REPÚBLICA DE CHILE COMISIÓN DE EVALUACIÓN REGIÓN METROPOLITANA DE SANTIAGO |
Califica Ambientalmente el proyecto "Extensión Línea 3 de Metro a Quilicura"
Resolución Exenta Nº 029/2018
Santiago, 22 de enero de 2018
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VISTOS: 1°. La Declaración de Impacto Ambiental (DIA), admitida a trámite con fecha 20 de abril de 2017, su Adenda de fecha 31 de agosto de 2017 y su Adenda Complementaria de fecha 04 de diciembre de 2017 del Proyecto “Extensión Línea 3 de Metro a Quilicura” presentada por Empresa de Transporte de Pasajeros Metro S.A. 2°. Los pronunciamientos y observaciones de los órganos de la administración del Estado que, sobre la base de sus facultades legales y atribuciones, participaron en la evaluación de la DIA, y que se detallan en el Capítulo II del Informe Consolidado de Evaluación (ICE) de la DIA del Proyecto “Extensión Línea 3 de Metro a Quilicura”. 3°. El Acta de Evaluación N° 03/2017 de fecha 11 de mayo de 2017 y Acta de Evaluación N° 04/2017 de fecha 28 de diciembre de 2017, ambas del Comité Técnico de la Región Metropolitana. 4°. El ICE de la DIA del proyecto “Extensión Línea 3 de Metro a Quilicura” de fecha 29 de diciembre de 2017. 5°. El acuerdo de la Comisión de Evaluación de la Región Metropolitana, de fecha 09 de enero de 2018. 6°. Los demás antecedentes que constan en el expediente de evaluación de impacto ambiental de la DIA del Proyecto “Extensión Línea 3 de Metro a Quilicura”. 7°. Lo dispuesto en la Ley Nº 19.300, Sobre Bases Generales del Medio Ambiente; el D.S. Nº 40, de 2012, del Ministerio del Medio Ambiente, Reglamento del Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental (Reglamento del SEIA); la Ley N° 19.880, que Establece Bases de los Procedimientos Administrativos que Rigen los Actos de los Órganos de la Administración del Estado; la Ley N° 18.575, Ley Orgánica Constitucional de Bases Generales de la Administración del Estado; en el Decreto Supremo N° 674, de fecha 11 de marzo de 2014 del Ministerio del Interior y Seguridad Pública; en la Resolución Exenta N° 279 de fecha 03 de abril de 2017, de la Dirección Ejecutiva del Servicio de Evaluación Ambiental; y en la Resolución Nº 1.600 de 2008, de la Contraloría General de la República, que Fija Normas sobre Exención del Trámite de Toma de Razón.
CONSIDERANDO: 1°. Que, Empresa de Transporte de Pasajeros Metro S.A., en adelante, el Titular, ha sometido al Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental (SEIA) la DIA del Proyecto “Extensión Línea 3 de Metro a Quilicura” (en adelante, el Proyecto). Los antecedentes del Titular son los siguientes: Nombre o razón social | Empresa de Transporte de Pasajeros Metro S.A. | Rut | 61.219.000-3 | Domicilio | Av. Libertador Bernardo O’Higgins # 1414, Santiago | Teléfono | 56-2 2937 30 12 | Nombre representante legal | Rubén Rodrigo Alvarado Vigar | Rut representante legal | 7.846.224-8 | Domicilio del representante legal | Av. Libertador Bernardo O’Higgins # 1414, Santiago | Correo electrónico del titular o representante legal | cyanezc@metro.cl | 2°. Que, conforme se indica en el ICE de fecha 29 de diciembre de 2017, el Servicio de Evaluación Ambiental de la Región de Metropolitana, ha recomendado aprobar el Proyecto, considerando que: · Cumple con la normativa de carácter ambiental aplicable; · Cumple con los requisitos contenidos en los Permisos Ambientales Sectoriales Mixtos señalados en los artículos 140 y 142 del D.S. Nº 40/2012; · No genera los efectos características o circunstancias del artículo 11 de la Ley 19.300, que dan origen a la necesidad de elaborar un Estudio de Impacto Ambiental. 3°. Que, en sesión de fecha 09 de enero de 2018, la Comisión de Evaluación de la Región Metropolitana, acordó calificar favorablemente el Proyecto “Extensión Línea 3 de Metro a Quilicura”, aprobando íntegramente el contenido del ICE de fecha 29 diciembre de 2017, el cual forma parte integrante de la presente Resolución, agregando lo indicado en el considerando 8.7 de la presente resolución. Por lo tanto, conforme a lo indicado en el Artículo 60 inciso segundo del Reglamento del SEIA, se excluyen de la presente resolución las consideraciones técnicas en que se fundamenta. 4°. Que, la descripción del proyecto es la que a continuación se indica: 4.1. ANTECEDENTES GENERALES | Objetivo general | El Proyecto tiene como objetivo extender la Línea 3 de Metro, hacia la comuna de Quilicura, mediante la construcción de aproximadamente 3,5 km de Línea y 3 nuevas estaciones. | Tipología principal, así como las aplicables a sus partes, obras o acciones | Tipología principal: De acuerdo al artículo 10 de la Ley 19.300 y al artículo 3 del Reglamento del Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental, el Proyecto ingresa al SEIA según lo señalado en la letra: “e) Aeropuertos, terminales de buses, camiones y ferrocarriles, vías férreas, estaciones de servicio, autopistas y los caminos públicos que puedan afectar áreas protegidas. e.5. Se entenderá por vía férrea aquella línea de rieles que se habilite para el desplazamiento de trenes urbanos e interurbanos y las estaciones para embarque y desembarque de pasajeros o de carga. Se exceptuarán las vías o líneas férreas al interior de faenas industriales o mineras.” De acuerdo a lo anterior, el Proyecto corresponde a una vía férrea con sus respectivas estaciones. Tipología Secundaria: los literales g.1 y g.2 del Art. 2 del RSEIA, dado que constituye una modificación de Proyecto, para la fase de operación del Proyecto. | Vida útil | El proyecto considera una vida útil indefinida. | Monto de inversión | 378 millones de dólares, para la ejecución de la totalidad del Proyecto | Gestión, acto o faena mínima, que da cuenta del inicio de la ejecución del proyecto de modo sistemático y permanente, para efectos de la caducidad de la RCA | El hito que da inicio corresponde a la implementación de la Instalación de Faenas, contenedores para oficinas, salas de cambio, baños, comedor, y bodegas de contratistas | Proyecto se desarrolla por etapas. | Si | No | | | [X] | Proyecto modifica un proyecto o actividad. | Si | No | | [X] | | Proyecto modifica otra(s) RCA. | Si | No | El Proyecto sometido a evaluación de impacto ambiental, por medio de una DIA, modifica los Proyectos: DIA “Línea 3 - Etapa 1: Piques y Galerías”, EIA “Línea 3 - Etapa 2: Túneles, Estaciones, Talleres y Cocheras”, DIA “Modificación Ubicación Ventilaciones Forzadas Línea 3”, y EIA “Línea 3: Obras en Accesos a Estación Universidad de Chile”, todos sometidos a evaluación ambiental y aprobados, mediante RCA N° 469/12, N° 243/14, N° 353/15 y N° 110/17, respectivamente. Lo anterior, dado que complementa la Línea 3 con una propuesta de extensión aproximada de 3,5 km, hacia la comuna de Quilicura | [X] | | Modificación | N° RCA | Considerando | Modificación | 469/ 12 | 3. “…el proyecto consiste en la construcción de 38 piques (excavaciones verticales), y galerías (excavación subterránea horizontal), que conecta el pique con el sector donde estará ubicado el eje de circulación del futuro túnel...” | El Proyecto Extensión Línea 3 de Metro a Quilicura, aporta con 4 piques de construcción y 3 piques de estación adicionales. | 243/ 14 | 3. Que, según lo establecido en el Estudio de Impacto Ambiental y sus Adendas N°1, N°2 y N°3, las cuales forman parte integrante de la presente resolución, el proyecto consiste en la construcción de los túneles, estaciones, talleres y cocheras de la etapa 2 de la Línea 3 de Metro, la cual, contempla una extensión aproximada de 22 km, que conectará la zona norte de Santiago, desde la comuna de Quilicura al costado oriente de la intersección Ruta 5 con Autopista Vespucio Norte Express hasta la comuna de La Reina en el sector de Av. Tobalaba con Av. Larraín, lo anterior, de acuerdo al plano adjunto en el Anexo 2 del Adenda 3. El proyecto contempla, además, una zona de talleres y cocheras, 17 estaciones, 16 ventilaciones principales, 38 ventilaciones forzadas. Se consideran 5 estaciones de combinación con las actuales líneas de la Red de Metro ya existentes y un enlace subterráneo con la futura Línea 6, en la estación Ñuñoa | El Proyecto Extensión Línea 3 de Metro a Quilicura, contempla la construcción de 3,5 km de túneles, 3 nuevas estaciones que comienzan en la Plaza de Quilicura y 6 ventilaciones forzadas adicionales. | 353/ 15 | N/A | N/A | 110/ 17 | N/A | N/A | 469/ 12 | N/A | N/A | 243/ 14 | 3.9.3.4 Residuos Líquidos a. Domésticos: “…Se estima que en las estaciones se generará mensualmente por estación, un promedio de 78 m3, lo que variará de acuerdo al tipo de estación…”. | El Proyecto Extensión Línea 3 de Metro a Quilicura, generará 351 m3/mes en las 3 estaciones. | 243/ 14 | 3.9.3.5 Residuos Sólidos a. Domiciliarios: “…durante la operación de varios tipos de estaciones, por lo se estima de la generación de Residuos Sólidos Domiciliarios (RSD) diaria por cada tipo, y de acuerdo a la información entregada por Metro respecto a las líneas, Talleres y Cocheras existentes. Ver la siguiente tabla”: Tabla N° 15: Estimación de Generación diaria de Residuos Sólidos Domiciliarios Tipo de Estación | Promedio de generación por tipo de Estación | N° de Estaciones/Talleres y Cochera | Cantidad Promedio de RSD (kg/día) | De paso pequeña | 20 | 4 | 80 | De paso especial y mediana | 40 | 6 | 240 | De combinación y terminal | 50 | 7 | 350 | Talleres y Cocheras | 300 | 1 | 300 | Total | 970 | | La Extensión de la Línea 3 de Metro a Quilicura, contempla la Operación de tres tipos de estaciones, por lo cual se realizó una estimación de la generación de Residuos Sólidos Domiciliarios (RSD) diaria por cada tipo, y de acuerdo a la información entregada por Metro respecto a las líneas existentes. Ver la siguiente...
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