Resolución Exenta nº 41-2021 del Servicio de Evaluación Ambiental. Planta de Almacenamiento de GLP para uso Residencial, Comercial e Industrial Puerto Williams - Normativa - VLEX 916508706

Resolución Exenta nº 41-2021 del Servicio de Evaluación Ambiental. Planta de Almacenamiento de GLP para uso Residencial, Comercial e Industrial Puerto Williams

Número de resolución41-2021
Fecha de publicación07 Abril 2021
Año2021
Tipo de documentoRelativos a concesiones, autorizaciones, otros permisos
EmisorServicio de Evaluación Ambiental
1/47
REPÚBLICA DE CHILE
COMISIÓN DE EVALUACIÓN
REGIÓN DE MAGALLANES Y ANTÁRTICA CHILENA
CALIFICA AMBIENTALMENTE EL PROYECTO
PLANTA DE ALMACENAMIENTO DE GLP PARA
USO RESIDENCIAL, COMERCIAL E INDUSTRIAL
PUERTO WILLIAMS
<NUM_RES>
PUNTA ARENAS,
<FECHA_RESOLUCION>
VISTOS:
1°. La Declaración de Impacto Ambiental (DIA), su Adenda de 04 de enero de 2021 y su Adenda
Complementaria de 19 de febrero de 2021, del proyecto “Planta de Almacenamiento de GLP para uso
Residencial, Comercial e Industrial Puerto Williams”, presentado por GASCO GLP S.A. con fecha 23
de octubre de 2020.
2°. Los pronunciamientos y observaciones de los órganos de la administración del Estado que, sobre la
base de sus facultades legales y atribuciones, participaron en la evaluación de la DIA, y que se
detallan en el Capítulo 3 del Informe Consolidado de Evaluación (ICE) de la DIA del proyecto
Planta de Almacenamiento de GLP para uso Residencial, Comercial e Industrial Puerto Williams”.
3°. El Acta N°38 de la reunión realizada con grupos humanos pertenecientes a pueblos indígenas
localizados en el área en que se desarrollará el proyecto “Planta de Almacenamiento de GLP para uso
Residencial, Comercial e Industrial Puerto Williams”, conforme a lo previsto en el artículo 86 del
D.S. Nº40, de 2012, del Ministerio del Medio Ambiente, Reglamento del Sistema de Evaluación de
4°. El Acta de Evaluación N°035/2020 de 11 de noviembre de 2020 del Comité Técnico de la Región de
Magallanes y de la Antártica Chilena.
5°. El ICE de la DIA del proyecto “Planta de Almacenamiento de GLP para uso Residencial, Comercial e
Industrial Puerto Williams” de 24 de marzo de 2021.
6°. El acuerdo adoptado en la sesión N°05 de 06 de abril de 2021, de la Comisión de Evaluación de la
Región de Magallanes y de la Antártica Chilena.
7°. Los demás antecedentes que constan en el expediente de evaluación de impacto ambiental de la DIA
del proyecto “Planta de Almacenamiento de GLP para uso Residencial, Comercial e Industrial Puerto
Williams”.
8°. Lo dispuesto en la Ley N°19.300, Sobre Bases Generales del Medio Ambiente; en el D.S. Nº40/2012,
del Ministerio del Medio Ambiente, que aprueba el nuevo Reglamento delSistema de Evaluación de
Impacto Ambiental; en la Ley Nº19.880, publicada en el D.O. el 29 de Mayo de 2003, del Ministerio
Secretaría General de la Presidencia de 2002, que establece las bases de los procedimientos
administrativos que rigen los actos de los Órganos de la Administración del Estado; en el D.F.L.
Nº1/19.653, de 2000, del MINSEGPRES, que fija texto refundido, coordinado y sistematizado de la
Ley Nº18.575, Orgánica Constitucional de Bases Generales de la Administración del Estado; en la
Resolución Exenta RA N°119046/24/2021, del Servicio de Evaluación Ambiental, de fecha 14 de
enero de 2021, que nombra al Director Regional en el Servicio de Evaluación Ambiental Región de
Magallanes y de la Antártica Chilena y en la Resolución Nº7 de 2019 de la Contraloría General de la
República, que fija Normas sobre Exención del Trámite de Toma de Razón.
CONSIDERANDO:
1°. Que, GASCO GLP S.A. (en adelante, el Titular), ha sometido al Sistema de Evaluación de Impacto
Ambiental (SEIA) la DIA del proyecto “Planta de Almacenamiento de GLP para uso Residencial,
Comercial e Industrial Puerto Williams” (en adelante, el Proyecto). Los antecedentes del Titular son
los siguientes:
Nombre o razón social
GASCO GLP S.A.
RUT
96.568.740-8
Domicilio
Santo Domingo N°1061, Santiago
Teléfono
226 944 541
Representante Legal
Marc Enric Llambias Berna
RUT
7.014.843-9
Domicilio
Santo Domingo N°1061, Santiago
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Razón:
Lugar:
Firmado Digitalmente por Hernán Guillermo Brucher Valenzuela
Fecha: 08-04-2021 11:09:23:121 UTC -04:00
Razón:
Lugar:
2/47
Teléfono
226 944 444
Correo Electrónico
mllambias@gasco.cl
2°. Que, conforme se indica en el ICE de fecha 24 de marzo de 2021, el Director Regional de la Región
de Magallanes y de la Antártica Chilena, ha recomendado aprobar el Proyecto, por cuanto cumple con
la normativa de carácter ambiental aplicable al proyecto, cumple con los requisitos de carácter
ambiental contenidos en los Permisos Ambientales Sectoriales Mixtos señalados en los artículos 138,
140, 142 y 160 del D.S. Nº40/2012 y no genera los efectos características o circunstancias del artículo
11 de la Ley 19.300, que dan origen a la necesidad de elaborar un Estudio de Impacto Ambiental.
3°. Que, en sesión de 06 de abril de 2021, la Comisión de Evaluación de la Región de Magallanes y de la
Antártica Chilena acordó calificar favorablemente el proyecto “Planta de Almacenamiento de GLP
para uso Residencial, Comercial e Industrial Puerto Williams”, aprobando íntegramente el contenido
del ICE de 24 de marzo de 2021, el que forma parte integrante de la presente Resolución. Por lo
tanto, conforme a lo indicado en el artículo 60 inciso segundo del Reglamento del SEIA, se excluyen
de la presente resolución las consideraciones técnicas en que se fundamenta.
4°. Que, según lo señalado en la DIA y sus anexos, en su Adenda y en su Adenda Complementaria, los
cuales forman parte integrante de la presente Resolución, la descripción del proyecto es la que a
continuación se indica:
4.1. ANTECEDENTES GENERALES
Objetivo general
Satisfacer la demanda domiciliaria, comercial e industrial de la ciudad de
Puerto Williams, a través del abastecimiento de camiones de venta a granel
y cilindros de gas envasado.
Descripción general del
proyecto
El proyecto consiste en la construcción e instalación de una planta de
recepción y almacenamiento de gas licuado, para su posterior entrega tanto
en formato granel como en cilindros de gas licuado.
Tipología principal, así
como las aplicables a sus
partes, obras o acciones
ñ.3 Producción, disposición o reutilización de sustancias inflamables que se
realice durante un semestre o más, y con una periodicidad mensual o mayor,
en una cantidad igual o superior a ochenta mil kilogramos diarios (80.000
kg/día). Capacidad de almacenamiento de sustancias inflamables en una
cantidad igual o superior a ochenta mil kilogramos (80.000 kg).
Vida útil
50 años
Montro de Inversión
US$ 2.000.000
Gestión, acto o faena
mínima que da cuenta del
inicio de la ejecución
Despeje del terreno.
SI
Proyecto se desarrolla por
etapas
Proyecto modifica un
proyecto o actividad
Proyecto Modifica otra (s)
RCA
4.2. UBICACIÓN DEL PROYECTO
Región
Magallanes y de la Antártica Chilena
Provincia
Antártica Chilena
Comuna
Cabo de Hornos
Superficie
0,9 hectáreas
Coordenadas UTM en
Datum WGS84 - HUSO 19
E
591.761
591.672
591.662
591.666
591.720
591.718
591.759
Caminos de acceso
Desde Ruta Y-905 en Puerto Williams.
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Referencia al expediente de
evaluación de los mapas,
georreferenciación e
información
complementaria sobre la
localización de sus partes,
obras y acciones
Figura C1-2, Página 5 DIA
Figura C1-3, Página 7 DIA
4.3. PARTES Y OBRAS DEL PROYECTO
Nombre
Descripción
Fase
Instalaciones para Faenas
La instalación de faena se ubicará en un sector aledaño al
lugar de instalación de los estanques de almacenamiento y
tendrá una superficie de 500m2 aproximadamente. La
infraestructura a utilizar será de tipo contenedor y contará
con oficina administrativa, instalaciones para personal y
pañol de herramientas.
Construcción
Oficinas administrativas
El proyecto contará con oficinas administrativas para el
personal. Estas contarán con sistema abastecimiento de
aguas, oficinas, comedor, bodegas, grupo electrógeno, salas
de reuniones y estacionamientos. La superficie total es de
aproximadamente 166m2 y se considera el uso para un
promedio de cuatro (4) personas.
El agua potable para consumo del personal será abastecida
a través de agua potable envasada y mediante solución
particular de almacenamiento y adquisición mediante
camiones aljibe, la cual será solicitada a aun proveedor
autorizado.
Contará con una planta de tratamiento de aguas servidas.
Construcción,
Operación y
Abandono
Estanques de
Almacenamiento para gas
licuado
Se considera la instalación de seis estanques de
almacenamiento de 18.000 galones, equivalente a
aproximadamente 35 toneladas cada uno. Estos estanques
de acero fabricados según normas internacionales para el
uso exclusivo de Gas Licuado de Petróleo (Propano y
Butano, GLP), se recibirán con Certificados de Fabricación
ASME U-14 y U4, reconocida por la Superintendencia de
Electricidad y Combustibles (SEC) y que cumplan con las
exigencias indicadas en el D.S. N°108/2014 del Ministerio
de Energía.
Construcción,
Operación y
Abandono
Estación de bombeo
Para la carga y descarga de camiones, se considera una
estación de bombeo, construida en un cobertizo semi
cerrado con piso de concreto y estructura de perfiles
metálicos unidos entre sí.
Las instalaciones cumplirán con las disposiciones
establecidas por la Superintendencia de Electricidad y
Combustibles - SE en el D.S. N°108/2014.
El sistema de impulsión considerará:
- La instalación de válvulas de cortes en diferentes
puntos con el fin de prevenir pérdidas o exceso de
venteos durante reparación y/o mantención en algunos
tramos del recorrido.
- Válvulas de seguridad entre cada válvula de corte.
- Válvulas pull-away en las cañerías flexibles de carga y
descarga
El piping se compondrá de:
- Línea de recepción desde descarga de camión con
tanque semirremolque;
- Línea de descarga;
- Línea de retorno desde mesa de llenado; y
- Línea de presión.
Todo el piping será de acero fabricado de acuerdo a las
especificaciones del D.S. N°108/2014 en los grados
Construcción,
Operación y
Abandono
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