Resolución Exenta nº 27-2018 del Servicio de Evaluación Ambiental. Optimización del Sistema de Disposición de RILes y Continuidad Operacional de Bodega de Vinos Las Mercedes de Lolol, Viña Concha y Toro - Normativa - VLEX 916273123

Resolución Exenta nº 27-2018 del Servicio de Evaluación Ambiental. Optimización del Sistema de Disposición de RILes y Continuidad Operacional de Bodega de Vinos Las Mercedes de Lolol, Viña Concha y Toro

Número de resolución27-2018
Fecha de publicación28 Noviembre 2018
Tipo de documentoRelativos a concesiones, autorizaciones, otros permisos
EmisorServicio de Evaluación Ambiental
Documento - 59/39/eab9a2f47d546cb3da1f8c6d5e0d624e7d40
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REPÚBLICA DE CHILE
COMISIÓN DE EVALUACIÓN
VI REGIÓN DEL LIBERTADOR GENERAL BERNARDO O'HIGGINS

Califica Ambientalmente el proyecto "Optimización del Sistema de Disposición de RILes y Continuidad Operacional de Bodega de Vinos Las Mercedes de Lolol, Viña Concha y Toro"

Resolución Exenta Nº 27/2018

Rancagua, 21 de noviembre de 2018



VISTOS:

1°. La Declaración de Impacto Ambiental (en adelante, “DIA”), admitida a trámite con fecha 22 de noviembre de 2017, la Adenda presentada con fecha 6 de julio de 2018 y la Adenda Complementaria presentada con fecha 28 de septiembre de 2018, del proyecto “Optimización del Sistema de Disposición de RILes y Continuidad Operacional de Bodega de Vinos Las Mercedes de Lolol, Viña Concha y Toro”, presentadas por Viña Concha y Toro S.A. (en adelante, “Titular”).

2°. Los pronunciamientos y observaciones de los órganos de la administración del Estado que, sobre la base de sus facultades legales y atribuciones, participaron en la evaluación de la DIA y de sus Adendas, y que se detallan en el Capítulo II del Informe Consolidado de Evaluación (en adelante, “ICE”) de la DIA del proyecto “Optimización del Sistema de Disposición de RILes y Continuidad Operacional de Bodega de Vinos Las Mercedes de Lolol, Viña Concha y Toro”.

3°. El Acta de Evaluación N°25 de la Sesión N°14 del Comité Técnico de la Región del Libertador General Bernardo O’Higgins, de fecha 6 de noviembre de 2018.

4°. El ICE de la DIA del proyecto “Optimización del Sistema de Disposición de RILes y Continuidad Operacional de Bodega de Vinos Las Mercedes de Lolol, Viña Concha y Toro”, de fecha 7 de noviembre de 2018.

5°. El Acta N°13 de fecha 15 de noviembre de 2018, de la Sesión N°13 de la Comisión de Evaluación de la Región del Libertador General Bernardo O’Higgins (en adelante, “Región de O’Higgins”).

6°. Los demás antecedentes que constan en el expediente de evaluación de impacto ambiental de la DIA del proyecto “Optimización del Sistema de Disposición de RILes y Continuidad Operacional de Bodega de Vinos Las Mercedes de Lolol, Viña Concha y Toro”.

7°. Lo dispuesto en la Ley N°19.300 sobre Bases Generales del Medio Ambiente; el D.S. N°40 de 2012 del Ministerio de Medio Ambiente, Reglamento del Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental (en adelante, “RSEIA”); en el Oficio Ord. N°181187 de fecha 17 de agosto del 2018, de la Dirección Ejecutiva del Servicio de Evaluación Ambiental, mediante el cual se comunica a la Dirección Nacional del Servicio Civil la selección del cargo de Director Regional del Servicio de Evaluación Ambiental de la Región del Libertador General Bernardo O’Higgins (en adelante, “SEA Región de O’Higgins”); en la Resolución Exenta N°156 de 2014 que Aprueba el Reglamento de Organización y Funcionamiento de la Comisión de Evaluación de la Región de O’Higgins; en la Ley N°19.880, que establece Bases de los Procedimientos Administrativos que Rigen los Actos de los Órganos de la Administración del Estado; en la Ley N°18.575, Ley Orgánica Constitucional de Bases Generales de la Administración del Estado; y en la Resolución N°1.600 de 2008, de la Contraloría General de la República.

CONSIDERANDO:

1°. Que, el Titular ha sometido al SEIA, la DIA del proyecto “Optimización del Sistema de Disposición de RILes y Continuidad Operacional de Bodega de Vinos Las Mercedes de Lolol, Viña Concha y Toro” (en adelante, “Proyecto”). Los antecedentes del Titular son los siguientes:

1.1. ANTECEDENTES DEL TITULAR
Nombre o razón social
Viña Concha y Toro S.A.
Rut
90.227.000-0
Domicilio

Avenida Nueva Tajamar N°481, Torre Norte Piso 15, comuna de Las Condes, Región Metropolitana.

Teléfono
56 2 24765006
Nombre representante legal
Eduardo Guilisasti Gana.
Rut representante legal
6.290.361-9
Domicilio del representante legal
Avenida Nueva Tajamar N°481, Torre Norte Piso 15.
Comuna y Región
Comuna de Las Condes, Región Metropolitana.
Teléfono del representante legal
56 2 24765000
Nombre representante legal
Enrique Ortúzar Vergara.
Rut representante legal
12.455.118-8
Domicilio del representante legal
Avenida Nueva Tajamar N°481, Torre Norte Piso 15.
Comuna y Región
Comuna de Las Condes, Región Metropolitana.
Teléfono del representante legal
56 2 24765000
Correo electrónico del representante legal

valentina.lira@conchaytoro.cl, contraparteconsultores@gmail.com

2°. Que, conforme se indica en el ICE de fecha 7 de noviembre de 2018, el Director Regional del SEA Región de O’Higgins, ha recomendado aprobar el Proyecto, por cuanto acreditó cumplimiento de la normativa ambiental aplicable, cumple con los requisitos de otorgamiento de carácter ambiental contenidos en los permisos ambientales sectoriales de los artículos 139, 140 y 160 del RSEIA. Además, a lo largo del proceso de evaluación se entregaron los antecedentes técnicos para fundamentar que no genera efectos, características o circunstancias contemplados en el artículo 11 de la Ley 19.300; asimismo, todos los organismos del Estado con competencia ambiental que participaron de la evaluación ambiental del Proyecto, se pronunciaron conforme.

3°. Que, en la sesión N°13 de fecha 15 de noviembre de 2018, la Comisión de Evaluación de la Región de O’Higgins acordó calificar favorablemente el Proyecto, aprobando íntegramente el contenido del ICE de fecha 7 de noviembre de 2018, el que forma parte integrante de la presente Resolución; por lo tanto, conforme a lo indicado en el artículo 60 inciso segundo del RSEIA, se excluyen de la presente Resolución las consideraciones técnicas en que se fundamenta.

4°. Que, según lo señalado en la DIA y sus anexos, en la Adenda y sus Anexos y en la Adenda Complementaria y sus Anexos, las cuales forman parte integrante de la presente Resolución, la descripción del Proyecto es la que se indica a continuación:

4.1. ANTECEDENTES GENERALES DEL PROYECTO
Nombre del Proyecto

Optimización del Sistema de Disposición de RILes y Continuidad Operacional de Bodega de Vinos Las Mercedes de Lolol, Viña Concha y Toro

Objetivo general

El objetivo del Proyecto busca mejorar y aumentar la capacidad de tratamiento y disposición de RILes, y la continuidad operacional de la Bodega Las Mercedes de Lolol, que incluye regularizar además, las bodegas de almacenamiento de residuos y sustancias peligrosas (agosto de 2014), acondicionamiento del taller de mantención (marzo de 2015), acondicionamiento de la sala de máquinas (marzo de 2015), casino (mayo de 2015), baños y camarines (mayo de 2015), mejoras en el sistema de disposición de RILes (octubre de 2015) y área útil de riego (junio de 2016).

Estas mejoras vienen a modificar el objeto de evaluación de los proyectos matrices con RCA N°132 de fecha 7 de noviembre de 2000 (en adelante, “RCA N°137/2000”), que calificó ambientalmente la DIA del proyecto “Bodega de Vinos de Viña Las Mercedes”, y RCA N°73 de fecha 22 de junio de 2004 (en adelante, “RCA N°73/2004”), que calificó ambientalmente la DIA del proyecto “Manejo de RILes de la Bodega de Vinos de Viña Las Mercedes”, ambas de la extinta Comisión Regional del Medio Ambiente (en adelante, “COREMA”).

Tipología principal, así como las aplicables a sus partes, obras o acciones

El proyecto se somete al Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental (en adelante, “SEIA”), de acuerdo a lo establecido en el artículo 10 de la Ley N°19.300 sobre Bases Generales del Medio Ambiente, en su literal o), y como tipología secundaria en su literal l, pormenorizado en las siguientes tipologías indicadas en el artículo 3° del RSEIA:

o.7) Sistemas de tratamiento y/o disposición de residuos industriales líquidos que cumplan al menos alguna de las siguientes condiciones: literal o.7.2) Que sus efluentes se usen para el riego, infiltración, aspersión y humectación de terrenos o caminos.

Lo anterior se justifica, ya que los RILes provenientes de las operaciones a realizar en la bodega, son utilizados para el riego de terrenos dentro del predio.

l) Agroindustrias, mataderos, planteles y establos de crianza, lechería y engorda de animales, de dimensiones industriales. Se entenderá que estos Proyectos o actividades son de dimensiones industriales cuando se trate de: literal l.1) Agroindustrias donde se realicen labores u operaciones de limpieza, clasificación de productos según tamaño y calidad, tratamiento de deshidratación, congelamiento, empacamiento, transformación biológica, física o química de productos agrícolas, y que tengan capacidad para generar una cantidad total de residuos igual o superior a ocho toneladas por día (8 t/día) en algún día de la fase de operación del Proyecto; o agroindustrias que reúnan los requisitos señalados en los literales h.2. o k.1., según corresponda, ambos del presente artículo.

La bodega de vinos genera una cantidad total de residuos sólidos superior a 8 toneladas en al menos un día, principalmente de orujo y escobajo en época de vendimia.

Vida útil

El Proyecto considera un horizonte indefinido de operación, debido a que con el reacondicionamiento y mantenimiento de las instalaciones, mediante mejoras tecnológicas y con la incorporación de equipos, la vida útil de la Bodega y del sistema de tratamiento de RILes puede extenderse.

Monto de inversión

La inversión del Proyecto corresponde a USD $40.000.

Gestión, acto o faena mínima que da cuenta del inicio de la ejecución

Según el numeral 4.5 del ICE (Respuesta N°20 de la Adenda Complementaria), el hito de inicio del Proyecto corresponde al cierre perimetral de la bodega de almacenamiento de sustancias peligrosas, en el sector de tratamiento de RILes.

Proyecto o actividad se desarrolla por etapas
No
X
Proyecto o actividad modifica un Proyecto o actividad existente
No

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