Resolución Exenta nº 415-2021 del Servicio de Evaluación Ambiental. Proyecto Vitapark - Normativa - VLEX 916273638

Resolución Exenta nº 415-2021 del Servicio de Evaluación Ambiental. Proyecto Vitapark

Número de resolución415-2021
Fecha de publicación01 Junio 2021
Año2021
Tipo de documentoRelativos a concesiones, autorizaciones, otros permisos
EmisorServicio de Evaluación Ambiental
REPÚBLICA DE CHILE
COMISIÓN DE EVALUACIÓN
Región Metropolitana de Santiago
Califica Ambientalmente el proyecto “Proyecto Vitapark”
UM_RES>
Santiago
HA_RESOLUCION>
VISTOS:
1°. La Declaración de Impacto Ambiental (“DIA”), admitida a trámite con fecha 15 de junio de
2020, mediante Resolución Exenta N°306/2020 de la Comisión de Evaluación de la Región
Metropolitana de Santiago, su Adenda de fecha 07 de diciembre de 2020 y su Adenda
Complementaria de fecha 15 de abril de 2021 del Proyecto Vitapark”, presentado por Inmobiliaria
La Pirámide SpA.
2°. Los pronunciamientos y observaciones de los órganos de la administración del Estado que, sobre
la base de sus facultades legales y atribuciones, participaron en la evaluación de la DIA, y que se
detallan en el Capítulo 3 del Informe Consolidado de Evaluación (ICE) de la DIA del “Proyecto
Vitapark”.
3°. El Acta de Evaluación N°07/2021, de fecha 04 de mayo de 2021, del Comité Técnico de la
Región Metropolitana de Santiago.
4°. El ICE de la DIA del “Proyecto Vitapark” de fecha 07 de mayo de 2021.
5°. El acuerdo de la Comisión de Evaluación de la Región Metropolitana de Santiago, con fecha 17
de mayo de 2021.
6°. Los demás antecedentes que constan en el expediente de evaluación de impacto ambiental de la
DIA del “Proyecto Vitapark”.
7º. Lo dispuesto en la Ley Nº 19.300, Sobre Bases Generales del Medio Ambiente; el D.S. Nº 40, de
2012, del Ministerio del Medio Ambiente, Reglamento del Sistema de Evaluación de Impacto
Ambiental (en adelante “D.S. N° 40/2012, del MMA”); la Ley N° 19.880, que Establece Bases de
los Procedimientos Administrativos que Rigen los Actos de los Órganos de la Administración del
del Estado; en el Decreto Supremo N° 558 de fecha 29 de octubre de 2019 del Ministerio del
Interior y Seguridad Pública; en la Resolución TRA N° 119046/163/2018 de fecha 25 de octubre de
2018, de la Dirección Ejecutiva del Servicio de Evaluación Ambiental; y en la Res olución Nº 7 de
26 de marzo de 2019, de la Contraloría General de la República, que fija normas sobre Exención del
Trámite de Toma de Razón.
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Firmado Digitalmente por Hernán Guillermo Brucher Valenzuela
Fecha: 28-05-2021 18:30:40:704 UTC -04:00
Razón:
Lugar:
Firmado Digitalmente por Hernán Guillermo Brucher Valenzuela
Fecha: 28-05-2021 18:30:45:236 UTC -04:00
Razón:
Lugar:
CONSIDERANDO:
1°. Que, Inmobiliaria La Pirámide SpA. (en adelante, el Titular), ha sometido al Sistema de
Evaluación de Impacto Ambiental (SEIA) la DIA del “Proyecto Vitapark” (en adelante, el
Proyecto). Los antecedentes del Titular son los siguientes:
Nombre o razón social
Inmobiliaria La Pirámide SpA.
Rut
76.827.148-8
Domicilio
Presidente Riesco 5561, of. 502, Las Condes.
Teléfono
02 5806800
Nombre representante legal
Gerardo Bruner Achondo.
Rut representante legal
9.155.225-6
Domicilio representante legal
Presidente Riesco 5561, of. 502, Las Condes.
Teléfono representante legal
02 5806800
Correo electrónico Titular o
representante legal
gbruner@imsa.cl
2°. Que, conforme se indica en el ICE de fecha 07 de mayo de 2021, la Directora del Servicio de
Evaluación Ambiental, Región Metropolitana de Santiago, ha recomendado aprobar el Proyecto,
considerando que cumple con la normativa de carácter ambiental aplicable; cumple con los
requisitos de otorgamiento de carácter ambiental contenidos en los permisos ambientales sectoriales
mixtos señalados en los artículos 132, 140, 142 y 156 del D.S. N°40/2012, del MMA, y no genera
ni presenta los efectos, características o circunstancias del artículo 11 de la Ley N° 19.300, que dan
origen a la necesidad de evaluar un Estudio de Impacto Ambiental.
3°. Que, en sesión del 17 de mayo de 2021, la Comisión de Evaluación de la Región Metropolitana
de Santiago acordó calificar favorablemente el Proyecto Vitapark”, aprobando íntegramente el
contenido del ICE de fecha 07 de mayo de 2021, el que forma parte integrante de la presente
Resolución. Por lo tanto, conforme a lo indicado en el artículo 60 inciso segundo del Reglamento
del SEIA, se excluyen de la presente Resolución las consideraciones técnicas en que se fundamenta.
4°. Que, según lo señalado en la DIA y sus anexos, en su Adenda, y en su Adenda Complementaria,
los cuales forman parte integrante de la presente Resolución, la descripción del Proyecto es la que a
continuación se indica:
4.1. ANTECEDENTES GENERALES
Objetivo general
El objetivo del “Proyecto Vitapark”, corresponde a la construcción de
un proyecto inmobiliario, de 4 torres con destino residencial, con un
total de 717 departamentos, 771 estacionamientos para vehículos y 165
estacionamientos para bicicletas.
Descripción general del
proyecto
El Proyecto contempla la construcción de 4 torres de 4 pisos más
cubierta con destino residencial, que será construido en 3 etapas
constructivas, en donde el edificio A corresponde a una torre con 286
departamentos en total, el edificio B corresponde a 2 torres con un total
de 254 departamentos y el edificio C corresponde a una torre con 177
departamentos. En total el Proyecto contempla 717 departamentos y
771 estacionamientos para vehículos distribuidos en un área común de
los edificios, que tendrá dos niveles de subterráneos.
Según el cronograma que se presenta en la Tabla 13 de la DIA, la fase
de construcción tendrá una duración de 64 meses.
Tipología principal, así
como las aplicables a sus
partes, obras o acciones
Tipología principal: De acuerdo con el artículo 10 de la Ley N° 19.300
y al artículo 3 del D.S. N° 40/2012, del MMA, el Proyecto ingresa al
SEIA según lo señalado en la letra:
h) Proyectos industriales o inmobiliarios que se ejecuten en zonas
declaradas latentes o saturadas.
h.1. Se entenderá por Proyectos inmobiliarios aquellos loteos o
conjuntos de viviendas que contemplen obras de edificación y/o
urbanización, así como los Proyectos destinados a equipamiento, y que
presenten alguna de las siguientes características”.
h.1.3. Que se emplacen en una superficie igual o superior a 7
hectáreas o consulten la construcción de 300 o más viviendas;”.
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En particular con el literal h.1.3, en consideración que el Proyecto
considera la construcción de 1.260 viviendas.
Tipología Secundaria: No tiene.
Vida útil
Indefinida.
Monto de inversión
USD $ 91.000.000.-
Gestión, acto o faena
mínima que da cuenta del
inicio de la ejecución
Acondicionamiento del terreno.
Proyecto se desarrolla por
etapas
Si
No
De acuerdo a lo señalado en el Capítulo J de la DIA, el
Proyecto no se desarrollará por etapas, conforme a lo
señalado en el artículo 14 del D.S. Nº40/2012, del MMA.
X
Proyecto modifica un
proyecto o actividad
Si
No
De acuerdo a lo señalado en el Capítulo H de la DIA, el
Proyecto corresponde a un proyecto nuevo, por tanto, no
modifica otro proyecto o actividad existente.
X
Proyecto modifica otra(s)
RCA
Si
No
X
4.2. UBICACIÓN DEL PROYECTO
División político-
administrativa
El Proyecto se emplazará en la Región Metropolitana de Santiago,
provincia de Santiago, comuna de Huechuraba, en la calle La
Rinconada Nº5.200.
Descripción de la localización
De acuerdo al Certificado de Informaciones Previas (CIP) N° 442,
de fecha 01/09/2020, de la Ilustre Municipalidad de Huechuraba.,
el uso de suelo del lugar de emplazamiento del Proyecto
corresponde a “ZONA ZH8 Residencial (Pie Monte)”, que permite
el uso residencial, equipamiento de: Comercio, culto y cultura,
educación, salud, servicios y social.
Superficie
La superficie bruta del terreno donde se emplazará el Proyecto es
de 37.940,65 m2 y la superficie construida será de 69.429,91 m2.
Coordenadas UTM en Datum
WGS84
En la siguiente tabla se presentan las coordenadas del polígono
donde se emplazará el Proyecto.
Tabla 1 Coordenadas de ubicación de lugar de emplazamiento del
Proyecto (datum WGS84, huso 19S).
Vértice
UTM N (m)
UTM N (m)
A
6.304.787
349.880
B
6.304.640
350.129
C
6.304.547
350.124
D
6.304.605
349.863
Fuente: Elaboración propia en base a la Tabla 1 de la DIA.
En el Anexo 2 de la Adenda se adjunta la cartografía digital, en
formato KMZ, del lugar de emplazamiento del Proyecto.
Caminos de acceso
En la fase de construcción, las rutas preferentes que utilizarán los
camiones del Proyecto se presentan en la siguiente tabla.
Tabla 2 Rutas de los camiones en la fase de construcción.
Actividad
Rutas preferentes
Obra Gruesa:
hormigonado.
San Ignacio Gral. San Martin Calle Uno Av.
Américo Vespucio Av. Independencia Av.
Américo Vespucio Autopista Vespucio Norte/
Ruta 70 Av. Américo Vespucio Av. El Salto
Rinconada el Salto Av . Del Parque Del Valle
Av. Santa Clara La Rinconada.
Obra Gruesa:
traslado de
fierro.
Av. Presidente Eduardo Frei Los Zapadores
Av. Independencia Diego Silva- Av. El guanaco
Av. Américo Vespucio Autopista Vespucio
Norte/Ruta 70 Av. El Salto Rinconada el Salto
Av. Del Parque Del Valle Av. Santa Clara
La Rinconada.
Obra Gruesa:
retiro de
escombros.
La Rinconada Av. Santa Clara Del Valle Av.
Del Parque Autopista Vespucio Norte/ Ruta 70
Túnel San Cristóbal Los Conquistadores
Costanera Norte Costanera Norte- Autopista
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