11 de marzo de 2018 del Ministerio del Interior y Seguridad Pública; en el Oficio Ordinario N° 181047 de fecha 19 de julio de 2018, de la Dirección Ejecutiva del Servicio de Evaluación Ambiental, y en la Resolución Nº 1.600 de 2008, de la Contraloría General de la República, que Fija Normas sobre Exención del Trámite de Toma de Razón.

CONSIDERANDO:

1°. Que, Inmobiliaria Brisas del Maipo S.A, en adelante, el Titular, ha sometido al Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental (SEIA) la DIA del proyecto “Barrio Cumbres” (en adelante, el Proyecto). Los antecedentes del Titular son los siguientes:

Nombre o razón social

Inmobiliaria Brisas del Maipo S.A

Rut

76.018.317-2

Domicilio

Apoquindo N° 3.500, piso 3, Las Condes

Teléfono

(+562) 29404000

Nombre representante legal

Patricio José Mena Barros

Rut representante legal

7.236.542-9

Domicilio representante legal

Apoquindo N° 3.500, piso 3, Las Condes

Correo electrónico representante legal

pmena@menayovalle.cl

2°. Que, conforme se indica en el ICE de fecha 23 de noviembre de 2018, el Servicio de Evaluación Ambiental de la Región de Metropolitana, ha recomendado aprobar el proyecto, considerando que:

  • Cumple con la normativa de carácter ambiental aplicable;
  • Cumple con los requisitos contenidos en los Permisos Ambientales Sectoriales Mixtos señalados en los artículos 140 y 142 del D.S. Nº 40/2012 del MMA;
  • No genera los efectos características o circunstancias del artículo 11 de la Ley 19.300, que dan origen a la necesidad de elaborar un Estudio de Impacto Ambiental.

3°. Que, en sesión de fecha 03 de diciembre de 2018, la Comisión de Evaluación de la Región Metropolitana, acordó calificar favorablemente el proyecto “Barrio Cumbre” aprobando íntegramente el contenido del ICE de fecha 23 de noviembre de 2018, el cual forma parte integrante de la presente Resolución. Por lo tanto, conforme a lo indicado en el artículo 60 inciso segundo del Reglamento del SEIA, se excluyen de la presente resolución las consideraciones técnicas en que se fundamenta.

4°. Que, la descripción del proyecto es la que a continuación se indica:

4.1. ANTECEDENTES GENERALES

Objetivo general

El objetivo del Proyecto consiste en la construcción de 904 viviendas en un terreno de 19,4 hectáreas. De las cuales ya se encuentran construidas 681 viviendas, quedando 223 por construir y dos locales comerciales, se hace presente que la presente evaluación es por el total de las viviendas.

Tipología principal, así como las aplicables a sus partes, obras o acciones

De acuerdo al artículo 10 de la Ley 19.300 y al artículo 3 del Reglamento del Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental, el proyecto ingresa al SEIA según lo señalado en la letra:

“h) Proyectos industriales o inmobiliarios que se ejecuten en zonas declaradas latentes o saturadas

h.1. Se entenderá por proyectos inmobiliarios aquellos loteos o conjuntos de viviendas que contemplen obras de edificación y/o urbanización, así como los proyectos destinados a equipamiento, y que presenten alguna de las siguientes características:

h.1.1. que se emplacen en áreas extensión urbana o en área rural, de acuerdo al instrumento de planificación correspondiente y requieran de sistemas propios de producción y distribución de agua potable y/o de recolección, tratamiento y disposición de aguas servidas;

h.1.2. que den lugar a la incorporación al dominio nacional de uso público de vías expresas o troncales;

h.1.3. que se emplacen en una superficie igual o superior a 7 hectáreas (7 ha) o consulten la construcción de trescientas (300) o más viviendas;

h.1.4. que consulten la construcción de edificios de uso público con una capacidad para cinco mil (5.000) o más personas o con mil (1.000) o más estacionamientos

De acuerdo a lo anterior, el proyecto debe ingresar al SEIA ya que:

· El Proyecto se ubica en una zona declarada como saturada por ozono, material particulado respirable, partículas en suspensión y monóxido de carbono, y zona latente por dióxido de nitrógeno; Se emplaza en un terreno superior a 7 hectáreas y contempla la construcción de 904 viviendas.

Vida útil

Indefinida

Monto de inversión

USD 56.000.000

Gestión, acto o faena mínima que da cuenta del inicio de la ejecución

La actividad que dará inicio a la ejecución corresponde a la reubicación y reacondicionamiento de la instalación de faenas existente.

Proyecto o actividad se desarrolla por etapas

Si

No

El Proyecto se divide en cuatro etapas constructivas, donde las Etapas 1 y 2 ya se encuentran construidas, la etapa 3 parcialmente construida y la etapa 4 se encuentra sin construcción. Cabe destacar que no corresponde al etapamiento señalado en el art. 14 del D.S. N°40, RSEIA

[X]

Proyecto o actividad modifica un Proyecto o actividad existente

Si

No

El Proyecto no modifica un Proyecto o actividad existente.

[X]

Proyecto modifica otra(s) RCA [sólo en caso de que el Proyecto sí modifique un Proyecto o actividad]

Si

No

El Proyecto no modifica otra RCA.

[X]

4.2. UBICACIÓN DEL PROYECTO

División político-administrativa

El Proyecto se ubica en la Región Metropolitana, Provincia de Cordillera, comuna de Puente Alto, específicamente en:

Tabla 4.1.1: Ubicación de proyecto

Etapa

Nombre

Dirección

1

Parque Central Brisas del Maipo

Av. El Cerro N° 0201

2

Parque Central Brisas del Maipo

Av. Brisas del Parque Sur N°03335

3

Lomas del Maipo

Av. Brisas del Parque Sur N°03362 y Calle Puerto Seguro N°03341 y N°03354

4

Barrio Cumbres

Avenida Brisas del Parque Sur N° 03361

Fuente: Tabla I-2 de la DIA

Justificación de la localización

El proyecto se localiza en un área urbana de la comuna de Puente Alto, cuyo uso de suelo permite la construcción de vivienda y equipamiento (Certificados de Informaciones Previas (CIP) Anexo A.3 de la DIA).

Por otra parte, el sector de emplazamiento del Proyecto cuenta con la adecuada conectividad vial y dotación de infraestructura sanitaria, energética, de telecomunicaciones, de equipamiento y de actividades productivas, cómo para albergar a los habitantes del Proyecto.

Superficie

El predio donde se emplaza el Proyecto abarca una superficie de 19,4 ha, distribuidas en las cuatro etapas del proyecto de la siguiente forma:

Tabla 4.1.2: Superficie de proyecto

Etapa

Superficie del terreno

(m2)

(ha)

1

75.640,39

7,56

2

39.349,20

3,93

3

Subetapa 3A

39.457,60

3,95

Subetapa 3B

3.759,57

0,38

Total

43.217,17

4,32

4

35.816,35

3,58

Total

19.402,31

19,4

Fuente: Anexo B, Ficha Resumen de Adenda complementaria.

Coordenadas UTM en Datum WGS84

Las coordenadas del polígono del proyecto son las siguientes:

Tabla N°4.1.3: Coordenadas del predio.

Vértices

Coordenadas UTM, Datum WGS84, Huso 19 Sur

Norte

Este

A

6.280.570,40

356.796,15

B

6.280.707,80

356.986,80

C

6.280.652,71

357.337,59

D

6.280.362,42

357.321,21

E

6.280.270,15

356.953,45

Fuente: Anexo B, Ficha Resumen de Adenda complementaria.

Caminos de acceso

Cabe indicar que el acceso a la Instalación de faenas durante la fase de construcción se realizará por calle Porto Seguro la cual conectará con el actual camino de tierra emplazado al costado oriente del área del Proyecto perteneciente a Aguas Andinas.

Para la fase de operación el Proyecto posee como acceso principal y común para todas las etapas constructivas del proyecto, la Avenida El Cerro a la cual se ingresa desde la Avenida Eyzaguirre.

En el caso de las Etapas 1 y 2 correspondiente a los conjuntos habitacionales Parque Central Brisas del Maipo y Parque Central Brisas del Maipo II, respectivamente, las vías de acceso se encuentran claramente definidas,...

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