Resolución Exenta nº 200120-2021 del Servicio de Evaluación Ambiental. Planta Fotovoltaica Pangui - Normativa - VLEX 916273410

Resolución Exenta nº 200120-2021 del Servicio de Evaluación Ambiental. Planta Fotovoltaica Pangui

Número de resolución200120-2021
Fecha de publicación20 Septiembre 2021
Año2021
Tipo de documentoRelativos a concesiones, autorizaciones, otros permisos
EmisorServicio de Evaluación Ambiental
REPÚBLICA DE CHILE
COMISIÓN DE EVALUACIÓN
REGIÓN DE ANTOFAGASTA
Califica Ambientalmente el proyecto Planta Fotovoltaica Pangui
UM_RES>
Antofagasta
HA_RESOLUCION>
VISTOS:
1°. La Declaración de Impacto Ambiental (en adelante DIA), su Adenda de fecha 30 de abril de
2021 y su Adenda Complementaria de fecha 30 de julio de 2021 del proyecto Planta Fotovoltaica
Pangui, presentada por GR Lumilla SpA con fecha 18 de junio de 2020, y admitida a trámite con
fecha 23 de junio de 2020.
2°. Los pronunciamientos y observaciones de los órganos de la administración del Estado que, sobre
la base de sus facultades legales y atribuciones, participaron en la evaluación de la DIA, y que se
detallan en el Capítulo 2 y 3 del Informe Consolidado de Evaluación (en adelante ICE) de la DIA
del proyecto Planta Fotovoltaica Pangui.
3°. El Acta de Evaluación N° 53/2020 de fecha 23 de noviembre de 2020, del Comité Técnico de la
Región de Antofagasta.
4°. El ICE de la DIA del proyecto Planta Fotovoltaica Pangui de fecha 30 de agosto de 2021.
5°. El acuerdo N° 52/2021 de la sesión ordinaria N° 22/2021 de la Comisión de Evaluación de la
Región de Antofagasta, de fecha 07 de septiembre de 2021.
6°. Los demás antecedentes que constan en el expediente de evaluación de impacto ambiental de la
DIA del proyecto Planta Fotovoltaica Pangui.
7°. Lo dispuesto en la Ley Nº 19.300, Sobre Bases Generales del Medio Ambiente; el D.S. Nº 40,
de 2012, del Ministerio del Medio Ambiente, Reglamento del Sistema de Evaluación de Impacto
Ambiental (en adelante RSEIA); la Ley N° 19.880, que Establece Bases de los Procedimientos
Administrativos que Rigen los Actos de los Órganos de la Administración del Estado; la Ley N°
18.575, Ley Orgánica Constitucional de Bases Generales de la Administración del Estado; la
Resolución Nº 7/2019 que Fija Normas sobre Exención del Trámite de Toma de Razón; la
Resolucn Exenta RA Nº 119046/280/2019 de fecha 03/09/2019 que nombra al Director Regional
del SEA de la Región de de Antofagasta a la Comisión de Alta Dirección Pública del Servicio Civil
y en el Decreto Supremo Nº 178 de fecha 12 de julio de 2021, del Ministerio del Interior y
Seguridad Pública que nombra al Delegado Presidencial de la Región de Antofagasta, se dicta lo
siguiente:
CONSIDERANDO:
1°. Que, GR Lumilla SpA (en adelante, el Titular), ha sometido al Sistema de Evaluación de
Impacto Ambiental (en adelante SEIA) la DIA del proyecto Planta Fotovoltaica Pangui (en
adelante, el Proyecto). Los antecedentes del Titular son los siguientes:
Nombre o razón social
GR Lumilla SpA
Rut
76.885.324-K
Domicilio
Avda. Isidora Goyenechea 2800, oficina. 3702, Las Condes
Teléfono
2 232519400
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Razón:
Lugar:
Firmado Digitalmente por Hernán Guillermo Brucher Valenzuela
Fecha: 15-09-2021 15:13:33:734 UTC -03:00
Razón:
Lugar:
Nombre representante legal
Antonio Francisco Ros Mesa
Rut representante legal
13.831.549-5
Domicilio representante legal
Avda. Isidora Goyenechea 2800, oficina. 3702, Las Condes
Teléfono representante legal
2 232519400
Correo electrónico Titular o
representante legal
rosantonio@grenergy.eu; crojas@grenergy.eu
2°. Que, conforme se indica en el ICE de fecha 30 de agosto de 2021, el Director Regional del
Servicio de Evaluación Ambiental de la Región de Antofagasta ha recomendado aprobar el
Proyecto, en base a la opinión de los Órganos de la Administración del Estado con Competencia
Ambiental que participaron del proceso de evaluación del proyecto, y que a partir de sus informes
se puede concluir que el proyecto:
a) Cumple con la normativa de carácter ambiental vigente aplicable.
b) Ha identificado los permisos ambientales sectoriales aplicables al proyecto, y ha proporcionado
satisfactoriamente los requisitos y contenidos técnicos de dichos permisos, y no genera ni presenta
ninguno de los efectos, características o circunstancias establecidas en el artículo 11 de la Ley
19.300, sobre Bases Generales del Medio Ambiente.
3°. Que, en sesión de fecha 07 de septiembre de 2021, la Comisión de Evaluación de la Región de
Antofagasta acordó calificar favorablemente el proyecto Planta Fotovoltaica Pangui, aprobando
íntegramente el contenido del ICE de fecha 30 de agosto de 2021, el que forma parte integrante de
la presente Resolución. Adicionalmente, la Comisión de Evaluación de la Región de Antofagasta
acordó otorgar de forma favorable el permiso ambiental sectorial mixto contemplado en el artículo
132 del RSEIA (para mayor detalle, ver considerando 6 de la presente Resolución). Por lo tanto,
conforme a lo indicado en el artículo 60 inciso segundo del RSEIA, se excluyen de la presente
resolución las consideraciones técnicas en que se fundamenta.
4°. Que, la descripción del Proyecto es la que a continuación se indica:
4.1. ANTECEDENTES GENERALES
Objetivo general
El proyecto consistirá en la construcción y operación de una planta
fotovoltaica con una potencia nominal de 9 MW, la cual se
transmitirá al Sistema Eléctrico Nacional (SEN) mediante una línea
de transmisión de media tensión de una longitud de 5.825 metros.
Tipología principal, así
como las aplicables a sus
partes, obras o acciones
Artículo 3° RSEIA: c) Centrales generadoras de energía mayores a
3 MW.
Vida útil
La fase de construcción tendrá una duración de 6 meses, la fase de
operación será de 30 años y la fase de cierre tendrá una duración de 4
meses.
Mano de obra
Requerirá un máximo de 68 personas en la fase de construcción, 5
personas en la fase de operación y de 23 personas en la fase de cierre.
Monto de inversión
USD 13.500.000
Gestión, acto o faena
mínima que da cuenta del
inicio de la ejecución
El hito que dará inicio al proyecto será la habilitación de la
instalación de faena.
Proyecto se desarrolla por
etapas
No
[X]
Proyecto modifica un
proyecto o actividad
No
[X]
Proyecto modifica otra(s)
RCA
No
[X]
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4.2. UBICACIÓN DEL PROYECTO
División político-
administrativa
El proyecto se localizará en la comuna de Calama, Provincia de El Loa y
Regn de Antofagasta.
Descripción de la
localización
Aproximadamente a 5 km al poniente de la ciudad de Calama.
Superficie
Las obras se emplazarán en una superficie aproximada de 26,24 ha
(correspondientes a 18,92 ha del área de la planta, 4,66 ha de la línea de
transmisión y 2,66 ha del camino de acceso). Para mayor detalle, ver
tabla N° 3 de la Adenda complementaria de la DIA.
Coordenadas UTM en
Datum WGS84
Tabla N° 1. Coordenadas de referencia del área de la planta
Coordenadas UTM WGS84 Huso 19 S
Vértice
Este (m)
Norte (m)
1
499.994
7.514.891
2
500.293
7.514.891
3
500.409
7.514.772
4
500.464
7.514.691
5
500.472
7.514.686
6
500.500
7.514.557
7
500.484
7.514.431
8
500.178
7.514.330
Para mayor detalle de las coordenadas de la línea de transmisión, camino
de acceso y obras del proyecto, ver tablas N° 6, 7, 8, 9, 10, 11, 12, 13,
14, 15, 16, 17, 18, 19, 20, 21, 22, 23, 24 y 25 de la Adenda
complementaria de la DIA.
Caminos de acceso
El acceso principal será a través de la Ruta 25, desde donde se accede a
un camino de acceso existente denominado camino Tocopilla. Para
mayor detalle, ver numeral 1.5.4 de la DIA.
Referencia al
expediente de
evaluación de los
mapas,
georreferenciación e
información
complementaria sobre
la localización de sus
partes, obras y acciones
Figuras
Referencia al expediente
N° 1-1
DIA
N° 1 y N° 2
Adenda complementaria
4.3. PARTES, OBRAS Y ACCIONES QUE COMPONEN EL PROYECTO
Instalación de faenas
Contendrá las instalaciones necesarias para el desarrollo de la fase
de construcción y estará destinada al almacenamiento de insumos,
materiales, oficinas, baños, comedor, estacionamientos de vehículos
y maquinarias, y equipos, etc. Para las oficinas se utilizarán
contenedores de 40 pies. Para mayor detalle, ver numeral 1.6.3.1 de
la DIA.
Por otra parte, se habilitará un sector para el lavado de los camiones
mixer, constituido por un área con una superficie de 9 m2, excavada
en el suelo natural y con una profundidad máxima de 1,0 m y estará
revestida con un polietileno grueso impermeable. Las aguas del
lavado serán evaporadas por acción natural de la radiación solar y
los restos de hormigón serán dispuestos temporalmente en sitios al
interior de la instalación de faenas, para ser retirados con una
frecuencia de 3 veces por semana y trasladados a un sitio de
disposición final autorizado por la SEREMI de Salud de la Región
de Antofagasta.
Planta fotovoltaica.
El proyecto estará conformado por 18.018 paneles o módulos
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