Resolución Exenta nº 268-2018 del Servicio de Evaluación Ambiental. Conjunto habitacional El Mariscal - Normativa - VLEX 916274014

Resolución Exenta nº 268-2018 del Servicio de Evaluación Ambiental. Conjunto habitacional El Mariscal

Número de resolución268-2018
Fecha de publicación06 Septiembre 2018
Año2018
Tipo de documentoRelativos a concesiones, autorizaciones, otros permisos
EmisorServicio de Evaluación Ambiental
Documento - 6f/ac/792baae38bbe433280f71510a4b5cc64c68e
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REPÚBLICA DE CHILE
COMISIÓN DE EVALUACIÓN
REGIÓN METROPOLITANA DE SANTIAGO

Califica Ambientalmente el proyecto "Conjunto habitacional El Mariscal"

Resolución Exenta Nº 268/2018

Santiago, 31 de julio de 2018



VISTOS:

1°. La Declaración de Impacto Ambiental (DIA), admitida a trámite con fecha 11 de octubre de 2017, su Adenda de fecha 04 de abril de 2018 y su Adenda Complementaria de fecha 19 de junio de 2018 del proyecto “Conjunto Habitacional El Mariscal” presentada por SERVIU Región Metropolitana.

2°. Los pronunciamientos y observaciones de los órganos de la administración del Estado que, sobre la base de sus facultades legales y atribuciones, participaron en la evaluación de la DIA, y que se detallan en el Capítulo 3 del Informe Consolidado de Evaluación (ICE) de la DIA del proyecto “Conjunto Habitacional El Mariscal”.

3°. El Acta de Evaluación N°06/2017 de fecha 19 de octubre de 2017 del Comité Técnico de la Región Metropolitana.

4°. El ICE de la DIA del proyecto “Conjunto Habitacional El Mariscal” de fecha 12 de julio de 2018.

5°. El acuerdo de la Comisión de Evaluación de la Región Metropolitana, de fecha 23 de julio de 2018.

6°. Los demás antecedentes que constan en el expediente de evaluación de impacto ambiental de la DIA del proyecto “Conjunto Habitacional El Mariscal”.

7°. Lo dispuesto en la Ley Nº 19.300, Sobre Bases Generales del Medio Ambiente; el D.S. Nº 40, de 2012, del Ministerio del Medio Ambiente, Reglamento del Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental (Reglamento del SEIA); la Ley N° 19.880, que Establece Bases de los Procedimientos Administrativos que Rigen los Actos de los Órganos de la Administración del Estado; la Ley N° 18.575, Ley Orgánica Constitucional de Bases Generales de la Administración del Estado; en el Decreto Exento N° 428, de fecha 11 de marzo de 2018 del Ministerio del Interior y Seguridad Pública; en Oficio Ord. N° 181047 de fecha 19 de julio de 2018, de la Dirección Ejecutiva del Servicio de Evaluación Ambiental, y en la Resolución Nº 1.600 de 2008, de la Contraloría General de la República, que Fija Normas sobre Exención del Trámite de Toma de Razón.

CONSIDERANDO:

1°. Que, SERVIU Región Metropolitana, en adelante, el Titular, ha sometido al Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental (SEIA) la DIA del proyecto “Conjunto Habitacional El Mariscal” (en adelante, el Proyecto). Los antecedentes del Titular son los siguientes:

Nombre o razón social

Servicio de Vivienda y Urbanización Región Metropolitana

Rut

61.812.000-7

Domicilio

Serrano Nº45, 6º piso, Santiago. Región Metropolitana.

Teléfono

(+56 2) 2901 28 50

Nombre representante legal

Roberto Andrés Acosta Kerum

Rut representante legal

13.931.265-4

Domicilio del representante legal

Serrano Nº45, 6º piso, Santiago. Región Metropolitana.

Teléfono del representante legal

(+56 2) 2901 28 50

2°. Que, conforme se indica en el ICE de fecha 12 de julio de 2018, el Servicio de Evaluación Ambiental de la Región de Metropolitana, ha recomendado aprobar el proyecto, considerando que:

  • Cumple con la normativa de carácter ambiental aplicable;
  • Cumple con los requisitos contenidos en los Permisos Ambientales Sectoriales Mixtos señalados en los artículos 140, 142 y 156 del D.S. Nº 40/2012 del MMA;
  • No genera los efectos características o circunstancias del artículo 11 de la Ley 19.300, que dan origen a la necesidad de elaborar un Estudio de Impacto Ambiental.

3°. Que, en sesión de fecha 23 de julio de 2018, la Comisión de Evaluación de la Región Metropolitana, acordó calificar favorablemente el proyecto “Conjunto Habitacional El Mariscal”, aprobando íntegramente el contenido del ICE de fecha 12 de julio de 2018, el cual forma parte integrante de la presente Resolución. Por lo tanto, conforme a lo indicado en el artículo 60 inciso segundo del Reglamento del SEIA, se excluyen de la presente resolución las consideraciones técnicas en que se fundamenta.

4°. Que, la descripción del proyecto es la que a continuación se indica:

4.1. ANTECEDENTES GENERALES

Objetivo general

El proyecto inmobiliario Conjunto Habitacional El Mariscal consiste en la construcción y posterior operación de 777 viviendas, 310 correspondientes a viviendas de altura (departamentos) y 467 viviendas unifamiliares (casas). De acuerdo a lo siguiente:

· Conjunto Habitacional Viviendas en Altura – DS 49: Con edificios de 5 pisos de altura agrupadas en condominios tipo A, correspondientes a 310 viviendas en altura destinadas a Fondo Solidario de elección de vivienda DS49 del Ministerio de Vivienda y Urbanismo, los cuales se acogerán a lo señalado en la Ley 19.537 de Copropiedad Inmobiliaria, en especial a lo referido en el título IV de dicho cuerpo legal.

· Conjunto Habitacional Viviendas Unifamiliares – DS 49: Loteo con 467 viviendas de 2 pisos destinadas a Fondo Solidario de elección de vivienda DS49 del Ministerio de Vivienda y Urbanismo.

En total se proyectan 391 estacionamientos (en superficie), áreas de equipamiento, áreas deportivas y áreas verdes.

Tipología principal, así como las aplicables a sus partes, obras o acciones

El Proyecto debe someterse al Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental (en adelante SEIA) según lo señalado en la letra h) del artículo 10 de la Ley 19.300, modificada por la Ley 20.417; y, el artículo 3º del D.S. 40/2012, referido al Reglamento del SEIA, que dispone en dicha norma, lo siguiente:

h) Proyectos industriales o inmobiliarios que se ejecuten en zonas declaradas latentes o saturadas.

h.1. Se entenderá por proyectos inmobiliarios aquellos loteos o conjuntos de viviendas que contemplen obras de edificación y/o urbanización, así como los proyectos destinados a equipamiento, y que presenten alguna de las siguientes características:

h.1.1. que se emplacen en áreas extensión urbana o en área rural, de acuerdo al instrumento de planificación correspondiente y requieran de sistemas propios de producción y distribución de agua potable y/o de recolección, tratamiento y disposición de aguas servidas;

h.1.2. que den lugar a la incorporación al dominio nacional de uso público de vías expresas o troncales;

h.1.3. que se emplacen en una superficie igual o superior a 7 hectáreas (7 ha) o consulten la construcción de trescientas (300) o más viviendas; o

h.1.4. que consulten la construcción de edificios de uso público con una capacidad para cinco mil (5.000) o más personas o con mil (1.000) o más estacionamientos.”

De acuerdo a lo anterior, el proyecto debe ingresar al SEIA ya que:

· El proyecto se ubica dentro de la Región Metropolitana, la cual ha sido declarada zona latente para Dióxido de Nitrógeno (NO2) y saturada para Partículas Totales en Suspensión (PTS), Material Particulado Respirable (PM10), Monóxido de Carbono (CO) y Ozono (O3). La Región cuenta con el Plan de Prevención y Descontaminación Atmosférica (PPDA), que ha sido dictado conforme al artículo 44 de la Ley de Bases del Medio Ambiente,

El proyecto contempla la construcción de 777 viviendas en una superficie total bruta de 9,98 hectáreas, superando los límites indicados en la letra h.1.3.

Vida útil

Indefinida

Monto de inversión

USD$ 31.000.000.-

Gestión, acto o faena mínima que da cuenta del inicio de la ejecución

Instalación de faenas

Proyecto o actividad se desarrolla por etapas

Si

No

[X]

Proyecto o actividad modifica un Proyecto o actividad existente

Si

No

[X]

Proyecto modifica otra(s) RCA [sólo en caso de que el Proyecto sí modifique un Proyecto o actividad]

Si

No

[X]

4.2. UBICACIÓN DEL PROYECTO

División político-administrativa

Región Metropolitana, Provincia de Maipo, comuna de San Bernardo, en la intersección de las calles Padre Hurtado y El Mariscal.

Justificación de la localización

De acuerdo al Plan Regulador Comunal de San Bernardo, la zonificación en la que se emplazará el proyecto corresponde a una Zona Habitacional Mixto – Zona Urbanizable de Extensión (ZUE), correspondiente a la Zona 1: ZUE6 (El Mariscal - San Francisco) y Zona 2: ZU7-1 (Padre Hurtado) y Zona 3: ZU5-2 (El Mariscal). Lo indicado anteriormente, concuerda con la información entregada en el Certificado de Informaciones Previas (CIP) adjunto en el Anexo 3.1 de la Adenda.

Superficie

El proyecto se desarrolla en 99.871,11 m2. El detalle de la superficie del recinto se presenta a continuación:

Tabla 1. Resumen de superficies

Superficie (m2)

Superficie lote (neta) (descontando vialidad del PRC)

99.871,11

Superficie total áreas verdes

10.175,04

Superficie total cesión equipamiento municipal

5.918,07

Superficie total lotes habitacionales

70.673,69

Superficie total vialidad (descontando vialidad del PRC)

13.104,31

FUENTE. Anexo 1.1 de la Adenda Complementaria.

Coordenadas UTM en Datum WGS84

Las coordenadas de los vértices del polígono y referencias del proyecto son las siguientes:

Tabla 2. Coordenadas del predio.

Vértice

Coordenadas UTM WGS84

Norte (m)

Este (m)

1

6.280.268

344.298

2

6.279.946

344.261

3

6.280.071

343.841

4

6.280.367

343.897

FUENTE. Respuesta 3.1 de la Adenda Complementaria.

Caminos de acceso

Durante la fase de construcción, el acceso será exclusivamente por calle Baquedano, ubicada en el deslinde sur del terreno. Para ello se habilitará un acceso temporal a la obra, el cual dará paso a uno de los accesos permanentes durante la fase de operación.

Durante la fase de operación el proyecto tendrá 10 accesos; de los cuales 5 serán por Camino El Mariscal y 5 por Camino Baquedano, de acuerdo a la figura 8 de la DIA. El acceso al Proyecto inmobiliario se realiza directamente por la Calle Baquedano ubicada al sur del terreno del...

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