Resolución Exenta nº 35-2021 del Servicio de Evaluación Ambiental. Parque Fotovoltaico Orilla del Maule
Número de resolución | 35-2021 |
Fecha de publicación | 08 Febrero 2021 |
Año | 2021 |
Tipo de documento | Relativos a concesiones, autorizaciones, otros permisos |
Emisor | Servicio de Evaluación Ambiental |
REPÚBLICA DE CHILE
COMISIÓN DE EVALUACIÓN
Región del Maule
Califica Ambientalmente el proyecto “Parque Fotovoltaico Orilla del Maule”
Talca
VISTOS:
1. La Declaración de Impacto Ambienta l (DIA), su Adenda de fecha 11 de septiembre del 2020 y su
Adenda Co mplementaria de fecha 11 de diciembre del 2020, del proyecto “Parque Fotovoltaico Orilla d el
Maule”, presentado por PV Power Chile SpA, con fecha 22 de abr il del 2020.
2. Los pronunciamientos y observaciones de los ór ganos de la administración del Estado que, sobre la
base de sus facultades legales y atribuciones, participaron en la e valuación de la DIA, y que se d etallan en el
Capítulo 3° del Informe Consolidado de Evaluación (ICE) de la DIA del proyecto “Parque Foto voltaico
Orilla del Maule”.
3. El Acta de Evaluación N°58 de fecha 9 de octubre d e 2020, del Comité Técnico de la Región del
Maule.
4. El ICE de la DIA del proyecto “Parque Fotovoltaico Orilla del Maule” de 6 de enero de 2021.
5. El acuerdo alcanzado en la sesión de la Comisión de Evaluación de la Región del Maule, de fecha 14
de enero de 2021.
6. La Resolución Exenta N°178, de fecha 30 de diciembre de 2014, de la Comisión de Evaluación de la
Región del Maule, que aprueba el reglamento de organización y funciona miento de la mencionada Comisión.
7. La Resolución Exenta N°66, de fecha 31 de mayo de 2016, de la Comisión de Evaluación de la
Región del Maule, que autoriza al Secretario de dicha Comisión par a proceder de acuerdo a lo dispuesto en el
artículo N°17 inciso 2° del Reglamento de Organización y Funcionamiento de la Comisión de Evaluación de
la Región del Maule.
8. La Resolución Exenta N°202099101326 , de fecha 07 de mayo de 2020, de la Direc ción Ejecutiva
del Servicio de Evaluación Ambiental, q ue dispone prórroga del plazo de presentación de la Adenda, Adenda
Complementaria y excepcional, según corresponda, respecto de los procesos de evaluación de impacto
ambiental tramitados ante la Dirección Ejecutiva y Direcciones Regionales del Servicio de Evaluación
Ambiental.
9. La Resolución Exenta N°202099101455, de fecha 01 de julio de 2020, de la Dirección Ejecutiva del
Servicio d e Evaluación Ambiental, que dispone prórroga del plazo de presentación de la Adenda, Adenda
Complementaria y excepcional, según corresponda, respecto de los procesos de evaluación de impacto
ambiental tramitados ante la Dirección Ejecutiva y Direcciones Regionales del Servicio de Evaluación
Ambiental.
10. La Resolución Exenta N°202099101491, de fecha 06 de agosto de 2020, de la Dirección Ejecutiva
del Servicio de Evaluación Ambiental, que d ispone prórroga del plazo de presentación de la Adenda, Adenda
Complementaria y excepcional, según corresponda, respecto de los procesos de evaluación de impacto
ambiental tramitados ante la Dirección Ejecutiva y Direcciones Regionales del Servicio de Evaluación
Ambiental.
11. Los demás antecedentes que constan en el expediente de evaluación de impacto ambiental de la DIA del
proyecto “Parque Fotovoltaico Orilla del Maule”.
12. Lo d ispuesto en la Ley Nº19.300, Sobre Bases Generales del Medio Ambiente; el D.S. Nº40, de
2012, del Ministerio del Med io Ambiente, Reglamento del Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental
(Reglamento del SEIA); la Ley N°19.880, que Establece Bases de los Procedimientos Administrativos que
Constitucional de Bases Generales de la Administración del Estado en el Decreto Número 286 de fecha 27 de
junio de 2020, del Ministerio del Interior y Seguridad P ública, que nombra al señor Juan Eduardo Prieto
Correa, como Intendente Regional del Maule en la Resolución Afecta N°62 de la Dirección Ejecutiva del
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Firmado Digitalmente por Hernan Guillermo Brucher Valenzuela
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Razón:
Lugar:
Firmado Digitalmente por Hernan Guillermo Brucher Valenzuela
Fecha: 05-02-2021 14:24:24:414 UTC -03:00
Razón:
Lugar:
Servicio de Evaluación Ambiental, de fecha 02 de febrero de 2015, que nombra a don René Alejandro
Christen Fernández como Director Regional del Servicio de Evaluación Ambiental de la Región del Maule; y
en la Resolución N°07, de 2019, de la Contraloría General de la República, que Fija Normas sobre Exención
del Trámite de Toma de Razón.
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CONSIDERANDO:
1. Que, PV Power Chile Sp A (en adelante, el Titular), ha sometido al Sistema d e Evaluación de
Impacto Ambiental (SEIA) la DIA del proyecto “Parque Fotovoltaico Orilla del Maule” (en adelante, el
Proyecto). Los antecedentes del Titular son los siguientes:
Nombre o razón social
PV Power Chile SpA
RUT
76.411.169-9
Domicilio
Badajoz 45, Las Condes, Santiago, Región Metropolitana
Teléfono
+569 45594374, +569.32600354, +569 31155556
Nombre representante legal
Teresita Vial Villalobos
RUT representante legal
15.367.540-6
Domicilio representante legal
Badajoz 45, Las Condes, Santiago, Región Metropolitana
Teléfono representante legal
+569 45594374, +569 32600354, +569 31155556
Correo electrónico representante legal
vial@solek.com, campos@solek.com, b.ortega@solek.com
2. Que, conforme se indica en el ICE de fecha 6 de enero de 2021, el Director d el Servicio de
Evaluación Ambiental de la Región del Maule ha recomendado aprobar el Proyecto, por cuanto cumple con
la normativa de carácter ambiental aplicable; c umple con los requisitos de otorgamiento de carácter
ambiental conte nidos en los permisos ambientales sectoriales aplicables; no genera ni presenta los efectos,
características o circunstancias del artículo 11 de la Ley N° 19.300, que dan origen a la necesidad de evaluar
a través de un Estudio de Impacto Ambiental; y el Titular ha subsanado los errores, omisiones e inexactitudes
planteados en los respectivos Informes Consolidados de Solicit ud de Aclaraciones, Rectificaciones y
Ampliaciones.
3. Que, en sesión de fecha 14 de enero de 2021, la Comisión de Evaluación de la Región del Maule
acordó calificar favorablemente el proyecto “Parque Fotovoltaico Orilla del Maule”, aprobando íntegramente
el contenido del ICE de 6 de enero de 2021, el que forma parte integrante de la presente Resolución. Por lo
tanto, conforme a lo indicado en el artículo 60 inciso segundo del Reglamento del SEIA, se excluyen de la
presente Resolución las consideraciones técnicas en que se fundamenta.
4. Que, según lo señalado en la DIA y sus anexos, en su Adenda, y en su Adenda Comple mentaria, los
cuales forman parte integrante de la presente Resolución, la descripción del Proyecto es la que a continuación
se indica:
4.1. ANTECEDENTES GENERALES
Objetivo general
Construcción y operación de un parque fotovoltaico de 7,016 MWp para
inyectar energía al Sistema Eléctrico Nacional (SEN).
Descripción general del
proyecto
El proyecto consiste en la construcción y operación de una central solar
fotovoltaica con una potencia instalada de 7,02 Mega-watts, mediante el
emplazamiento de 16.128 paneles fotovoltaicos con una potencia nominal de
435 Watts cada uno.
Además el Proyecto considera una (1) subestación transformadora, unidades
inversoras y una línea de evacuación de 13,2 kV y aproximadamente de 358
metros de longitud.
La superficie utilizada por el proyecto es de 13,19 hectáreas.
El Proyecto se localiza a 7, 295 km al noreste de la Plaza de Armas de San
Javier, en la comuna de San Javier, Provincia de Linares, Región del Maule.
Tipología principal, así
como las aplicable s a sus
partes, obras o acciones
El Proyecto ingresa al Sistema de Evaluación de I mpacto Ambiental (SEI A) de
que Crea el Ministerio, el Servicio de Evaluación Ambiental y la
Superintendencia del Medio Ambiente, que establece en su Artículo 10, literal c
lo siguiente:
Artículo 10°. Los proyectos o actividad es susceptibles de causar impacto
ambiental, en cualquiera de sus fases, que deberán someterse al sistema de
evaluación de impacto ambiental, son los siguientes:
c) Centrales generadoras de energía mayores a 3 MW
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