REPÚBLICA DE CHILE COMISIÓN DE EVALUACIÓN REGIÓN METROPOLITANA DE SANTIAGO |
Califica Ambientalmente el proyecto "Barrio Cumbres"
Resolución Exenta Nº 459/2018
Santiago, 13 de diciembre de 2018
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VISTOS: 1°. La Declaración de Impacto Ambiental (DIA), admitida a trámite con fecha 07 de marzo de 2018 mediante Resolución Exenta N° 085/2018 de la Comisión de Evaluación de la Región Metropolitana de Santiago, su Adenda de fecha 17 de agosto de 2018 y su Adenda complementaria de fecha 29 de octubre de 2018 del proyecto “Barrio Cumbres” presentada por Inmobiliaria Brisas del Maipo S.A. 2°. Los pronunciamientos y observaciones de los órganos de la administración del Estado que, sobre la base de sus facultades legales y atribuciones, participaron en la evaluación de la DIA, y que se detallan en el Capítulo II del Informe Consolidado de Evaluación (ICE) de la DIA del proyecto “Barrio Cumbres”. 3°. El Acta de Evaluación N° 04/2018 de fecha 23 de marzo de 2018 del Comité Técnico de la Región Metropolitana. El Acta de Evaluación N° 04/2018 de fecha 20 de noviembre de 2018 del Comité Técnico de la Región Metropolitana. 4°. El ICE de la DIA del proyecto “Barrio Cumbres” de fecha 23 de noviembre de 2018. 5°. El acuerdo de la Comisión de Evaluación de la Región Metropolitana, de fecha 03 de diciembre de 2018. 6°. Los demás antecedentes que constan en el expediente de evaluación de impacto ambiental de la DIA del proyecto “Barrio Cumbres”. 7°. Lo dispuesto en la Ley Nº 19.300, Sobre Bases Generales del Medio Ambiente; el D.S. Nº 40, de 2012, del Ministerio del Medio Ambiente, Reglamento del Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental (Reglamento del SEIA); la Ley N° 19.880, que Establece Bases de los Procedimientos Administrativos que Rigen los Actos de los Órganos de la Administración del Estado; la Ley N° 18.575, Ley Orgánica Constitucional de Bases Generales de la Administración del Estado; en el Decreto Exento N° 428, de fecha 11 de marzo de 2018 del Ministerio del Interior y Seguridad Pública; en el Oficio Ordinario N° 181047 de fecha 19 de julio de 2018, de la Dirección Ejecutiva del Servicio de Evaluación Ambiental, y en la Resolución Nº 1.600 de 2008, de la Contraloría General de la República, que Fija Normas sobre Exención del Trámite de Toma de Razón.
CONSIDERANDO: 1°. Que, Inmobiliaria Brisas del Maipo S.A, en adelante, el Titular, ha sometido al Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental (SEIA) la DIA del proyecto “Barrio Cumbres” (en adelante, el Proyecto). Los antecedentes del Titular son los siguientes: Nombre o razón social | Inmobiliaria Brisas del Maipo S.A | Rut | 76.018.317-2 | Domicilio | Apoquindo N° 3.500, piso 3, Las Condes | Teléfono | (+562) 29404000 | Nombre representante legal | Patricio José Mena Barros | Rut representante legal | 7.236.542-9 | Domicilio representante legal | Apoquindo N° 3.500, piso 3, Las Condes | Correo electrónico representante legal | pmena@menayovalle.cl | 2°. Que, conforme se indica en el ICE de fecha 23 de noviembre de 2018, el Servicio de Evaluación Ambiental de la Región de Metropolitana, ha recomendado aprobar el proyecto, considerando que: - Cumple con la normativa de carácter ambiental aplicable;
- Cumple con los requisitos contenidos en los Permisos Ambientales Sectoriales Mixtos señalados en los artículos 140 y 142 del D.S. Nº 40/2012 del MMA;
- No genera los efectos características o circunstancias del artículo 11 de la Ley 19.300, que dan origen a la necesidad de elaborar un Estudio de Impacto Ambiental.
3°. Que, en sesión de fecha 03 de diciembre de 2018, la Comisión de Evaluación de la Región Metropolitana, acordó calificar favorablemente el proyecto “Barrio Cumbre” aprobando íntegramente el contenido del ICE de fecha 23 de noviembre de 2018, el cual forma parte integrante de la presente Resolución. Por lo tanto, conforme a lo indicado en el artículo 60 inciso segundo del Reglamento del SEIA, se excluyen de la presente resolución las consideraciones técnicas en que se fundamenta. 4°. Que, la descripción del proyecto es la que a continuación se indica: 4.1. ANTECEDENTES GENERALES | Objetivo general | El objetivo del Proyecto consiste en la construcción de 904 viviendas en un terreno de 19,4 hectáreas. De las cuales ya se encuentran construidas 681 viviendas, quedando 223 por construir y dos locales comerciales, se hace presente que la presente evaluación es por el total de las viviendas. | Tipología principal, así como las aplicables a sus partes, obras o acciones | De acuerdo al artículo 10 de la Ley 19.300 y al artículo 3 del Reglamento del Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental, el proyecto ingresa al SEIA según lo señalado en la letra: “h) Proyectos industriales o inmobiliarios que se ejecuten en zonas declaradas latentes o saturadas” h.1. Se entenderá por proyectos inmobiliarios aquellos loteos o conjuntos de viviendas que contemplen obras de edificación y/o urbanización, así como los proyectos destinados a equipamiento, y que presenten alguna de las siguientes características: h.1.1. que se emplacen en áreas extensión urbana o en área rural, de acuerdo al instrumento de planificación correspondiente y requieran de sistemas propios de producción y distribución de agua potable y/o de recolección, tratamiento y disposición de aguas servidas; h.1.2. que den lugar a la incorporación al dominio nacional de uso público de vías expresas o troncales; h.1.3. que se emplacen en una superficie igual o superior a 7 hectáreas (7 ha) o consulten la construcción de trescientas (300) o más viviendas; h.1.4. que consulten la construcción de edificios de uso público con una capacidad para cinco mil (5.000) o más personas o con mil (1.000) o más estacionamientos” De acuerdo a lo anterior, el proyecto debe ingresar al SEIA ya que: · El Proyecto se ubica en una zona declarada como saturada por ozono, material particulado respirable, partículas en suspensión y monóxido de carbono, y zona latente por dióxido de nitrógeno; Se emplaza en un terreno superior a 7 hectáreas y contempla la construcción de 904 viviendas. | Vida útil | Indefinida | Monto de inversión | USD 56.000.000 | Gestión, acto o faena mínima que da cuenta del inicio de la ejecución | La actividad que dará inicio a la ejecución corresponde a la reubicación y reacondicionamiento de la instalación de faenas existente. | Proyecto o actividad se desarrolla por etapas | Si | No | El Proyecto se divide en cuatro etapas constructivas, donde las Etapas 1 y 2 ya se encuentran construidas, la etapa 3 parcialmente construida y la etapa 4 se encuentra sin construcción. Cabe destacar que no corresponde al etapamiento señalado en el art. 14 del D.S. N°40, RSEIA | | [X] | Proyecto o actividad modifica un Proyecto o actividad existente | Si | No | El Proyecto no modifica un Proyecto o actividad existente. | | [X] | Proyecto modifica otra(s) RCA [sólo en caso de que el Proyecto sí modifique un Proyecto o actividad] | Si | No | El Proyecto no modifica otra RCA. | | [X] | 4.2. UBICACIÓN DEL PROYECTO | División político-administrativa | El Proyecto se ubica en la Región Metropolitana, Provincia de Cordillera, comuna de Puente Alto, específicamente en: Tabla 4.1.1: Ubicación de proyecto Etapa | Nombre | Dirección | 1 | Parque Central Brisas del Maipo | Av. El Cerro N° 0201 | 2 | Parque Central Brisas del Maipo | Av. Brisas del Parque Sur N°03335 | 3 | Lomas del Maipo | Av. Brisas del Parque Sur N°03362 y Calle Puerto Seguro N°03341 y N°03354 | 4 | Barrio Cumbres | Avenida Brisas del Parque Sur N° 03361 | Fuente: Tabla I-2 de la DIA | Justificación de la localización | El proyecto se localiza en un área urbana de la comuna de Puente Alto, cuyo uso de suelo permite la construcción de vivienda y equipamiento (Certificados de Informaciones Previas (CIP) Anexo A.3 de la DIA). Por otra parte, el sector de emplazamiento del Proyecto cuenta con la adecuada conectividad vial y dotación de infraestructura sanitaria, energética, de telecomunicaciones, de equipamiento y de actividades productivas, cómo para albergar a los habitantes del Proyecto. | Superficie | El predio donde se emplaza el Proyecto abarca una superficie de 19,4 ha, distribuidas en las cuatro etapas del proyecto de la siguiente forma: Tabla 4.1.2: Superficie de proyecto Etapa | Superficie del terreno | (m2) | (ha) | 1 | 75.640,39 | 7,56 | 2 | 39.349,20 | 3,93 | 3 | Subetapa 3A | 39.457,60 | 3,95 | Subetapa 3B | 3.759,57 | 0,38 | Total | 43.217,17 | 4,32 | 4 | 35.816,35 | 3,58 | Total | 19.402,31 | 19,4 | Fuente: Anexo B, Ficha Resumen de Adenda complementaria. | Coordenadas UTM en Datum WGS84 | Las coordenadas del polígono del proyecto son las siguientes: Tabla N°4.1.3: Coordenadas del predio. Vértices | Coordenadas UTM, Datum WGS84, Huso 19 Sur | Norte | Este | A | 6.280.570,40 | 356.796,15 | B | 6.280.707,80 | 356.986,80 | C | 6.280.652,71 | 357.337,59 | D | 6.280.362,42 | 357.321,21 | E | 6.280.270,15 | 356.953,45 | Fuente: Anexo B, Ficha Resumen de Adenda complementaria. | Caminos de acceso | Cabe indicar que el acceso a la Instalación de faenas durante la fase de construcción se realizará por calle Porto Seguro la cual conectará con el actual camino de tierra emplazado al costado oriente del área del Proyecto perteneciente a Aguas Andinas. Para la fase de operación el Proyecto posee como acceso principal y común para todas las etapas constructivas del proyecto, la Avenida El Cerro a la cual se ingresa desde la Avenida Eyzaguirre. En el caso de las Etapas 1 y 2 correspondiente a los conjuntos habitacionales Parque Central Brisas del Maipo y Parque Central Brisas del Maipo II, respectivamente, las vías de acceso se encuentran claramente definidas,...
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