Resolución Exenta nº 318-2018 del Servicio de Evaluación Ambiental. Condominio Lomas de Peñalolén - Normativa - VLEX 916273756

Resolución Exenta nº 318-2018 del Servicio de Evaluación Ambiental. Condominio Lomas de Peñalolén

Número de resolución318-2018
Fecha de publicación05 Octubre 2018
Año2018
Tipo de documentoRelativos a concesiones, autorizaciones, otros permisos
EmisorServicio de Evaluación Ambiental
Documento - 9a/c1/b9f80041db4d76280c95b3af56d488bf7d9a
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REPÚBLICA DE CHILE
COMISIÓN DE EVALUACIÓN
REGIÓN METROPOLITANA DE SANTIAGO

Califica Ambientalmente el proyecto "Condominio Lomas de Peñalolén"

Resolución Exenta Nº 318/2018

Santiago, 7 de septiembre de 2018



VISTOS:

1°. La Declaración de Impacto Ambiental (DIA), admitida a trámite con fecha 14 de junio de 2017, mediante Resolución Exenta N°276/2017de la Comisión de Evaluación de la Región Metropolitana de Santiago, su Adenda de fecha 21 de febrero de 2018 y su Adenda Complementaria de fecha 01 de agosto de 2018 del proyecto “Condominio Lomas de Peñalolén”presentada por Inmobiliaria Pocuro SpA.

2°. Los pronunciamientos y observaciones de los órganos de la administración del Estado que, sobre la base de sus facultades legales y atribuciones, participaron en la evaluación de la DIA, y que se detallan en el Capítulo II del Informe Consolidado de Evaluación (en adelante ICE) de la DIA del proyecto “Condominio Lomas de Peñalolén”.

3°. El Acta de Evaluación N°01/2018 de fecha 21 de agosto de 2018 del Comité Técnico de la Región Metropolitana.

4°. El ICE de la DIA del proyecto “Condominio Lomas de Peñalolén” de fecha 24 de agosto de 2018.

5°. El acuerdo de la Comisión de Evaluación de la Región Metropolitana, de fecha 03 de septiembre de 2018.

6°. Los demás antecedentes que constan en el expediente de evaluación de impacto ambiental de la DIA del proyecto “Condominio Lomas de Peñalolén”.

7°. Lo dispuesto en la Ley Nº 19.300, Sobre Bases Generales del Medio Ambiente; el D.S. Nº 40, de 2012, del Ministerio del Medio Ambiente, Reglamento del Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental (Reglamento del SEIA); la Ley N° 19.880, que Establece Bases de los Procedimientos Administrativos que Rigen los Actos de los Órganos de la Administración del Estado; la Ley N° 18.575, Ley Orgánica Constitucional de Bases Generales de la Administración del Estado; en el Decreto Supremo N° 428, de fecha 11 de marzo de 2018 del Ministerio del Interior y Seguridad Pública;el Oficio Ord. D.E. N°181047, de fecha 19 de julio de 2018, de la Dirección Ejecutiva del Servicio de Evaluación Ambiental; y en la Resolución Nº 1.600 de 2008, de la Contraloría General de la República, que Fija Normas sobre Exención del Trámite de Toma de Razón.

CONSIDERANDO:

1°. Que, Inmobiliaria Pocuro SpA., en adelante, el Titular, ha sometido al Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental (SEIA) la DIA del proyecto “Condominio Lomas de Peñalolén” (en adelante, el Proyecto). Los antecedentes del Titular son los siguientes:

Nombre o razón social
Inmobiliaria Pocuro SpA.
RUT
96.602.000-8
Domicilio

Nueva Lyon Nº 145, oficina 102, Providencia, Santiago.

Representante Legal
Nelson Ernesto Mouat Zunino
RUT Representante Legal
11.471.984-6
Domicilio del Representante Legal

Nueva Lyon Nº 145, oficina 102, Providencia, Santiago.

2°. Que, conforme se indica en el ICE de fecha 24 de agosto de 2018, el Servicio de Evaluación Ambiental de la Región de Metropolitana, ha recomendado aprobar el Proyecto, considerando que:

  • Cumple con la normativa de carácter ambiental aplicable;
  • Cumple con los requisitos contenidos en los Permisos Ambientales Sectoriales Mixtos señalados en los artículos 140, 142, 148 y 157 del D.S. Nº 40/2012 del MMA;
  • No genera los efectos características o circunstancias del artículo 11 de la Ley 19.300, que dan origen a la necesidad de elaborar un Estudio de Impacto Ambiental.

3°. Que, en sesión de fecha 03 de septiembre de 2018, la Comisión de Evaluación de la Región Metropolitana, acordó calificar favorablemente el proyecto “Condominio Lomas de Peñalolén”, aprobando íntegramente el contenido del ICE de fecha 24 de agosto de 2018, el cual forma parte integrante de la presente Resolución. Por lo tanto, conforme a lo indicado en el artículo 60, inciso segundo del Reglamento del SEIA, se excluyen de la presente resolución las consideraciones técnicas en que se fundamenta.

4°. Que, la descripción del Proyecto es la que a continuación se indica:

4.1. ANTECEDENTES GENERALES
Objetivo general.

El Proyecto consiste en la construcción de 210 viviendas en una superficie de 13,07 hectáreas.

Tipología principal, así como las aplicables a sus partes, obras o acciones.

El Proyecto debe someterse al Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental en virtud de lo establecido en la letra h) del artículo 10° de la Ley N°19.300 sobre Bases Generales del Medio Ambiente y el artículo 3° del D.S. N°40/12 Reglamento del SEIA que dispone en dicha norma, lo siguiente:

“(…) h) Proyectos industriales o inmobiliarios que se ejecuten en zonas declaradas latentes o saturadas.

h.1: Se entenderá por Proyectos inmobiliarios aquellos loteos o conjunto de viviendas que contemplen obras de edificación y/o urbanización, así como los proyectos destinados a equipamiento, y que presenten alguna de las siguientes características:

(…) h.1.3: Que se emplacen en una superficie igual o superior a siete hectáreas (7 ha) o consulten la construcción de trescientas (300) o más viviendas (…)”.

Debido a que se trata de un proyecto inmobiliario que contempla la construcción de 210 viviendas en un terreno de 13,07 ha aproximadamente, en la comuna de Peñalolén, lo cual supera las 7 ha establecidas en el literal h.1.3, del artículo 3, del D.S. N° 40/2012 del MMA.

Vida útil.
Indefinida
Monto de inversión
U.S. 28.771.388,3

Gestión, acto o faena mínima que da cuenta del inicio de la ejecución.

Instalación de cierre perimetral. Lo anterior, según la Figura 3 del Anexo 4 de la Adenda Complementaria “Actualización estimación emisiones atmosféricas”, donde se presenta el cronograma actualizado para la sub-etapa 1.

Proyecto se desarrolla por etapas.
Si
No

Respecto a lo previsto en el Artículo 14° del D.S. N°40/2012 del MMA, el Proyecto no se desarrollará por etapas, según lo indicado en el citado artículo. Si lo realizará en tres etapas constructivas dentro de la fase de construcción.

[X]
Proyecto modifica un Proyecto o actividad.
Si
No
El Proyecto no modifica ningún proyecto existente.
[X]
Proyecto modifica otra(s) RCA.
Si
No

El Proyecto no modifica otros proyectos con RCA.

[X]

4.2. UBICACIÓN DEL PROYECTO

División político-administrativa.

El Proyecto se ubicará en la calle el Buen Camino N°1070, comuna de Peñalolén, Región Metropolitana.

Al respecto, el Titular en la respuesta I.2 de la Adenda, declara: “Efectivamente la Dirección correcta corresponde a “El Buen Camino N° 10670” según lo dispuesto en el Decreto Alcaldicio N° 210/1388 de fecha 28 de marzo de 2017 y certificado de número N° 719. Sin embargo, se aclara que la ubicación del proyecto sigue siendo la misma y el cambio es solo un asunto de naturaleza administrativa. Se adjunta en Anexo 01 Documentos, la resolución que modifica la numeración y certificado de numeración municipal. Además, se rectifican todos los documentos correspondientes”.

Justificación de la localización.

Según el Plan Regulador Comunal de Peñalolén, el predio está dentro de la Zona R7 Residencial Exclusiva.

El Proyecto cuenta con el Permiso de Edificación aprobado por la DOM de la I. Municipalidad de Peñalolén con fecha 11 de agosto de 2016. Este se adjunta en el Anexo 1 de la Adenda.

El Titular en la respuesta VII.1 de la Adenda, declara que el Proyecto es un Condominio tipo A, acogido a las Ley 19537 de Copropiedad Inmobiliaria, lo cual se puede verificar en el Permiso de Edificación citado en el párrafo anterior.

Superficie.

A continuación, se presentan las superficies del Proyecto,separadas para cada una de las 3 sub-etapas.

Tabla N°1: Coordenadas (WGS 84) del Proyecto

Superficie

Sub-etapa 1

Sub-etapa 2

Sub-etapa 3

Total ()
Afectación Utilidad Publica
4.447,4
3.594,25
4.474,25
12.515,90
Loteo
28.014,99
23.860,82
24.533,19
76.409
Equipamiento
45,310
44,70
38,570
128,58
Áreas Verdes
790,10
1.560,7
1.218,84
3.569,64
Vías Internas
9377,64
9250,91
7983,67
26.612,22

Estacionamientos Visita

97,20
81
267,30
445,50
Franja Restricción
6.791,38
2.731,17
1.491,02
11.013,57
Total
49.564,02
41.123,55
40.026,59
130.694,41

Fuente: Tabla 1 de la Adenda

Coordenadas UTM en Datum WGS84.

A continuación, se presentan las coordenadas del Proyecto.

Tabla N°2: Coordenada (WGS 849) del área del Proyecto
Vértices
Norte
Este
P’
6293428.4521
358507.7557
P
6293425.7594
358517.966
Q
6293268.7521
358604.2358
Q1
6293142.1106
358628.4464
R1
6293042.349
358641.5327
R2
6292961.1007
358993.5736
46
6292786.3292
358968.5705
47
6292772.3474
358871.9039
47’
6292869.5399
358898.5446
47”
6292868.9296
358902.6304
48”
6292889.1213
358905.6977
48”’
6292900.4079
358909.8207
48’
6292921.1762
358912.9755
38
6292935.573
358832.9418
39
6292923.2733
358818.6489
40
6292901.4343
358809.7742
41
6292883.3136
358808.5901
42
6292863.5458
358815.4902
43
6292850.8235
358881.9229
44
6292762.174
358858.935
45
6292777.2502
358967.3398
26
6292768.1676
358966.0438
25
6292763.7128
358760.6888
22
6292772.5898
358762.143
7
6293126.4781
358287.1085
6
6293141.032
358289.5178
27
6293107.6064
358453.3202
Fuente: Tabla 4 de la DIA

Caminos de acceso.

Los accesos principales se presentan en la Figura 4 de la DIA. Además, en las siguiente Tabla, se presentan los accesos en relación a la figura citada.

Tabla N°3: Accesos para cada sub-etapa de la fase de construcción.
Fase
Sub-etapa
Accesos
Construcción
1
Av. Las Torres Sur
2
Av. Las...

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